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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 1993
Integración bolsa de personal de limpieza con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Santa Margalida

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Texto

El Sr. Alcalde, en fecha 24 de febrero de 2017, dictó la siguiente:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

“Por Decreto de Alcaldía de 9 de noviembre de 2016 se resolvió publicar las bases específicas para la convocatoria para la creación de una bolsa  de  personal de limpieza con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal  del Ayuntamiento de Santa Margalida.

En el proceso selectivo se han observado todos los trámites legales y reglamentarios.

El Tribunal Calificador acordó, el día 16  de febrero de 2017, propuso que pasen a integrar la mencionada bolsa, por orden de la puntuación total obtenida, las siguientes personas aspirantes:

DNI

TOTAL

37341744W

20,5

06993784J

20

24322080V

18,9

43098837B

14,47

43028959F

14,41

43098834P

13,02

37337907Y

12

43146488Y

9,4

78211475K

7,8

43150514F

2,85

En fecha 17 de febrero de 2017,  se publicó la lista provisional de integración de la bolsa y se concedieron 3 días hábiles para realizar las reclamaciones oportunas, concluido el día 22 de febrero de 2017 el plazo para la presentación de alegaciones, sin ninguna reclamación presentada.

En virtud de las facultades que tengo conferidas, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1.h) Ley 7/1985, de 2 de abril.

RESUELVO:

PRIMERO.- Que las personas aspirantes mencionadas anteriormente pasen a integrar la bolsa de personas aspirantes en la categoría de personal de limpieza con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, por el orden de puntuación total obtenida, de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador.

SEGUNDO.- El orden de contratación se efectuará de acuerdo con lo previsto en las bases de la convocatoria.

TERCERO.- Publicar esta lista en el BOIB, en el tablón de edictos y en la página web de la Corporación, de conformidad con el procedimiento previsto al efecto.”

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación.

Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere oportuno.

 

Santa Margalida, 24 de febrero de 2017

El Alcalde,

(Delegación de firma, Decreto núm 1193 de fecha 02/12/2016,
Primer Teniente de Alcalde, Martí  A. Torres Valls)

Joan Monjo Estelrich