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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 14419
Departamento de Personal. Acuerdo de La Junta de Gobierno de Integración Definitiva del Personal del Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social del Ayuntamiento de Palma

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Texto

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma en sesión de 5 de diciembre de 2017, acordó:

“Hechos

En fecha 4 de octubre de 2016, y a requerimiento de la gerente del Patronato Municipal de Realojo y Reinserción social (PMRRS), el Departamento de Personal emitió informe favorable relativo a la viabilidad de la integración del personal del PMRRS  en el caso de su disolución. No obstante, se indica que el proceso de integración tendrá que contar con el correspondiente Plan de ordenación de recursos humanos, el cual, además de seguir los trámites reglamentarios que correspondan, tendrá que ser objeto de negociación.

En este caso se prevé que las funciones encomendadas al Patronato serán asumidas por el Àrea de Bienestar y Derecho Social; por lo cual, el Ayuntamiento asumirá la prestación del servicio mediante la gestión directa por la propia organización.

Por Acuerdo plenario de fecha 27 de julio de 2017 se aprobó la disolución del Patronato Municipal de Realojo y Reinserción Social con fecha de efectos del 31 de julio de 2017.

En fecha de 13 de septiembre de 2017, la Junta de Gobierno aprobó la integración provisional del personal adscrito al Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social. La integración definitiva quedaba condicionada a todos los efectos a lo que prevea el Plan de Ordenación de Recursos Humanos que la regula, el cual se encontraba pendiente de tramitación y negociación con las organizaciones sindicales. Todo esto a los efectos de garantizar la eficacia y adecuación a la normativa del proceso de integración, asegurar la comprobación de los requisitos y condiciones del personal afectado por el proceso y principalmente garantizar la protección provisional de sus derechos legítimos.

Los efectos de esta integración provisional eran del día 31 de julio hasta la resolución definitiva del procedimiento de integración.

La negociación del contenido del Plan de ordenación de recursos humanos relativo al proceso de integración del personal del PMRRS al Ayuntamiento de Palma ha finalizado en fecha de 14 de septiembre de 2017 con acuerdo de Mesa General de Negociación conjunta del personal funcionario y laboral de este Ayuntamiento.

Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha  27 de septiembre de 2017 se aprobó el Plan de ordenación para la integración del personal del PMRRS al Ayuntamiento de Palma.

De acuerdo con el informe sobre las contrataciones laborales del personal del Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social firmado por la jefa de servicio de Selección de Provisión y Gestión de fecha de 8 de noviembre de 2017, así como el informe de retribuciones de fecha 12 de septiembre de 2017 del Servicio de Nóminas.

La Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Palma en sesión de 16 de noviembre de 2017 aprobó la integración definitiva del personal de de el Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social.

Visto el informe de propuesta teórica de la relación de puestos de trabajo del personal laboral para integrar al personal proveniente del PMRRS.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 7 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, prevé que el personal laboral al servicio de las administraciones públicas se regula, además de por la legislación laboral y por otras normas convencionalmente aplicables, por los preceptos de este estatuto que lo disponga.

2. El Convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Palma aprobado por el Pleno en sesión de fecha 26/04/2001, el cual regirá las relaciones laborales de los trabajadores una vez integrados.

3. El artículo 8 del Convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Palma en cuanto a la antigüedad de los trabajadores.

4. El artículo 27  del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto a las retribuciones del personal laboral, prevé que las mismas se determinan de acuerdo con la legislación laboral, el convenio colectivo que sea aplicable y el contrato de trabajo, respetando en todo caso el que establece el artículo 21 del presente estatuto.

5. El artículo 25 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores, prevé que los trabajadores tendrán derecho al reconocimiento del derecho a la promoción económica en función del trabajo desarrollado, y teniendo en cuenta el que prevé el artículo 15.6 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se tiene que abonar la antigüedad a los trabajadores.

6. El artículo 44 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que prevé la sucesión de empresas en el sentido de que el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por si mismo la relación laboral, y el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos que prevé la normativa específica.

Por todo esto, de acuerdo con el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de Palma en los titulares de las Áreas y Áreas delegadas de 28 de octubre de 2015, el Jefe de Departamento que subscribe propone a la Junta de Gobierno la adopción del siguiente:

ACUERDO

Primero. Integrar definitivamente al personal laboral del Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social (PMRRS) en el Ayuntamiento de Palma, en las categorías profesionales y niveles retributivos que se relacionan a continuación:

1. Integrar definitivamente al Sr. Juan Jose Navarro Hernández como personal laboral no fijo del Ayuntamiento de Palma, en la categoría profesional de técnico grado medio-gestión y adscribirlo al puesto de trabajo L00020007, expansión 1, de la Sección de Gestión Central y Territorial del área de Bienestar y Derechos sociales.

Percibirá las retribuciones que prevé la tabla retributiva del personal laboral del Ayuntamiento de Palma para la categoría de técnico medio, nivel Y, con jornada de 40 horas, más los trienios reconocidos desde la fecha de integración definitiva.

Su jornada será de 40 horas semanales y realizará el horario que prevé el Plan Director de Bienestar Social.

2. Integrar definitivamente a la Sra. Mónica Muñoz Comas como personal laboral no fijo del Ayuntamiento de Palma, en la categoría profesional de técnico de grado medio- gestión económica y adscribirla al puesto de trabajo L00020003, expansión 1, del Departamento Financiero del área de Economía, Hacienda e Innovación.

Percibirá las retribuciones que prevé la tabla retributiva del personal laboral del Ayuntamiento de Palma para la categoría de técnico medio, nivel Y, con jornada de 37,5 horas. 

Otorgar un complemento personal de integración anual por importe de 1.465,47 euros, el cual será abonado mensualmente y se prorrateará en 12 pagas.

Todo esto, más los trienios reconocidos desde la fecha de integración definitiva.

Su jornada general de 37,5 horas semanales y realizará el horario general de administración.

3. Integrar definitivamente a la Sra. Margalida Petrus Serra como personal laboral no fijo del Ayuntamiento de Palma, en la categoría profesional de técnico medio educadora Social y adscribirla al puesto de trabajo L00020005, expansión 1, de la Sección de Gestión Central y Territorial del área de Bienestar y Derechos Sociales.

Percibirá las retribuciones que prevé la tabla retributiva del personal laboral del Ayuntamiento de Palma para la categoría de técnico medio, nivel Y, con jornada de 40 horas más los trienios reconocidos desde la fecha de integración definitiva.

Su jornada será de 40 horas semanales y realizará el horario que prevé el Plan Director de Bienestar Social.

4. Integrar definitivamente a la Sra. Antonia Roca Monjo como personal laboral  no fijo del Ayuntamiento de Palma, en la categoría profesional de técnico medio trabajadora social y adscribirla al puesto de trabajo L00020002, expansión 1, de la Sección de Gestión Central y Territorial del área de Bienestar y Derechos Sociales.

Percibirá las retribuciones que prevé la tabla retributiva del personal laboral del Ayuntamiento de Palma para la categoría de técnico medio, nivel Y, con jornada de 37,5 horas.

Otorgar un complemento personal de integración anual por importe de 6.375,75 euros anuales, el cual será abonado mensualmente y se prorrateará en 12 pagas.

Todo esto, más los trienios reconocidos desde la fecha de integración definitiva.

Su jornada será de 37,5 horas semanales y realizará el horario general de administración.

5. Integrar definitivamente a la Sra. Neus Rebassa Roig como personal laboral no fijo del Ayuntamiento de Palma, en la categoría profesional de técnico medio trabajadora social y adscribirla al puesto de trabajo L00020004, expansión 1, de la Sección de Gestión Central y Territorial del Área de Bienestar y Derechos Sociales.

Percibirá las retribuciones que prevé la tabla retributiva del personal laboral del Ayuntamiento de Palma para la categoría de técnico medio, nivel Y, con jornada de 40 horas, más los trienios reconocidos desde la fecha de integración definitiva.

Su jornada será de 40 horas semanales y realizará el horario que prevé el Plan Director de Bienestar Social.

6. Integrar definitivamente a la Sra. Pilar Aramburu Gimenez como personal laboral no fijo del Ayuntamiento de Palma, en la categoría profesional de técnico medio orientadora laboral social y adscribirla al puesto de trabajo L00020006, expansión 1, de la sección de Gestión Central y Territorial del área de Bienestar y derechos sociales.

Percibirá las retribuciones que prevé la tabla retributiva del personal laboral del Ayuntamiento de Palma para la categoría de técnico medio, nivel Y, con jornada de 40 horas, más los trienios reconocidos desde la fecha de integración definitiva.

Su jornada será de 40 horas semanales y realizará el horario que prevé el Plan Director de Bienestar Social.

7. Integrar definitivamente a la Sra. Mónica Alonso Muñoz como personal laboral no fijo del Ayuntamiento de Palma, en la categoría profesional de técnico medio educadora social y adscribirla al puesto de trabajo L00020005, expansión 2, de la sección de Gestión Central y Territorial del área de Bienestar y derechos sociales.

Percibirá las retribuciones que prevé la tabla retributiva del personal laboral del Ayuntamiento de Palma para la categoría de técnico medio, nivel Y, con jornada de 40 horas, más los trienios reconocidos desde la fecha de integración definitiva.

Su jornada será de 40 horas semanales y realizará el horario que prevé el Plan Director de Bienestar Social.

Segundo. Requerir a los trabajadores para que en el plazo de 15 días aporten un certificado de servicios prestados (Anexo1) a los efectos que el Departamento de Personal lleve a cabo el reconocimiento individual de trienios de unos de los trabajadores integrados

Tercero. Requerir a la trabajadora Neus Rebassa Roig para que aporte al Departamento de Personal en el plazo de 15 días el certificado de catalán nivel B.

Cuarto. Advertir a los trabajadores que, según dispone el artículo 11 la Resolución de 28 de diciembre de 2012 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, todos los empleados públicos tendrán que registrar en el sistema de control horario de su centro de trabajo todas las entradas y salidas correspondientes a su modalidad de jornada.

Por lo cual, una vez llevada a cabo la integración definitiva, los trabajadores vendrán obligados a grabar sus entradas y salidas de su centro de trabajo y el control horario de los mismos se llevará a cabo por parte de la Sección del Control Horario del Departamento de Personal.

Quinto. Dejar sin efectos el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de fecha 30 de abril de 2013 ( BOIB núm. 67, de 11 de mayo de 2013), el cual preveía la creación de una nueva columna a la relación de puestos de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Palma, dado que el mismo no se ejecutó y no tiene efecto retributivo ni económico alguno.

Sexto. Aprobar la relación adjunta de puestos de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Palma, integrando dentro de esta el personal proveniente del PMRRS.

Séptimo. Este acuerdo tendrá efectos del 1 de enero de 2018 (incluido).

Octavo. Comunicar este acuerdo al Registro de Personal, a la concejalía de Bienestar y Derechos Sociales, a la delegada del personal laboral del Ayuntamiento de Palma y a los trabajadores y trabajadoras integrados, advirtiéndolos de los recursos administrativos y/o judiciales oportunos.

Noveno. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Décimo. Dar cuenta de este Acuerdo al Pleno Municipal.”

Contra este acto administrativo, que agota la via administrativa, se puede presentar recurso de reposición delante del mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administradivo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la via contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes citado y lo que dispone la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante del Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

Palma, 19 de diciembre de 2017

El Jefe de Departamento de Personal
(p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000/2014,
BOIB núm.36, de 4 de marzo de 2014)
Antoni Pol Coll

PROPUESTA 461 - MODIFICACIÓN PARCIAL R.P.T. PERSONAL LABORAL

ÁREA:

AEC

ÀREA DE ECONOMIA, HACIENDA E INNOVACIÓN

ÓRGANO:

AEC011

COORDINACIÓN GENERAL DE ECONOMIA, HACIENDA E INNOVACIÓN / DIRECCIÓN ECONÒMICA-FINANCIERA

UNIDAD:

AEC0112000

DEPARTAMENTO FINANCIERO


PUESTOS DE TRABAJO DE NUEVA CREACIÓN

CODI

PUESTO DE TRABAJO

NP

TP

CE

CLAB

FP

ADM

TJ

TH

NIVEL

CATEGORIA/ESPECIALIDAD

REQUISITOS

CAT

OBS

L00020003

TÈCNICO/A MEDIO - GESTIÓN ECONÒMICA

1

G

0

C

AJP

JG1

H1

1

TÈCNICO/A DE GRADO MEDIO ESPECIALIDAD GESTIÓN ECONÒMICA

B2

AA

ÁREA:

ABD

ÀREA DE BIENESTAR Y DRERECHOS SOCIALES

ÓRGAN:

ABD011

COORDINACIÓN GENERAL DE BIENESTAR Y DERECHOS SOCIALES / DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL

UNIDAD:

ABD0110210

SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL / GESTIÓN CENTRAL YI TERRITORIAL


PUESTOS DE TRABAJO DE NUEVA CREACIÓN

CODI

PUESTO DE TRABAJO

NP

TP

CE

CLAB

FP

ADM

TJ

TH

NIVEL

CATEGORIA/ESPECIALIDAD

REQUISITOS

CAT

OBS

L00020004

TRABAJADOR/A SOCIAL

1

G

0

C

AJP

JEA

HE30

1

TRABAJADOR/A SOCIAL

B2

AA

L00020002

TREBAJADOR/A SOCIAL

1

G

0

C

AJP

JG1

H1

1

TRABAJADOR/A SOCIAL

B2

AA

L00020006

ORIENTADOR/A LABORAL

1

G

0

C

AJP

JEA

HE30

1

ORIENTADOR/A LABORAL

B2

AA

L00020005

EDUCADOR/A SOCIAL

2

G

0

C

AJP

JEA

HE30

1

EDUCADOR/A SOCIAL

B2

AA

L00020007

TÈCNICO/A MEDIO - GESTIÓN

1

G

0

C

AJP

JEA

HE30

1

TÈCNICO/A DE GRADO MEDIO ESPECIALIDAD GESTIÓN

B2

AA

LEYENDA

NP

NÚMERO DE PUESTOS

TP

TIPO DE PUESTO

G

GENÈRICO

FP

FORMA DE PROVISIÓN

C

CONCURSO

ADM

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

AJP

AYUNTAMIENTO DE PALMA

TJ

TIPO DE JORNADA

JG1

JORNADA GENERAL - 37,5 HORAS SEMANALES

JEA

JORNADA ESPECIAL AMPLIADA - 40 HORAS SEMANALES

TH

TIPO DE HORARIO

HE30

HORARIO PLAN DIRECTOR PERSONAL BIENESTAR SOCIAL VIGENTE

H1

HORARI DE ADMINISTRACIÓN

OBS

OBSERVACIONES

AA

A AMORTIZAR

CE

COMPLEMENTO ESPECÍFICO

0

 €