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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIOS DE MEJORA AGRARIA Y PESQUERA (SEMILLA)

Núm. 12693
Resolución de la Directora gerente de Serveis de Millora Agrària i Pesquera (SEMILLA) por la que se aprueban la convocatoria y las bases para la selección de un directivo profesional adjunto a la gerencia de SEMILLA, código del puesto de trabajo LD3.

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Texto

Antecedentes

1.     De conformidad con los principios constitucionales rectores para el acceso a la ocupación pública, recogidos en el artículo 55 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se convoca un proceso para la selección de un directivo profesional, que consta a la relación de puestos de trabajo del ente.

2.     El artículo 22.3 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, dispone que la selección de personal directivo profesional de los entes del sector público instrumental, debe ajustarse a los principios de mérito y capacidad, así como a los criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, y se debe llevar  a cabo mediante los procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia.

3.     El ente Serveis de Millora Agrària i Pesquera (SEMILLA) entidad pública empresarial adscrita a la Conselleria de Medi Ambient, Agricultura i Pesca, de acuerdo con la sesión del Consejo de Administración de día 17 de marzo de 2016, que acordó otorgar poderes a la Directora gerente para aprobar la convocatoria y las bases para la selección de un directivo profesional adjunto a gerencia de SEMILLA, código del puesto de trabajo LD3.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.      Aprobar la convocatoria de un proceso de selección para cubrir el puesto de trabajo de adjunto a la gerencia de SEMILLA, código LD3, como  personal directivo profesional de naturaleza laboral sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección, regulada por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

2.     Aprobar las bases específicas que han de regir esta convocatoria y proceso de selección, de acuerdo con lo siguiente:

a)     Requisitos y condiciones generales que les persones interesadas han de cumplir en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes, para ser admitidos en este proceso de selección:

                        I.        Tener la nacionalidad española o alguna otra nacionalidad en aquellos casos que, de acuerdo con el artículo 57 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, permita el acceso a la ocupación pública como personal laboral.

                     II.        Tener más de 18 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

                   III.        No haber sido separado, mediante un expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de les comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida trabajar para la administración en el  estado de procedencia.

                   IV.        Tener les capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sea necesarias para el ejercicio de las funciones siguientes:

a)     Desarrollar la dirección técnica, programación, coordinación, impulso y evaluación de los departamentos de la empresa: laboratorios, producción animal (control lechero, razas autóctonas), sanidad animal, sanidad vegetal, área técnica agraria, estadística, promoción y reservas marines.

b)     Impulsar las tareas y proyectos encargados  por la gerencia.

c)     Elaborar informes preceptivos o aquellos que la directora gerente considere oportunos, en relación a las actuaciones y  materias de su competencia.

                 V.            Estar en posesión de una Licenciatura en Veterinaria o Biología, o de una Ingeniería Agrónoma o Ingeniería Técnica Agrícola.

               VI.            Acreditar documentalmente el conocimiento de lengua catalana del nivel C1 de catalán, de la Junta Avaluadora de Català, de la Escola Balear d’Administració Pública u otro organismo reconocido a estos efectos en la legislación vigente.

b)     Solicitudes y documentación

                        I.        La solicitud para formar parte en este proceso de selección se debe ajustar al modelo que se adjunta en forma de anexo 1, que se puede descargar de la página web de SEMILLA.

                     II.        Las solicitudes se deben  presentar en el Registro General de este ente público, o en la forma establecida por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

                   III.        El plazo para presentar las solicitudes es de siete días naturales, a contar  desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, la comisión de selección hará pública en la web www.semilla.caib.es una resolución provisional de los admitidos y excluidos y se concederá un plazo de un día hábil para enmendar las posibles omisiones, deficiencias o carencias que se hayan podido observar en relación a los requisitos exigidos. Una vez superado este plazo se publicará en  la misma web la resolución definitiva de admitidos y excluidos.

                   IV.        Juntamente con la solicitud cumplimentada adecuadamente, las persones interesadas deben adjuntar:

1.     Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en el cas de no tener la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la nacionalidad.

2.     Currículum Vitae actualizado, en el que constarán:

2.1.  Los datos personales (dirección, teléfono y correo electrónico).

2.2.  La formación (titulaciones académica, estudios, cursos, seminarios, publicaciones, idiomas, otros).

2.3.  La experiencia profesional (con descripción de entidades, puestos de trabajo ocupados y periodo de tiempo).

Estos conocimientos y experiencia profesional se deben acreditar mediante la aportación de original o fotocopias compulsadas del título de formación o certificación del puesto de trabajo ocupado, con indicación de funciones desarrolladas y con aportación de la vida laboral.

c)     La Comisión de selección está integrada por tres miembros nombrados por la persona titular de la consejería a la que está adscrito este ente público, de los que uno será designado como presidente y otro como secretario.

Esta comisión no puede actuar sin la asistencia de la mayoría de    sus miembros y, en cualquier caso, deben estar presentes el presidente y el secretario.

La Comisión puede estar asistida per asesores para la mejor evaluación de los candidatos.

d) La valoración de los méritos y la entrevista personal se llevarán a cabo según los términos especificados en el anexo 2 de esta convocatoria.

e) La duración del contracte que se suscriba como consecuencia del proceso de selección, se extingue cuando cese el órgano que subscriba el contracte en nombre de Serveis de Millora Agrària i Pesquera.

3.       Designar los miembros de la Comisión de Valoración de esta convocatoria, que se compondrá de los siguientes miembros:

President: Sr. Jaume Roca Jaume

Secretari: Sr. José Manuel Fernández Zapata

Vocal: Sra. Yolanda Desco Blay

4.       Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y en la página web de este ente.

 Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,  del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, según aquello que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 9 de noviembre de 2016

La Directora gerente

Immaculada Munar Pascual

ANEXO 1

MODELO DE SOLICITUD

 ....................................................................................., mayor de edad,  con DNI número ..................................... y domicilio a efectos de notificaciones en ..................................................................... , teléfono ..................................... y correo electrónico ....................................... ...................................

EXPONGO:

1.      Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso de selección para cubrir el puesto de trabajo de directivo profesional adjunto a gerencia, código  LD3, de Serveis de Millora Agrària i Pesquera

2.      Que declaro estar en posesión de todos y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en  el apartado 2.a) de la convocatoria.

3.      Que adjunto la siguiente documentación:

-

-   

-

-

SOLICITO: Ser admitido y poder participar en el procedimiento selectivo de un puesto de trabajo de adjunto a gerencia, código LD3, de Serveis de Millora Agrària i Pesquera como personal directivo profesional de naturaleza laboral sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección, regulada por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

.......................... , ........... de ................................ de 2016

En caso de presentar la solicitud y la documentación requerida en un registro diferente al de SEMILLA , en cualquier caso cumpliendo con lo que establece el artículo 16.5 de la Ley  39/2015, de 1 de octubre, se ruega dejen constancia enviando un email  comunicando este hecho al siguiente correo electrónico: jfernandez@semilla-caib.es

Conforme a lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, (de ahora en adelante L.O.P.D), esta entidad le informa que les datos obtenidos a través de este formulario o curriculum vitae, quedarán incorporados y serán tratados en un fichero mixto denominado Recursos Humanos, inscrito en la A.G.P.D titularidad de SERVEIS DE MILLORA AGRÀRIA I PESQUERA con nº C.I.F Q0700676J y domicilio en C/EUSEBI ESTADA, 145 07009 PALMA, con la finalidad de mantenerle informado sobre gestión i selección del personal i recursos humanos.
Le informamos de la posibilidad de ejercer, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de  sus datos de carácter personal mediante correo dirigido a SERVEIS DE MILLORA AGRÀRIA I PESQUERA con nº C.I.F Q0700676J i domicilio en C/.d’EUSEBI ESTADA,145. 07009 PALMA

Serveis de Millora Agrària i Pesquera

Anexo  2

valoracióN de lOs mÉritOs

a) Estudios Universitarios no aportados como requisitos: Hasta a un máximo de 4 puntos:

  1.- Estudios universitarios de grado: 2 puntos con un máximo de 4 puntos.

  2.- Máster: 2 puntos por cada titulación con un máximo de 4 puntos.

  3.- Estudios universitarios de postgrado: 2 puntos por cada titulación con un máximo de 4 puntos.

La puntuación total por estudios universitarios no puede superar los 4 puntos.

b) Conocimientos del funcionamiento del entorno: 8 puntos.

Formación Impartida relacionada con el medio

0,1 puntos per cada 10 horas. Puntuación máxima 8 puntos

Formación recibida relacionada con el medio

0,05 puntos per cada 10 horas. Puntuación máxima 8 puntos

Experiencia profesional como técnico superior o de grado medio en el medio

0,05 puntos per cada mes completo. Puntuación máxima 8 puntos

La puntuación máxima a obtener por formación y/o per experiencia en cada uno de los tres bloques indicados, no puede superar por sí mismo o en cómputo total los ocho puntos.

c) Conocimientos del funcionamiento del sector público instrumental y de la Administración Pública: 10 puntos.

Se valorará con 0,3 puntos por mes completo trabajado en el sector público instrumental o en la Administración Pública como a directivo y con 0,15 puntos por mes completo por haber trabajado en los grupos profesionales de técnico superior o de grado medio. La suma de la experiencia por  haber trabajado como directivo o como técnico superior o de grado medio no superará ni individualmente ni en conjunto el máximo de 10 puntos.

d) Participación en tareas específicas de gestión de equipos: 8 puntos.

La valoración será de 0,22 puntos por cada mes acreditado en trabajos que conlleven la coordinación y gestión de equipos humanos. La puntuación máxima obtenida no puede superar los ocho puntos.

e) Conocimientos de lengua catalana:

  -C2 o equivalente; 6 puntos

 -Certificado LA (antes E) o equivalente; 4 puntos.

Así, la puntuación total obtenida por conocimientos de lengua catalana no puede superar los diez puntos.

f) Una vez valorados los méritos aportados por los candidatos, se publicará en la página web de SEMILLA la valoración provisional de los candidatos, según la puntuación obtenida y se concederá un plazo de dos días hábiles para poder formular alegaciones.

Una vez revisadas les puntuaciones y resueltas las reclamaciones, en su caso, la comisión de selección hará pública la lista definitiva de valoración.

ENTREVISTA PERSONAL

a) La Comisión de Selección debe aplicar, en la valoración de los candidatos, los principios de igualdad, mérito y capacidad, en relación con la idoneidad, la competencia profesional y la experiencia, de acuerdo con la actividad que se debe desarrollar.

Los candidatos que en la valoración de méritos hayan obtenido una puntuación igual o superior al cincuenta por ciento del total de los puntos posibles a obtener, pasarán a la segunda fase de selección, que consiste en una entrevista personal en la que, con una puntuación máxima de diez puntos, se valorará si el candidato responde al perfil del puesto, a los requisitos objetivos y competencias específicas que determinan la adaptación al puesto y a su desarrollo Concretamente se valorarán los siguientes aspectos:

-Proactividad y rendimiento enfocado a la consecución de objetivos marcados por la dirección.

-Motivación y capacidad de trabajo.

-Capacidad de trabajar en equipos multidisciplinarios y habilidades para dirigir/coordinar equipos de trabajo.

b) Una vez se hayan entrevistado a todos los candidatos admitidos, la Comisión presentará un informe de evaluación de estos  candidatos al Consejo de Administración para el nombramiento del directivo profesional, que resolverá de forma motivada i se publicará en la página web de este ente.