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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 10709
Bases especificas de la convocatoria por el sistema de concurso oposición para la selección de un tecnico gestión informática y constitución de bolsín

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Texto

En virtud del Decreto núm 2325/2017, se ha dispuesto lo siguiente:

<<Vista la urgente necesidad reconocida por el Pleno de Corporación de fecha 14 de diciembre de 2016, de cobertura de plazas de técnico Gestión Informática de carácter interino y constitución de un bolsín, a los efectos de mantener el correcto funcionamiento de los servicios técnicos de este Ayuntamiento i la adaptación en la Administración electrónica.

Visto que este Ayuntamiento tiene aprobadas mediante Decreto de Alcaldía nº 1426 de fecha 13 de junio de 2017, bases generales del procedimiento para la selección del personal funcionario interino y laboral no fijo.

En uso a las atribuciones que me confiere la vigente legislación,

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar las siguientes bases extraordinarias de la convocatoria por el sistema de concurso-oposición:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN De UN TÉCNICO GESTIÓN INFORMÁTICA DEL AYUNTAMIENTO DE ANDRATX. Y CONSTITUCIÓN DE UN BOLSIN

Primera. OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

El objeto de esta convocatoria es la selección de una plaza para ocupar el siguiente lugar de trabajo:

Denominación del lugar: Técnicos Gestión Informática

Categoría del lugar: B

Características del puesto de trabajo: escalera de Administración especial, grupo B, 100 % de jornada, nivel de destino 17, complemento específico 12,550 euros/anuales.

Esta selección se regirá por las prescripciones contenidas en esta convocatoria específica y, en aquello que no se prevea, por las Bases Generales de selección de personal funcionario interino y laboral no fijo del Ayuntamiento de Andratx (BOIB 75, 20 de junio de 2017 ), por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público, la Ley 3/2007, de la Función pública de las Islas Baleares y supletoriamente por el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de funcionarios interinos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para el no previsto al anterior y por la demás normativa que le sea de aplicación.

Segunda: FUNCIONES

Las funciones del puesto de trabajo son:

-Atención al usuario. Información sobre aquellas materias propias de su especialidad.

-Gestión de los Sistemas de Información (Comunicaciones, Seguridad, Hardware, servidores, Virtualización, Backup, Antivirus, Telefonía).

-Gestión de Aplicaciones de Gestión y Web, Sus funciones están relacionadas con las aplicaciones finales de usuarios.

- El resto de funciones encomendadas que puedan ser atribuidas en relación al puesto de trabajo.

Tercera. REQUISITOS DE LAS PERSONES ASPIRANTES:

Los aspirantes tendrán que reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, las condiciones definidas a las bases generales y específicamente los siguientes:

 

a) Estar en posesión de uno de los siguientes títulos de :

-Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos (LOGSE)

-Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red (LOE)

-Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas (LOGSE)

-Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (LOE)

-Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web (LOE)

b) acreditar el requisito de conocimiento de la lengua catalana del nivel B2, mediante un certificado expedido por el EBAP a partir de 1994 o por la Dirección general de Política lingüística de la Consejería de Educación y Cultura, que según el Decreto 80/2004, de 10 de septiembre, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán (BOIB número 132, de 21/09/2004), garantice los conocimientos de catalán exigidos.

c) Estar en posesión de carné de conducir B.

Cuarta. SOLICITUDES:

Las solicitudes, dirigidas a la alcaldesa, y se presentarán al Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB.

Para ser admitidos y tomar parte a la convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en la solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera.

Será necesario acreditar junto con la solicitud:

- Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

- Fotocopia del título exigido para tomar parte en esta convocatoria.

- Fotocopia del título exigido del nivel de catalán.

- Fotocopia del carné de conducir

-Declaración jurada de la autenticidad de los documentos presentados como requisitos.

A las personas que superen el proceso de oposición se les solicitará el apoyo documental de aquellos documentos que sean necesarios para la fase de concurso, ordenados siguiendo la orden establecido en el baremo de méritos que constan en estas bases y acompañados de un currículum indicando la relación de documentos que presenta para ser valorados.

Quinta. ADMISIÓN DE LAS PERSONES ASPIRANTES:

Esta base se regirá por el artículo 8 de las bases generales del procedimiento para la selección funcionarios interinos y personal laboral de este Ayuntamiento (BOIB 75, de 20 de junio de 2017)

En la resolución definitiva se fijará el lugar, la fecha y la hora de realización de la primera prueba de la fase de oposición, quedando convocadas las persones aspirantes para la realización de los ejercicios con la exposición de esta resolución.

Entre la publicación del anuncio de aprobación definitiva y el inicio de las pruebas no podrá haber menos de dos días hábiles.

Sexta. TRIBUNAL CALIFICADOR:

Esta base se regirá por el artículo 9 y 10 de las bases generales del procedimiento para la selección funcionarios interinos y personal laboral de este Ayuntamiento (BOIB 75, de 20 de junio de 2017)

La abstención y la recusación de los miembros del tribunal se tiene que ajustar en lo que prevén los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público.

Séptima. INICIO Y DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO

El proceso selectivo se iniciará con la fase de oposición y continuará con la fase de concurso para los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Las persones aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

Una vez empezadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios relativos a la realización de las pruebas restantes se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web de este.

Entre la finalización de una prueba y el comienzo de la siguiente tendrá que transcurrir un plazo mínimo de tres días hábiles y un plazo máximo de dos meses, excepto si los candidatos renuncian expresamente. Sin embargo, mediante resolución motivada de la Presidencia del Tribunal, este plazo se puede modificar.

La selección constará de las siguientes fases:

PRIMERA FASE: FASE DE OPOSICIÓN

Esta fase constará de un único ejercicio teórico-práctico tipo test obligatorio y eliminatorio y se calificará con un máximo de 30 puntos

Se calificará de cero a treinta puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no lleguen a la puntuación mínima de quince puntos. En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo con 0,3 puntos; la pregunta no contestada, o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,075 puntos.

Se realizarán 100 preguntas a contestar en 120 minutos.

Todos los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, desde el día siguiente a la publicación del anuncio con los resultados provisionales en el tablón de anuncios Municipal, para efectuar las reclamaciones u observaciones oportunas o solicitar la revisión de su examen ante el tribunal.

Una vez finalizado este plazo si no hay reclamaciones, o una vez resueltas las reclamaciones si hubiera, empezará el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición, para que las personas que figuren puedan presentar los méritos que se tengan que valorar en la fase de concurso, y que vendrán referidos en la fecha de plazo de presentación de instancias, mediante la presentación de originales o fotocopias compulsadas junto con una instancia y la relación indicada a la base cuarta. El Tribunal Calificador no valorará los méritos alegados pero no justificados en la forma que indican estas bases.

SEGUNDA FASE: FASE DE CONCURSO

El tribunal calificador evaluará los méritos alegados y justificados por las persones aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

No se determinan méritos específicos para esta convocatoria. Este proceso evaluara los méritos definidos en las bases generales para funcionarios interinos y personal laboral de este Ayuntamiento (BOIB 75, de 20 de junio de 2017), con un valor máximo de la formación no reglada de 3.5 puntos

Octava. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN, NOMBRAMIENTO Y CREACIÓN DE BOLSA DE TRABAJO.

Este apartado queda determinado por el artículo 12 y 13 de las bases generales

Periodo de prueba: cumpliendo con el artículo 13 de las bases general, el periodo de prueba será de un mes.

 

ANEXO
Temario

Bloc 1- Normativa

1. Personal al servicio de la Administración Local. Concepto y clases de funcionarios. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración local, adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Incompatibilidades.

2. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y normativa de desarrollo. La gestión electrónica de los procedimientos administrativos: registros, notificaciones y uso de medios electrónicos. Esquema Nacional de Seguridad y de Interoperabilidad. Normas técnicas de Interoperabilidad.

3. Instrumentos para el acceso electrónico a las administraciones públicas: suyos electrónicas, canales y puntos de acceso, identificación y autentificación.

Bloque II. Tecnología Básica

1. Informática básica. Conceptos de datos e información. Concepto de sistema de información. Elementos constitutivos de un sistema de información. Características y funciones. Arquitectura de ordenadores. Elementos básicos. Funciones. La unidad central de proceso. La memoria: tipo, jerarquía y maneras de direccionamiento.

2. Periféricos: conectividad y administración. Elementos de impresión. Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y digitalización.

3. Tipos abstractos y Estructuras de datos. Organizaciones de ficheros. Algoritmos. Formatos de información y ficheros.

4. Sistemas operativos. Características y elementos constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix y Linux. Sistemas operativos para dispositivos móviles.

5. Concepto y componentes de uno entorno a bases de datos. Utilización de bases de datos en la Organización: sistemas OLTP, DSS, y almacenes de datos.

6. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. Antecedentes históricos. Características y elementos constitutivos. Estándares de conectividad: ODBC y JDBC.

7. Arquitecturas cliente-servidor. Tipología. Componentes. Interoperabilidad de componentes. Ventajas e inconvenientes.

8. El modelo TCP / IP: Arquitectura, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento.

9. Lenguajes de marca o etiqueta. Características y funcionalidades. SGML, HTML,XML y sus derivaciones. Lenguajes de script.

10. Pla de seguridad. Pla de contingencias. Pla de recuperación. Políticas de salvaguarda.

11. Software libre y software propietario. Características y tipos de licencias. La protección jurídica de los programas de ordenador. Tecnologías de protección de derechos digitales.

 

Bloque III Desarrollo de Sistemas.

1. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y relaciones. Reglas de modelización. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas.

2. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización.

3. Lenguajes de programación. Representación de tipo de datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y registros. Estructura de un programa.

4. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL.

5. Diseño y programación orientada a objetos. Elementos y componentes software: objetos, clases, herencia, métodos, sobrecarga. Ventajas e inconvenientes. Patrones de diseño y lenguaje de modelado unificado (UML).

6. Lenguajes de programación. Características, elementos y funciones en entornos Java, C, y C ++ y. Limpio.

7. Arquitecturas de servicios web (WS).

8. Aplicaciones web. Tecnologías de programación. Javascript, applets, servlets, y servicios web. Lenguajes de descripción de datos: HTML, XML y sus derivaciones. Navegadores y lenguajes de programación web. Lenguajes de script.

9. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad. Acceso y usabilidad de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información. confidencialidad y disponibilidad de la información en lugares de usuario final.

10. Instalación y cambio. Estrategias de sustitución. Recepción e instalación. Evaluación puesto-Implementación. Mantenimiento.

 

Bloque IV-Sistemas y comunicaciones.

1. Administración del Sistema operativo y software de base en equipos y en red. Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los programas de una instalación.

2. Administración de bases de datos. Funciones y responsabilidades. Administración de datos.

3. Administración de servidores de correo electrónico. Protocolos de correo electrónico.

4. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico. Dispositivos de interconexión.

5. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. Infraestructura física de un CPD: acondicionamiento y equipamiento. Sistemas de gestión de incidencias. Control remoto de lugares de usuario.

6. Comunicaciones. Medios de transmisión. Maneras de comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación.

7. Redes de Comunicaciones. Redes de Conmutación y Redes de Difusión. Comunicaciones móviles y redes inalámbricas.

8. Internet: arquitectura de red. Origen, evolución y sido actual. Principios de funcionamiento. Servicios. Estado actual y perspectivas de futuro. El web 2.0.la web semántica

9. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN). Seguridad en el lugar del usuario.

10. Almacenamiento masivo de datos. Sistemas SAN, NARIZ y DAS: componentes, protocolos, gestión y administración. Virtualización del almacenamiento. Gestión de volúmenes.

11. La Seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma digital.

12. Administración de virtualización de servidores informáticos. Software de virtualización.”

SEGUNDO.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento de Andratx..>>

  

Andratx, a 21 de septiembre de 2017

La Alcaldesa-Presidente
Katia Rouarch