Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 2033
Bases específicas que regirán el concurso - oposición para la provisión de una bolsa de contratación para cubrir vacantes eventuales e interinas al servicio de R.S.U. de EMSER 2002 SLU en la categoría de peón
Aprobadas por acuerdo del Consejo de Administración de l’empresa municipal de servicios, EMSER 2002 SLU, en sesión de 5 de febrero de 2016, se hacen públicas a los efectos correspondientes las siguientes:
“BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRAN EL CONCURSO - OPOSICIÓN PARA LA PROVISIÓN DE UNA BOLSA DE CONTRATACIÓN PARA CUBRIR VACANTES EVENTUALES E INTERINAS AL SERVICIO DE R.S.U. DE EMSER 2002 SLU EN LA CATEGORÍA DE PEÓN
Base primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es hacer una selección para la provisión de una bolsa de contratación para cubrir vacantes eventuales e interinas al servicio de R.S.U. de EMSER 2002 SLU.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
Base segunda. Condiciones de las personas aspirantes.
Para ser admitidas para efectuar las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes en la fecha en la que finalice el plazo de admisión de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos estados a los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores según los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, o ser cónyuge de una persona que está en alguno de los supuestos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre y cuando no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de esta edad que estén a su cargo; o ser extranjeras no incluidas en los anteriores supuestos con residencia legal en España.
b) Haber cumplido 16 años de edad y no exceder, si procede, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) No padecer ninguna enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones a realizar, que deberá probarse mediante certificado médico oficial.
d) No haber estado separadas mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, en las que hubieran estado separadas o inhabilitadas. En el caso de ser nacional de otro estado, no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a la función pública.
De conformidad con lo que establece el artículo 38.3 de la Ley 13/82, de integración social del minusválido, de 7 de abril, serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de condiciones con las otras personas aspirantes. A este efecto, el tribunal debe adoptar, en el caso de que sea necesario, las disposiciones oportunas en vista a la máxima garantía de igualdad de oportunidades en la realización de las pruebas. Las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones correspondientes se acreditarán en su caso mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multiprofesional competente, que deberá ser emitido con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas.
e) Nivel A2 de catalán; en el caso de que no dispongan del certificado, las personas aspirantes, con carácter previo al desarrollo de la oposición, deberán efectuar una prueba equivalente, según la normativa vigente que establece la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Base tercera. Instancias.
Las instancias para solicitar tomar parte en las pruebas selectivas convocadas deben dirigirse al Sr. Alcalde-presidente del Consejo de Administración de EMSER 2002 SLU. Se presentarán en el Registro General de EMSER 2002, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente. También se publicarán las bases en el tablón municipal de edictos, en el tablón de la empresa EMSER y en la página web del Ayuntamiento.
Las bases estarán a disposición de cualquier persona interesada.
Las personas solicitantes manifestarán en la instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas a la fecha en la que acaba el plazo de presentación de la instancia.
Con las instancias deberán adjuntarse una fotocopia compulsada del documento nacional de identidad y una fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos a valorar.
Base cuarta. Admisión de aspirantes.
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, el presidente del Consejo de Administración hará públicas, en un plazo de diez días hábiles, las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el tablón de edictos del Ayuntamiento y EMSER 2002 SLU, y en la página web del Ayuntamiento.
Durante los tres días hábiles siguientes a esta publicación, las personas interesadas podrán subsanar los defectos que hayan originado las posibles exclusiones, así como presentar alegaciones que se tendrán en cuenta en la resolución por la que se eleven a definitivas las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se harán públicas en la forma indicada.
Contra esta última resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición con carácter potestativo, o bien directamente recurso contencioso administrativo.
Base quinta. Tribunal calificador.
El tribunal estará constituido por los miembros siguientes:
1. Presidente/a designado/a por la empresa.
2. Un/a vocal designado/a por la dirección de la empresa.
3. Un/a vocal designado/a por los delegados de personal de la empresa.
El presidente del Consejo de Administración de EMSER 2002, a propuesta del tribunal, podrá designar asesores especiales (internos o externos) para todas o algunas de las pruebas conforme a lo que prevén las correspondientes convocatorias, o ayudar en les tareas administrativas, con un máximo de dos por parte de la empresa y uno por parte de los trabajadores.
Los asesores se limitarán al ejercicio de las labores de asesoramiento en relación con sus especialidades técnicas.
La designación de los miembros del tribunal, titulares y suplentes, se hará pública en el tablón de edictos de la Corporación, en el tablón de anuncios de la empresa municipal y en la página web del Ayuntamiento.
El Tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes. Los miembros del tribunal tendrán que abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en el artículo 13.2. del RD 364/95, de 10 de marzo.
Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal en los términos establecidos en el artículo 29 del mismo texto legal.
El tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, y podrá disponer la incorporación a sus tareas de asesores especialistas para la celebración de las pruebas.
Base sexta. Procedimiento selectivo.
La selección se efectuará por el procedimiento de concurso-oposición.
FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición, que será previa, tendrá carácter eliminatorio y una puntuación máxima de 15 puntos, y consistirá en dos ejercicios:
Primer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio, será necesario obtener una puntuación mínima del 50 % de la puntuación máxima, y consistirá en responder a una prueba tipo test sobre:
1. La constitución española de 1978. Principios generales, los derechos y los deberes fundamentales de los españoles.
2. Órganos de gobierno municipales: el alcalde. El pleno: composición y funciones.
3. Legislación sobre residuos y tipos de residuos. Contenedores de residuos y tipos de contenedores.
4. Conocimientos de las instalaciones de EMSER y del término municipal de Pollença.
5. Conocimientos básicos de prevención de riesgos laborales.
Puntuación máxima: 3 puntos
Duración: máximo 60 minutos
Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio, todas las personas aspirantes deberán obtener una puntuación mínima del 50 % de la puntuación máxima, y consistirá en realizar una o más pruebas prácticas relacionadas con las funciones laborales a ejercer en la categoría objeto de la convocatoria.
Puntuación máxima: 12 puntos
Duración: máximo 180 minutos
FASE DE CONCURSO. VALORACIÓN DE MÉRITOS.
Sólo se valorarán los méritos siguientes, hasta un máximo de 10 puntos, a las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
- Antigüedad: 0,25 puntos por cada año completo o fracción que resulte por cada mes trabajado en la empresa, en el mismo servicio, hasta un máximo de 1’5 puntos.
- Antigüedad acreditada en la categoría inmediatamente inferior: 0,25 puntos por cada año completo o la fracción que resulte por mes trabajado en la empresa en el servicio en el que se ofrece la plaza, con un máximo de 1,25 puntos.
- Un máximo de 0’5 puntos por haber realizado tareas de categoría superior similares a las del puesto de trabajo a cubrir por seis meses. Se valorarán las fracciones de hasta un mes y medio de trabajo completos realizando trabajos de categorías superiores al puesto de trabajo a cubrir.
- Experiencia externa acreditada en un puesto de trabajo igual o afín: 0,25 puntos por año trabajado o la fracción que resulte por mes trabajado con un máximo de 0,75 puntos.
- Cursos de la empresa relacionados con la plaza a cubrir:
-0,10 puntos por curso de 10 a 30 horas
-0,25 puntos por curso de 30 a 80 horas
-0,50 puntos por curso de más de 90 horas
Máximo: 1 punto.
- Cursos relacionados directamente con la plaza a cubrir:
-0,10 puntos por curso de 10 a 30 horas
-0,25 puntos por curso de 30 a 90 horas
-0,50 puntos por curso de más de 90 horas
-1,50 puntos por licenciatura o diplomatura universitaria
Máximo: 2 puntos.
- Certificados de cualificación profesional relacionados directamente con la plaza a cubrir: hasta 2,75 puntos. Se considerarán los niveles 1, 2 y 3 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- Permiso de conducción de clase B: 0,25 puntos
La puntuación obtenida en la fase de concurso se sumará a la obtenida en la fase de oposición para establecer el orden definitivo de aprobados. En todo caso, deberá superarse la fase de oposición para poder formar parte de la bolsa.
Base séptima. Lista de aprobados
Una vez finalizadas las pruebas, el tribunal hará público, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios de la empresa, la relación de personas aprobadas por orden decreciente de puntuación.
Contra este acuerdo del tribunal, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde su anuncio, ante el órgano que designó el tribunal. Seguidamente la propuesta de contratación será elevada al alcalde- presidente del Consejo de Administración de EMSER.
Las personas aspirantes pasarán a formar parte de una bolsa de contratación para cubrir vacantes eventuales e interinas que puedan surgir por las necesidades de los servicios.
Para llamar a los trabajadores que conforman la bolsa para su contratación se aplicará lo que prevé el vigente convenio colectivo de la empresa municipal de servicios, EMSER 2002 SLU.
La vigencia de la bolsa es de tres años desde que se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el tablón de edictos de la empresa municipal. Una vez transcurrido este periodo de tiempo la bolsa pierde la vigencia y no se puede reactivar.
Base octava. Incidencias.
El tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo que no prevén estas bases. La convocatoria, las bases y todos los actos administrativos podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4 / 1999, de 13 de enero).
Base novena. Legislación aplicable.
En todo lo no previsto en estas bases regirá lo que disponen la Ley 7 / 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7 / 1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.”
Pollença, 18 de febrero de 2016
El Presidente de la empresa municipal
Miquel Angel March Cerdà
ANEXO I: SOLICITUD DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONVOCATORIA CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA PROVISIÓN DE UNA BOLSA DE CONTRATACIÓN PARA CUBRIR VACANTES EVENTUALES E INTERINAS AL SERVICIO DE R.S.U. DE EMSER 2002 SLU EN LA CATEGORÍA DE PEÓN.
DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA PERSONA OPOSITORA:
Primer apellido: ____________________ Segundo apellido: ____________________
Nombre: _________________________________
DNI: __________________ Fecha de nacimiento: ________________
Dirección: ________________________________________________________________
Municipio: __________________________ CP: ______________ Tel.: ___________________
La persona infrascrita solicita ser admitida a las pruebas selectivas a las que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en la misma y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente mencionada. Por ello adjunta con la presente solicitud:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia del título académico o documento de su solicitud.
- Documentos acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso.
Pollença, a
EL Alcalde-Presidente del Consejo de Administración de EMSER 2002 SLU