Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 4338
Resolución del director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears de 21 de abril de 2017 por la cual se convoca un curso de formación específica para la habilitación como asesores y evaluadores de las unidades de competencia de varias cualificaciones profesionales para el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral prevé que las tareas de asesoramiento y/o de evaluación las ejerzan personas habilitadas a este efecto por las administraciones competentes.
Para obtener la habilitación para ejercer estas funciones de asesoramiento y/o evaluación, según el artículo 25.1 del Real Decreto mencionado, se debe reunir una serie de requisitos de experiencia en determinados colectivos, así como haber superado un curso de formación específica.
Tal como prevé el artículo 22.1 e del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, este curso de formación específica lo planifican y gestionan las administraciones responsables del procedimiento de evaluación y acreditación, que al mismo tiempo son las competentes para habilitar al personal asesor y evaluador del procedimiento mencionado. En este sentido, también el artículo 25.1 b del mismo Real Decreto señala que el curso lo debe organizar y supervisar las administraciones competentes.
Estas actuaciones están financiadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
La Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears tiene previsto publicar próximamente varias convocatorias de procedimientos de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de varias cualificaciones profesionales, por lo cual es necesario contar con un número suficiente de personas habilitadas como asesoras y evaluadoras.
De acuerdo con el Decreto 55/2011, de 20 de mayo, el Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears es el órgano encargado de habilitar a los asesores y evaluadores y mantener el registro, así como de planificar y gestionar la formación inicial y continua de los asesores y evaluadores.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Aprobar las bases que rigen la convocatoria del curso de formación específica para la habilitación como asesores i evaluadores de las unidades de competencia de varias cualificaciones profesionales para el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación. Estas bases figuran como Anexo 1 de esta Resolución.
Segundo
Aprobar las cualificaciones profesionales y unidades de competencia convocadas, las cuales figuran en el Anexo 2.
Tercero
Aprobar el orden de prioridad de las cualificaciones profesionales no convocadas, el cual figura en el Anexo 3.
Cuarto
Aprobar a los modelos de solicitud, los cuales figuran en los anexos 4 a y 4 b.
Quinto
Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y que entre en vigor al día siguiente de publicarse.
Palma, 21 de abril de 2017
El director
Joan Antoni Sancho Castañer
ANEXO 1
Bases de la convocatoria
1. Objeto y ámbito de aplicación
2. Personas destinatarias y requisitos de participación
3. Plazas convocadas
1. El número de plazas convocadas en el curso de formación específica para habilitar asesores y evaluadores es de 120, distribuidas de la manera siguiente:
Cualificación profesional |
Código |
Plazas docentes |
Plazas de expertos y formadores |
---|---|---|---|
Guía por itinerarios de baja y media montaña |
AFD159_2 |
3 |
5 |
Guía por barrancos secos o acuáticos |
AFD338_2 |
3 |
5 |
Operaciones de sonido |
IMS436_2 |
3 |
5 |
Asistencia a la realización en televisión |
IMS077_3 |
3 |
5 |
Cámara de cine, vídeo y televisión |
IMS294_3 |
3 |
5 |
Montaje y postproducción de audiovisuales |
IMS296_3 |
3 |
5 |
Farmacia |
SAN123_2 |
3 |
6 |
Vigilancia y seguridad privada |
SEA029_2 |
4 |
6 |
Extinción de incendios y salvamento |
SEA129_2 |
5 |
3 |
Prevención de incendios y mantenimiento |
SEA534_2 |
5 |
3 |
Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural |
SEA595_2 |
5 |
3 |
Teleoperaciones de atención, gestión y coordinación de emergencias |
SEA647_3 |
5 |
5 |
Atención sociosanitaria a personas en el domicilio |
SSC089_2 |
0 |
4 |
Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales |
SSC320_2 |
0 |
4 |
Atención alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos |
SSC444_3 |
0 |
4 |
Mantenimiento de aparatos de embarcaciones deportivas y de recreo |
TMV553_2 |
0 |
4 |
Mantenimiento de instalaciones de sistemas eléctricos y electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo |
TMV554_2 |
0 |
4 |
Mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo |
TMV555_2 |
0 |
4 |
Pintura, reparación y construcción de elementos de plástico reforzado con fibra de embarcaciones deportivas y de recreo |
TMV557_2 |
0 |
4 |
2. En caso de que no se cubran las plazas convocadas para alguno de los colectivos anteriores se pueden asignar a otro colectivo que figure en la lista anterior hasta cubrir las plazas vacantes.
3. En caso de que queden plazas vacantes, las pueden ocupar las personas interesadas con experiencia relacionada en las unidades de competencia de cualificaciones profesionales diferentes de las señaladas en el Anexo 2, según se establece en el apartado 1.2.
4. El director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB) puede resolver que se admita, excepcionalmente, un número de personas superior al de plazas convocadas con el fin de enmendar omisiones de las listas provisionales o atender otras circunstancias que lo justifiquen.
4. Criterios de selección
5. Solicitud de inscripción
6. Documentación requerida
La documentación que se debe presentar, junto con la solicitud de participación, es la siguiente:
7. Lugar y plazo de presentación de solicitudes
8. Lista provisional
La lista provisional de personas admitidas y excluidas en el curso se publicará el día 30 de junio de 2017 en la página web <http://iqpib.caib.es>.
9. Plazo de reclamaciones
Las personas no admitidas en la lista provisional pueden presentar una reclamación para enmendar las deficiencias de su solicitud del día 3 al día 7 de julio de 2017, ambos incluidos.
10. Lista definitiva
La lista definitiva de personas admitidas y excluidas al curso se publicará el día 21 de julio de 2017 en la página web <http://iqpib.caib.es>.
11. Características del curso
12. Incompatibilidad
La participación en este curso es incompatible con la participación en cualquier otro curso que conceda el derecho a obtener la habilitación para ejercer las funciones de asesoramiento y/o evaluación en los procedimientos de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
En este caso, la persona interesada debe optar por uno, y debe poner en conocimiento al IQPIB la renuncia a participar, si fuera el caso.
13. Habilitación
Disposición adicional única
Para asegurar la imparcialidad en las próximas convocatorias de reconocimiento de competencias adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación, las personas que superen el curso y resulten habilitadas como asesoras y evaluadoras de acuerdo con esta convocatoria no pueden participar como candidatos en ninguna de las cualificaciones profesionales de la misma familia profesional en la cual han resultado habilitadas en la primera convocatoria de la familia profesional que se realice en las Illes Balears.
ANEXO 2
Cualificaciones profesionales y unidades de competencia convocadas
A. Familia profesional de Actividades físicas y deportivas (AFD)
Cualificación profesional: ADF159_2, Guía por itinerarios de baja y media montaña (RD 1521/2007, de 16 de noviembre)
Código |
Unidades de competencia |
UC0272_2 |
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia. |
UC0505_2 |
Determinar y organizar itinerarios por baja y media montaña. |
UC0506_2 |
Progresar con eficacia y seguridad por terreno de baja y media montaña y terreno nevado de tipo nórdico. |
UC0507_2 |
Guiar y dinamizar a personas por itinerarios de baja y media montaña y terreno nevado de tipo nórdico. |
Cualificación profesional: ADF338_2, Guía por barrancos secos o acuáticos (RD 1521/2007, de 16 de noviembre)
Código |
Unidades de competencia |
UC0272_2 |
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia. |
UC1076_2 |
Elaborar recorridos por barrancos. |
UC1077_2 |
Progresar con eficacia y seguridad por barrancos de cualquier tipología y dificultad. |
UC1078_2 |
Guiar y dinamizar a personas por itinerarios de barrancos. |
B. Familia profesional de Imagen y sonido (IMS)
Cualificación profesional: IMS436_2, Operaciones de sonido (RD 1957/2009, de 18 de diciembre)
Código |
Unidades de competencia |
UC1402_2 |
Instalar, montar, desmontar y mantener el equipamiento en producciones de sonido. |
UC1403_2 |
Colaborar en operaciones de mezcla directa, edición y grabación en producciones de sonido. |
UC1404_2 |
Ubicar y direccionar la microfonía en producciones de sonido. |
Cualificación profesional: IMS077_3, Asistencia a la realización en televisión (RD 295/2004, de 20 de febrero)
Código |
Unidades de competencia |
UC0216_3 |
Coordinar el desarrollo de las necesidades de realización de una producción televisiva, del espacio escénico y de la puesta en escena en las distintas localizaciones. |
UC0217_3 |
Asistir en el control de realización de una producción televisiva mediante el control de medios técnicos y humanos. |
UC0218_3 |
Participar en la post-producción de productos televisivos. |
Cualificación profesional: IMS294_3, Cámara de cine, vídeo y televisión (RD 1200/2007, de 14 de septiembre)
Código |
Unidades de competencia |
UC0939_3 |
Colaborar en el desarrollo del plan de captación y registro de proyectos audiovisuales. |
UC0940_3 |
Verificar la adecuación técnica y la operatividad de los recursos de captación y registro. |
UC0941_3 |
Colaborar en el diseño y ejecución de la iluminación de producciones audiovisuales. |
UC0942_3 |
Obtener imágenes según los criterios técnicos, artísticos y comunicativos del proyecto audiovisual. |
Cualificación profesional: IMS296_3, Montaje y postproducción de audiovisuales (RD 1200/2007, de 14 de septiembre)
Código |
Unidades de competencia |
UC0919_3 |
Coordinar los procesos finales de montaje y postproducción hasta generar el producto audiovisual final. |
UC0947_3 |
Planificar el proceso de montaje y postproducción de un producto audiovisual. |
UC0948_3 |
Preparar los materiales y efectos necesarios para el montaje y postproducción. |
UC0949_3 |
Realizar el montaje integrando herramientas de postproducción y materiales de procedencia diversa. |
C. Familia profesional de Sanitad (SAN)
Cualificación profesional: SAN123_2, Farmacia (RD 1085/2005, de 16 de septiembre)
Código |
Unidades de competencia |
UC0363_2 |
Controlar los productos y materiales, la facturación y la documentación en establecimientos y servicios de farmacia. |
UC0364_2 |
Asistir en la dispensación de productos farmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, determinando parámetros somatométricos sencillos, bajo la supervisión del facultativo. |
UC0365_2 |
Asistir en la dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, bajo la supervisión del facultativo. |
UC0366_2 |
Asistir en la elaboración de fórmulas magistrales, preparados oficinales, dietéticos y cosméticos, bajo la supervisión del facultativo. |
UC0367_2 |
Asistir en la realización de análisis clínicos elementales y normalizados, bajo la supervisión del facultativo. |
UC0368_2 |
Colaborar en la promoción, protección de la salud, prevención de enfermedades y educación sanitaria, bajo la supervisión del facultativo. |
D. Familia profesional de Seguridad y medio ambiente (SEA)
Cualificación profesional: SEA029_2, Vigilancia y seguridad privada (RD 295/2004, de 20 de febrero)
Código |
Unidades de competencia |
UC0080_2 |
Vigilar y proteger bienes y personas evitando la comisión de delitos e infracciones. |
UC0081_2 |
Acompañar a las personas para la defensa de su integridad física. |
UC0082_2 |
Proteger el almacenamiento, manipulación y transporte de objetos valiosos o peligrosos y explosivos. |
Cualificación profesional: SEA129_2, Extinción de incendios (RD 1087/2005, de 16 de septiembre)
Código |
Unidades de competencia |
UC0401_2 |
Ejecutar las operaciones necesarias para salvar vidas en peligro. |
UC0402_2 |
Ejecutar las operaciones necesarias para el control y la extinción de incendios. |
UC0403_2 |
Actuar en sucesos descontrolados con amenaza para las personas o en el medio ambiente. |
UC0404_2 |
Ejecutar las operaciones necesarias para el control de emergencias con las ayudas técnicas adecuadas. |
Cualificación profesional: SEA534_2, Prevención de incendios y mantenimiento (RD 1037/2011, de 15 de julio)
Código |
Unidades de competencia |
UC0272_2 |
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia. |
UC1747_2 |
Evaluar las instalaciones y el cumplimiento de las normas para la prevención de riesgos de incendios y emergencias. |
UC1748_2 |
Comprobar y mantener el funcionamiento de los medios materiales empleados en la prevención de riesgos de incendios y emergencias. |
UC1749_2 |
Aplicar las normas de seguridad y mantener las capacidades físicas para el desempeño profesional de actividades vinculadas a la prevención de incendios y emergencias. |
Cualificación profesional: SEA595_2, Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural (RD 1031/2011, de 15 de julio)
Código |
Unidades de competencia |
UC0272_2 |
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia. |
UC1964_2 |
Ejecutar labores de vigilancia y detección de incendios forestales, mantenimiento de infraestructuras de prevención y extinción, e informar a la población. |
UC1965_2 |
Ejecutar operaciones de extinción de incendios forestales. |
UC1966_2 |
Realizar labores de apoyo en contingencias en el medio natural y rural. |
Cualificación profesional: SEA647_3, Teleoperaciones de atención, gestión y coordinación de emergencias (RD 1553/2011, de 31 de octubre)
Código |
Unidades de competencia |
UC2168_3 |
Recibir llamadas identificando y clasificando el tipo de demanda, confirmando la localización del suceso y los datos del alertante. |
UC2169_3 |
Aplicar protocolos y planes operativos correspondientes a cada tipo de demanda. |
UC2170_3 |
Establecer, gestionar y coordinar la respuesta, atendiendo al procedimiento generado según el tipo de demanda o a las indicaciones del técnico sectorial, y realizar el seguimiento de las mismas. |
UC2171_3 |
Realizar las operaciones administrativas del centro de coordinación de emergencias. |
UC2172_3 |
Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario competente, en la gestión y coordinación de emergencias. |
E. Familia profesional de Servicios socioculturales y a la comunidad (SSC)
Cualificación profesional: SSC089_2, Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (RD 295/2004, de 20 de febrero)
Código |
Unidades de competencia |
UC0249_2 |
Desarrollar intervenciones de atención física domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención socio-sanitaria. |
UC0250_2 |
Desarrollar intervenciones de atención psicosocial domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención socio-sanitaria. |
UC0251_2 |
Desarrollar las actividades relacionadas con la gestión y funcionamiento de la unidad convivencial. |
Cualificación profesional: SSC320_2, Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (RD 1368/2007, de 19 de octubre)
Código |
Unidades de competencia |
UC1016_2 |
Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar. |
UC1017_2 |
Desarrollar intervenciones de atención física dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional. |
UC1018_2 |
Desarrollar intervenciones de atención sociosanitaria dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional. |
UC1019_2 |
Desarrollar intervenciones de atención psicosocial dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional. |
Cualificación profesional: SSC444_3, Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos (RD 1096/2011, de 22 de julio)
Código |
Unidades de competencia |
UC1426_3 |
Acompañar al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en los desplazamientos internos en el centro educativo. |
UC1427_3 |
Ejecutar, en colaboración con el tutor/a y/o con el equipo interdisciplinar del centro educativo, los programas educativos del alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en su aula de referencia. |
UC1428_3 |
Implementar los programas de autonomía e higiene personal en el aseo del alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE), participando con el equipo interdisciplinar del centro educativo. |
UC1429_3 |
Atender y vigilar en la actividad de recreo al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE), participando junto a el/la tutor/a en el desarrollo tanto de los programas de autonomía social como en los programas de actividades lúdicas. |
UC1430_3 |
Atender al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en el comedor escolar, participando con el equipo interdisciplinar del centro educativo en la implementación de los programas de hábitos de alimentación. |
F. Familia profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos (TMV)
Cualificación profesional: TMV553_2, Mantenimiento de aparejos de embarcaciones deportivas y de recreo (RD 562/2011, de 20 de abril)
Código |
Unidades de competencia |
UC1827_2 |
Realizar el mantenimiento de la jarcia firme y de labor de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1828_2 |
Realizar el mantenimiento de mástiles y otros elementos de la arboladura de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1829_2 |
Realizar el mantenimiento de los sistemas de control y elementos auxiliares de las jarcias de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1830_2 |
Confeccionar y mantener velas y otros elementos textiles auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo. |
Cualificación profesional: TMV554_2, Mantenimiento e instalación de sistemas eléctricos y electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo (RD 562/2011, de 20 de abril)
Código |
Unidades de competencia |
UC1831_2 |
Mantener e instalar los sistemas de generación y acumulación de energía eléctrica, y los motores eléctricos de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1832_2 |
Mantener e instalar los sistemas de distribución y los circuitos de corriente eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1833_2 |
Instalar y reparar los sistemas electrónicos de navegación e instrumentación de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1834_2 |
Instalar y reparar los sistemas de comunicaciones, socorro y seguridad marítima de embarcaciones deportivas y de recreo. |
Cualificación profesional: TMV555_2, Mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo (RD 562/2011, de 20 de abril)
Código |
Unidades de competencia |
UC0132_2 |
Mantener el motor térmico. |
UC0133_2 |
Mantener los sistemas auxiliares del motor térmico. |
UC1835_2 |
Montar y mantener los sistemas de propulsión y gobierno, y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1836_2 |
Montar y mantener los sistemas de abastecimiento de fluidos y servicios de agua de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1837_2 |
Mantener e instalar los sistemas de frío y climatización de embarcaciones deportivas y de recreo. |
Cualificación profesional: TMV557_2, Pintura, reparación y construcción de elementos de plástico reforzado con fibra de embarcaciones deportivas y de recreo (RD 562/2011, de 20 de abril)
Código |
Unidades de competencia |
UC1841_2 |
Preparar y proteger superficies de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1842_2 |
Realizar operaciones de acabado de superficies de la obra muerta, cubierta, superestructuras y arboladura de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1843_2 |
Reparar elementos de plástico reforzado con fibra de embarcaciones deportivas y de recreo. |
UC1844_2 |
Construir, adaptar y montar piezas y estructuras de plástico reforzado con fibra de embarcaciones deportivas y de recreo. |
ANEXO 3
Orden de prioridad de cualificaciones profesionales no convocadas
Excepcionalmente, pueden solicitar la participación en el curso las personas interesadas en ser asesoras y evaluadoras de cualificaciones profesionales que no figuran en el Anexo 2. Estas solicitudes de participación de deben regir con el siguiente criterio del orden de prioridad:
Orden de prioridad |
Cualificaciones profesionales |
1 |
Servicios para el control de plagas (SEA028_2) |
2 |
Gestión de servicios para el control de organismos nocivos (SEA251_3) |
3 |
Dirección en restauración (HOT331_3) |
4 |
Actividades de gestión para el pequeño comercio (COM631_2) |
5 |
Actividades auxiliares de comercio (COM412_1) |
6 |
Actividades auxiliares de almacén (COM441_1) |