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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1777
Resolución conjunta del director general de Planificación, Ordenación y Centros, de la directora general de Personal Docente y de la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado de día 14 de febrero de 2018 por la cual se dictan las instrucciones en relación con el procedimiento de acreditación para optar a plazas docentes caracterizadas con perfil educativo en régimen de comisión de servicios

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Texto

Antecedentes

1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, determina en el artículo 123.3 que para cumplir sus proyectos educativos los centros públicos pueden formular requisitos de titulación y capacitación profesional respecto a determinados lugares de trabajo del centro, de acuerdo con las condiciones que establezcan las administraciones educativas.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece en el artículo 127 k que cuando un puesto de trabajo quede vacante de forma temporal o definitiva se puede ocupar en comisión de servicios ordinaria de carácter voluntario con personal funcionario de carrera del mismo cuerpo, escalera o especialidad, que cumpla los requisitos que se establezcan en la relación de puestos de trabajo.

3. El Decreto 67/2008, de 6 de junio, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears dispone en el artículo 11.3 que los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar proyectos de innovación, proyectos de investigación, planes de trabajo o formas de organización que supongan una mejora continua tanto de los procesos educativos como de sus resultados, en los términos que establezca la Consejería de Educación y Cultura.

4. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 22 de diciembre de 2017 por la cual se establece el procedimiento para elevar propuestas de dotación de personal de plazas docentes de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria vinculadas al proyecto educativo de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que puedan ser cubiertas en régimen de comisión de servicios establece, en el punto 7.1, las formas de acreditación de los perfiles educativos para el personal docente funcionario de carrera que quiera optar a una plaza con perfil educativo y determina, en el punto 7.4, que el director general de Planificación, Ordenación y Centros, la directora general de Personal Docente y la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado tienen que dictar las instrucciones en relación con el procedimiento para la acreditación de la experiencia, la relación de titulaciones universitarias que corresponden a cada perfil educativo y la correspondencia de las líneas estratégicas del Plan Cuatrienal de Formación del Profesorado con los perfiles establecidos.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 67/2008, de 6 de junio, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears.

4. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 22 de diciembre de 2017 por la cual se establece el procedimiento por elevar propuestas de dotación de personal de plazas docentes de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria vinculadas al proyecto educativo de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que puedan ser cubiertas en régimen de comisión de servicios.

Por todo eso dictamos la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Aprobar las instrucciones relacionadas con el procedimiento de acreditación para optar a plazas docentes caracterizadas con perfil educativo en régimen de comisión de servicios.

2. Aprobar el anexo 2 (Modelo de certificado para acreditar la experiencia), el anexo 3 (Relación de titulaciones universitarias que corresponden a cada perfil educativo) y el anexo 4 (Correspondencia de las líneas estratégicas del Plan Cuatrienal de Formación del Profesorado con el perfil educativo).

3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recurso

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y lo que se establece en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

    

Palma, 14 de febrero de 2018

El director general de Planificación, Ordenación y Centros

Antoni Morante Milla

                                               

La directora general de Personal Docente

 La directora general de Formación  Profesional y Formación del Profesorado   

Rafaela SánchezBenítez

Maria F. Alorda Vilarrubias

ANEXO 1

Instrucciones en relación con el procedimiento de acreditación para optar a plazas docentes caracterizadas con perfil educativo en régimen de comisión de servicios

1. Objeto

Estas Instrucciones tienen por objeto establecer el procedimiento de acreditación del personal docente para optar a plazas docentes en los centros públicos de educación infantil y primaria, educación secundaria y centros de educación de personas adultas, en régimen de comisión de servicios, caracterizadas con perfil educativo.

2. Personas destinatarias

El personal docente funcionario de carrera que quiera optar a una plaza con perfil educativo en régimen de comisión de servicios tiene que acreditarse de acuerdo con el procedimiento que se establece en estas Instrucciones, mediante una de las formas que determina el punto 7 de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 22 de diciembre de 2017 por la cual se establece el procedimiento para elevar propuestas de dotación de personal de plazas docentes de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria vinculadas al proyecto educativo de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que puedan ser cubiertas en régimen de comisión de servicios.

3. Plazo para la acreditación

El plazo para la acreditación que se establece en el apartado anterior es el comprendido en el periodo de solicitudes que se determine en la pertinente resolución de la directora general de Personal Docente por la cual se aprueben las instrucciones que tienen que regir el proceso dirigido a funcionarios de carrera docentes con destinación definitiva para solicitar y adjudicar destinaciones en comisión de servicios en centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación y Universidad.

4. Forma de acreditación por experiencia

  1. El personal docente que solicite participar en la convocatoria de comisiones de servicios en plazas caracterizadas con perfil educativo y opte por la forma de acreditación por experiencia tiene que notificarlo al director de su centro para que este emita el certificado correspondiente.
  2. El director del centro, en caso de que el docente solicitante cumpla el requisito de haber ejercido docencia en un mismo centro público que tenga reconocido el mismo perfil al cual quiera optar durante al menos un año, y haya participado de forma activa en la intervención educativa correspondiente al perfil, tiene que emitir, a través del GestIB, el certificado de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 2, antes de la finalización del plazo señalado en el punto 3.
  3. En el caso de cumplirse los requisitos establecidos, la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros lo acreditará.

5. Forma de acreditación por titulación universitaria

  1. El personal docente que solicite participar en la convocatoria de comisiones de servicios en plazas caracterizadas con perfil educativo y opte por la forma de acreditación por titulación universitaria tiene que indicarlo en la convocatoria mencionada y, en el caso de existir correspondencia entre su titulación y el perfil educativo al cual opta, tal y como se determina en el anexo 3, la Dirección General de Personal Docente la acreditará de oficio.
  2. En el caso de otras o nuevas titulaciones universitarias, o de titulaciones de posgrado universitario, las personas interesadas pueden dirigir una solicitud de acreditación a la Comisión de Acreditación para que esta resuelva la correspondencia, si procede.

6. Forma de acreditación por formación permanente

El personal docente que solicite participar en la convocatoria de comisiones de servicios en plazas caracterizadas con perfil educativo y opte por la forma de acreditación por formación permanente tiene que indicarlo en la convocatoria mencionada. En el caso de existir correspondencia entre la formación, con el número de horas pertinentes, de la línea estratégica del Plan Cuatrienal de Formación del Profesorado y el perfil educativo al cual opta, tal y como se determina en el anexo 4, la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado lo acreditará de oficio.

7. Comisión de Acreditación

1. La Comisión de Acreditación está integrada por los miembros siguientes:

a. El jefe del Departamento de Personal Docente, o persona en quien delegue, que ejerce la presidencia.

b. El jefe del Departamento de Planificación, o persona en quien delegue.

c. El jefe del Servicio de Normalización Lingüística y Formación, o persona en quien delegue.

d. Un funcionario designado por la directora general de Personal Docente, que actuará con voz y sin voto y ejercerá de secretario de la Comisión.

2. Una persona en representación de cada una de las organizaciones sindicales con representación en la Junta de Personal Docente no Universitario de las Illes Balears podrá asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones de la comisión de acreditación.

3. La Comisión de Acreditación tiene las funciones siguientes:

a. Resolver la equivalencia, validación o convalidación de nuevas titulaciones universitarias y de titulaciones de posgrado universitario con los perfiles educativos.

b. Resolver aquellos aspectos relativos a la acreditación no previstos en estas Instrucciones.


ANEXO 2

Modelo de certificado para acreditar la experiencia

...................................................................... , director/a del centro ................................... ,         

con el código ............................. ,

CERTIFICO:

1. Que el centro tiene reconocidos estos perfiles (un máximo de dos):                       

Perfil 1: ...................................................................................................................

Perfil 2: ...................................................................................................................

2. Que el (nombre y apellidos).........................................................................................., con el NIF      , del cuerpo de................................................................................ ., ha ejercido docencia y participado de forma activa en este centro en la educación infantil/ la educación primaria/ la educación secundaria obligatoria al menos durante un año en la intervención educativa del perfil 1 ......................................................... y si es el caso, también del perfil 2 .............................................................................., reconocidos en este centro y en el que quiere poder optar en régimen de comisión de servicios.

3. Que en fecha .............................................................. la acreditación para este profesor/profesora ha recibido el visto bueno del inspector del centro.

Y, para que conste, expido este certificado a efectos de acreditar el perfil o perfiles profesionales por la vía de experiencia.

.................., .... de .................... de 2018

[rúbrica]                                  [sello]

ANEXO 3

Relación de titulaciones universitarias que corresponden a cada perfil educativo

Perfil 4. Metodologías de educación inclusiva e interculturalidad

  • Ser titular de la especialidad docente de Pedagogía terapéutica.
  • Ser titular de la especialidad docente de Audición y lenguaje.
  • Ser titular de la especialidad docente de Orientación educativa.
  • Estar en posesión de una de las titulaciones siguientes:
    1. Graduado en educación primaria, mención en Atención a la diversidad.
    2. Graduado en educación primaria, mención en Educación especial.
    3. Graduado en educación primaria, mención en Pedagogía terapéutica.
    4. Graduado en educación primaria, mención en Apoyo educativo.
    5. Graduado en educación primaria, mención en Necesidades educativas específicas.
    6. Graduado en educación primaria, mención en Educación inclusiva.
    7. Graduado en educación primaria, mención en Atención a la diversidad y educación inclusiva.
    8. Graduado en educación primaria, mención en Audición y lenguaje.
    9. Graduado en educación primaria, mención en Educación en la diversidad.
    10. Graduado en educación primaria, mención en Educación intercultural y dificultades de aprendizaje.
    11. Graduado en educación primaria, mención en Necesidades educativas      específicas.
    12. Diplomado en las escuelas universitarias del profesorado de educación     general básica, especialidad en Educación especial.
    13. Maestro de educación especial.
    14. Maestro de audición y lenguaje.
    15. Graduado en pedagogía.
    16. Licenciado en pedagogía.
    17. Graduado en psicología.
    18. Licenciado en psicología.

Perfil 5. Metodologías para la adquisición integrada de las competencias lingüísticas (AICLE)

  • Ser titular de la especialidad docente de la lengua extranjera correspondiente.
  • Estar en posesión de una de las titulaciones siguientes:

1. Licenciado en filología en la lengua extranjera correspondiente.

2. Graduado en filología en la lengua extranjera correspondiente.

Perfil 6. Tecnologías del aprendizaje y la comunicación (TAC)

  • Estar en posesión de una de las titulaciones siguientes:
  1. Graduado en educación primaria, mención en Tecnologías de la Información y la comunicación.
  2. Graduado en educación primaria, mención en Tecnología y comunicación.
  3. Graduado en educación primaria, mención en TIC a la escuela.
  4. Graduado en educación primaria, mención en Tecnologías digitales para el aprendizaje.
  5. Graduado en educación primaria, mención en Tecnología educativa.
  6. Graduado en educación primaria, mención en Tecnologías digitales para el aprendizaje, la comunicación y la expresión.
  7. Ingeniero en informática.
  8. Ingeniero en telecomunicación.
  9. Graduado en ingeniería de sistemas TIC.
  10. Graduado en ingeniería de sistemas de información.
  11. Graduado en ingeniería informática.
  12. Graduado en ingeniería telemática.

ANEXO 4

Correspondencia de las líneas estratégicas del Plan Cuatrienal de Formación del Profesorado con el perfil educativo

Línea del Plan Cuatrienal

Perfil educativo

Formación contextualizada y vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y a la mejora de los resultados de los procesos de aprendizaje:

  • Metodologías innovadoras de aprendizaje que faciliten el trabajo por competencias como el trabajo para proyectos, el aprendizaje cooperativo, el aprendizaje experiencial, el aprendizaje basado en problemas o el aprendizaje con sentido.
  • Metodologías y procedimientos para desarrollar el pensamiento creativo, lateral, intuitivo, sistemático y reflexivo.
  • Metodologías de trabajo investigador, de evaluación de los procesos de aprendizaje y de innovación educativa.

Metodologías globalizadoras de aprendizaje

Formación para la convivencia con recursos y técnicas de desarrollo personal, gestión emocional, habilidades comunicativas y de relación para mejorar las competencias personales del docente, generar expectativas positivas en el alumnado y mejorar el clima del aula y las habilidades emocionales y sociales del alumnado:

  • Formación en el ámbito de las habilidades sociales y emocionales del profesorado y el alumnado: habilidades sociales, cohesión de grupos, educación emocional, gestión de los conflictos, ejercicio de la tutoría y otros.
  • Formación para detectar y prevenir los maltratos y el acoso escolar y para implementar las prácticas restaurativas y la mediación.
  • Formación en actitudes docentes: escucha activa, empatía, asertividad, congruencia, consideración positiva y autoestima.
  • Formación en los ámbitos del desarrollo de la totalidad de la persona en todas las dimensiones: corporal, intrapersonal, emocional, interpersonal, social, racional, espiritual.

Convivencia y educación emocional

Formación para la mejora de la gestión de los centros y los equipos de trabajo que contemple la competencia para ejercer la función directiva, el liderazgo pedagógico, la coordinación docente, la facilitación de grupos, la dinamización y el asesoramiento de la formación:

  • Formación para acreditar y actualizar la función directiva.
  • Formación para dinamizar y asesorar en formación.
  • Formación en gestión de equipos, liderazgo estratégico, coordinación y facilitación de grupos de trabajo y de otros.

Gestión de equipos y coordinación docente

Formación para el conocimiento de las dimensiones y las implicaciones de la diversidad y para aplicar estrategias de atención a la heterogeneidad de procedencia del alumnado desde los modelos organizativos y educativos inclusivos y de educación para la igualdad desde la conciencia de género y de la coeducación:

  • Metodologías de la inclusividad: escuela inclusiva, atención a la diversidad, atención al alumnado con altas capacidades, tutorización, acompañamiento entre iguales y otros.
  • Formación para la implementación de la educación y la igualdad de género y de la prevención de la violencia de género.

Metodologías de educación inclusiva e interculturalidad

Formación para la mejora de los procesos de aprendizaje de lenguas, desde la actualización pedagógica y didáctica, en metodologías que vinculen el aprendizaje con las situaciones de la vida cotidiana, a partir de los proyectos lingüísticos de cada centro:

  • Formación en metodologías de aprendizaje de lenguas.
  • Formación en la elaboración y la implementación de proyectos lingüísticos de centro.
  • Formación en la elaboración de recursos y en la práctica metodológica para incidir en la normalización lingüística y cultural de la lengua catalana, propia de las Illes Balears, en el ámbito escolar.
  • Formación en el impulso de la dimensión europea de la educación y para participar en programas europeos.

Metodologías para la adquisición integrada de las competencias lingüísticas (AICLE)

Formación para la integración de las tecnologías de la información y la comunicación en el currículum y para fomentar los usos didácticos, así como para el desarrollo de la competencia digital del profesorado en la actividad profesional:

  • Formación en aprendizaje electrónico y formación combinada.
  • Formación en la elaboración y uso de materiales y recursos de aprendizaje en entornos virtuales.
  • Formación en el uso de los recursos de Internet y redes sociales educativas para el aprendizaje.

Tecnologías del aprendizaje y la comunicación (TAC)

Formación dirigida al apoyo para transformar los centros educativos en entornos colaborativos de aprendizaje en que participen todos los miembros de la comunidad educativa:

  • Formación conjunta de los miembros de la comunidad educativa para mejorar el rendimiento escolar.
  • Formación compartida para participar en procesos de innovación.
  • Formación en modelos de participación, intervención y desarrollo comunitario.

Comunidad educativa de aprendizaje