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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 13877
Modificación de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

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Texto

En virtud de lo dispuesto en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y del Real Decreto Legislativo de 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el acuerdo de modificación de la plantilla de personal que el Pleno del Ayuntamiento de San Antonio ha adoptado en sesión ordinaria de fecha 28 de noviembre de 2016

Vista la Providencia de la Regidora delegada de Gobernación, Interior y Protección civil de fecha 24 de octubre de 2016.

Visto que en fecha 30 de enero de 2016, entró definitivamente en vigor, el Presupuesto de la Corporación y la plantilla de personal correspondiente al año 2016.

Atendiendo a que en fecha 19 de septiembre se ha emitido Decreto núm 2583, en virtud del cual se declaraba en situación de excedencia voluntaria a la funcionaria de carrera M. N.P.

Ante la necesidad de que exista un Técnico de la Administración General que realice informes jurídicos y asesoramiento y propuesta de carácter administrativo de nivel superior.

Considerando que el art. 90 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, establece que corresponde al Pleno aprobar anualmente la plantilla de personal, a través del presupuesto,. Por su parte del art. 126 del TRRL, establece que la plantilla comprenderá los puestos debidamente clasificados y se aprobará anualmente con ocasión de la aprobación del presupuesto. Las modificaciones de plantilla durante la vigencia del presupuesto requerirán el cumplimiento de los trámites establecidos para la modificación de aquel.

Visto que parte de las funciones que desempeñaba la Jefa de los servicios jurídicos se desempeñan en la actualidad por el Secretario y el Vicesecretario.

Atendiendo a que la defensa letrada hace años que que está externalizada, y que las funciones que realmente se precisan se circunscriben a la tareas de gestión, estudio, propuesta de carácter administrativo y resolución de expedientes.

Visto que organizativamente, lo más conveniente y necesario para la Corporación, es disponer de otro T.A.G, que realice funciones de asistencia y técnica y asesoramiento que confeccione informes jurídicos y asesoramiento y propuesta de carácter administrativo de nivel superior tal y como prevé el art. 169 del RD Leg. 781/1986, de 18 de abril.

Atendiendo a que en la vigente RPT, ya existe un puesto de trabajo de Técnico de la Administración General, ( puesto 304).

Dado que dicha modificación de la RPT no supone ningún incremento de las retribuciones complementarias, sino todo lo contrario un ahorro considerable de las mismas.

No sería pues necesaria la modificación de dicha RPT, ya que ese puesto ya estaba creado.

Visto que según la plantilla y la RPT prevista actualmente, dicha modificación supondría un ahorro a la Corporación de 14.156,11€ anuales, desglosados en 8.156,11 € en concepto de retribuciones básicas y complementarias, más 6.000€ imputables a la partida de, otros complementos de capítulo 1, más la parte proporcional de Seguridad Social.

Vista la potestad de autoorganización del Ayuntamiento, y atendiendo a criterios de reestructuración y organización, teniendo en cuenta los principios de racionalización, eficacia y eficiencia en la planificación y gestión de los recursos humanos.

Una vez dada cuenta de dicha modificación a la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany,

Visto el Informe de fiscalización del Sr. Interventor, de fecha 14 de noviembre.

Visto que este asunto debe ser dictaminado por la Comisión informativa de asuntos generales del Pleno en la sesión que tenga lugar antes del próximo Pleno.

Visto Dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Asuntos del Pleno del Ayuntamiento de fecha 23 de noviembre de 2016.

ACUERDO

Primero.- Aprobación inicial de la modificación de la plantilla de personal de la Corporación, incluyendo:

- Modificar una plaza de Jefe de Servicios Jurídicos, Administración especial (TAE), funcionario de carrera, grupo A1.

Subescala/ Cuerpo: Técnica/ Admón Especial

Situación: vacante.

Grupo: A1,

C.D.: 26

- Reconvertir o modificar la referida plaza, en una plaza de Técnico Administración General, (TAG) funcionario de carrera, administración general,

Subescala/ Cuerpo: Técnica/ Admón General.

Situación:vacante.

Grupo: A1.

C.D. 24.

Segundo.- Incluir la modificación en el anexo de personal del presupuesto del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany para el año 2016.

Tercero.- Exponer al público el acuerdo previo anuncio en el BOIB durante 15 días, para presentar alegaciones ante el pleno.

Cuarto.- Se entenderá definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones, en caso contrario se resolverán las mismas en el plazo de 1 mes. La modificación definitivamente aprobada, se publicará en el BOIB y entrará en vigor una vez publicada en el BOIB.

Quinto- Remitir copia de la misma a la Comunidad Autónoma respectiva, en el plazo de 30 días de conformidad con lo establecido en el art. 127 de TRRL.

Sant Antoni de Portmany, 7 de diciembre de 2016

El Alcalde

Jose Tur Torres