Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MAÓ
Núm. 16358
Convocatoria del proceso de selección de la dirección/gerencia del Teatro Principal de Mahón
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La Fundación del Teatro Principal de Mahón, atendiendo a sus estatutos y en el ejercicio de sus finalidades principales, entre las que se encuentra la de gestionar el Teatro Principal de Mahón y las actividades culturales que se hagan; al amparo de las atribuciones conferidas al Patronato de la Fundación, convoca un proceso de selección de la dirección/gerencia del Teatro Principal de Mahón que se regirá por lo establecido en los apartados que siguen.
PRIMERO. REGIMEN DE CONTRATACIÓN Y DE INCOMPATIBILIDADES
1) La candidatura seleccionada para ocupar la plaza convocada subscribirá con la Fundación del Teatro Principal de Mahón un contrato de personal directivo profesional, de conformidad a lo que establece el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Publico, que se regirá por la legislación vigente que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección y el resto de normativa laboral que resulte de aplicación.
2) El contrato de la persona que ejerza la dirección/gerencia del Teatro Principal de Mahón tendrá una duración temporal limitada a tres años, prorrogable por periodos de un año hasta cuatro años más. Temporalización contractual, que como establece el artículo 13 de la Ley 7/2007, esta sujeta a evaluación de acuerdo con los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que hayan sido fijados.
3) La persona que ejerza la dirección/gerencia del Teatro Principal de Mahón percibirá una retribución anual bruta de 41.016,50 €, dividida en 14 pagas.
4) El desempeño de este puesto está sometido a las restricciones contempladas en la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
SEGUNDO. ATRIBUCIONES Y FUNCIONES
La persona que ejerza la dirección/gerencia del Teatro Principal de Mahón tendrá, tal y cómo establece el artículo 23 de los Estatutos de la Fundación, las atribuciones y funciones siguientes:
a) dirigir el funcionamiento ordinario del Teatro en todos sus aspectos;
b) presentar al Patronato el anteproyecto del Plan de actividades de la Fundación;
c) gestionar y ejecutar el Plan de actividades de la Fundación, en conformidad con los acuerdos del Patronato, del presidente/a o del Comité Ejecutivo;
d) velar por la conservación de los bienes y la catalogación de los fondos artísticos del Teatro;
e) impulsar y realizar la elaboración de bases de datos, libros, catálogos, guías didácticas y otros materiales relacionados con las actividades del Teatro, con el objetivo de promover su difusión artística y social;
f) elaborar el anteproyecto del Presupuesto de la Fundación;
g) elaborar la Memoria anual de actividades;
h) velar por la proyección pública de las actividades de la Fundación e impulsar todo tipo de iniciativas que permitan la captación de recursos ajenos;
i) ser jefe de personal y tener a cargo la organización y dirección de las tareas ordinarias que desarrolle el personal de la Fundación;
j) hacerse cargo de todos los aspectos relacionados con la promoción de las actividades de la Fundación: elaboración de programas, relaciones con los medios, publicidad, relaciones públicas, etc.;
k) realizar el Inventario de bienes y mantenerlo actualizado;
l) despachar la correspondencia;
m) hacerse cargo de todos aquellos otros asuntos que el Patronato, el presidente/a o el Comité Ejecutivo le puedan encomendar.
Además de las funciones anteriores, el director/a-gerente, como secretario/aria de todos los órganos colegiados de la Fundación Teatro Principal de Mahón, tendrá las funciones que se relacionan en el artículo 24 de sus estatutos.
TERCERO. REQUISITOS Y MÉRITOS DE LOS CANDIDATOS
1) Las personas aspirantes tendrán que acreditar los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano español o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o extranjero con residencia legal en España, en los términos establecidos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos 16 años de edad el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
c) No sufrir enfermedad o alteración física o psíquica incompatible con las funciones a ejercer. Situación que se acreditará con una declaración responsable.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración pública, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Situación que se acreditará con una declaración responsable.
e) Tener conocimientos suficientes de lengua catalana y castellana para poder desarrollar las funciones a ejercer. Las personas que no puedan acreditar un nivel suficiente de conocimiento de estas dos lenguas podrán ser requeridas para realizar una prueba de dominio oral y escrito adecuado al nivel exigido. Se entenderá como nivel suficiente un dominio de la lengua, tanto oral como escrito, que permita hacer frente a situaciones lingüísticas comunicativas que puedan surgir sobre temas tanto concretos como abstractos, incluyendo las discusiones técnicas en el campo de la especialización profesional del objeto de esta convocatoria. Un nivel mínimo B2 en el marco común europeo de referencia para el conocimiento de las lenguas.
2) Para ser considerada su candidatura los aspirantes tendrán que presentar:
a) Un currículum vitae detallado donde se acredite, además de los datos personales, académicas y laborales de carácter general, de manera específica su trayectoria profesional, experiencia y formación que pueda tener relacionada con las funciones y responsabilidades de la plaza que se convoca.
Los méritos alegados tendrán que estar suficientemente acreditados. Se tendrán que presentar originales o fotocopias compulsadas de documentos oficiales o certificaciones de parte.
b) Un escrito de extensión no superior a una hoja dinA4 a doble cara, con un cuerpo de letra 12 e interlineado simple, donde exponga los motivos para los que se interesa y se considera válido como director/a-gerente del Teatro Principal de Mahón, su conocimiento de la realidad cultural y artística de Menorca, su compromiso personal en el cargo y una breve descripción de cómo orientaría la gestión en el supuesto de que fuera la persona seleccionada.
c) Una declaración jurada garantizando la absoluta confidencialidad de todos los datos y documentación que le pueda ser entregada en este proceso de selección.
d) Una autorización para que los órganos de selección implicados en el proceso, puedan solicitar información adicional a aquellas personas, entidades u organismos a los cuales haga referencia en los documentos de presentación de su candidatura.
QUART. PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
1) El plazo para presentar candidaturas será de 7 días naturales a partir de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
2) Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Mahón, directamente o mediante el procedimiento establecido en el artículo 38.4 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
3) Se presentará en un sobre cerrado la documentación relacionada en el punto anterior acompañando a una instancia donde consten, perfectamente legibles, los datos personales y de contacto de la persona aspirante y en la que se indique “Proceso de selección de la dirección-gerencia del Teatro Principal de Mahón”.
4) Acabado el proceso de selección, los aspirantes podrán solicitar la documentación original o compulsada citada en el punto TERCERO 2 a). Esta será fotocopiada y archivada en el expediente del proceso de selección.
QUINTO. PROCESO DE SELECCIÓN
1) El proceso de selección atenderá a los principios de mérito y capacidad y criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia. A tal efecto se publicará esta convocatoria en los siguientes medios:
2) El proceso de selección se divide en dos momentos diferenciados y secuenciados como sigue:
A) SELECCIÓN PREVIA. En función del número de candidaturas presentadas se seleccionarán los/las candidatos/as que pasarán al siguiente paso del procedimiento de selección. Si el número de candidaturas presentadas es menor o igual a 10, se seleccionarán 3 de estas para la siguiente fase; si el número de candidaturas presentadas es superior a 10, serán 5 las escogidas en esta selección previa. El resto de candidaturas quedarán excluidas del procedimiento de selección.
B) SELECCIÓN FINAL. Los 3 o 5 candidatos escogidos, según el caso, en la selección previa, defenderán su candidatura para la determinación final de la persona a ocupar la dirección-gerencia del Teatro Principal de Mahón
3) Los órganos de valoración que intervendrán en el procedimiento de selección serán los siguientes:
A) El Comité Ejecutivo de la Fundación del Teatro Principal de Mahón reconocido en el artículo 21 de sus estatutos.
B) Tribunal de Selección constituido ad hoc y conformado por 9 personas. 4 de ellas miembros del Patronato y en representación de los diferentes grupos políticos con representación en este órgano de la Fundación. Las 5 restantes serán también, personas con capacidad y experiencia para poder resolver sobre la selección de la persona que tiene que ejercer la dirección-gerencia de un espacio cultural de las características del Teatro Principal de Mahón.
La composición de los órganos de valoración, titulares y suplentes, se harán públicos justo en el momento previo a su intervención directa en el procedimiento. La composición contemplará el nombramiento de un presidente/a (con voto cualificado) y un secretario/a entre sus miembros.
Las personas integrantes del tribunal se tendrán que abstener de intervenir, y lo notificarán a la autoridad convocante, siempre que por vinculación de proximidad con alguno de los candidatos no puedan garantizar su imparcialidad.
Los órganos de valoración estarán formalmente constituidos si están presentes el/la presidente/a y de la mitad más uno de sus miembros.
4) SELECCIÓN PREVIA. La Comisión descrita en el apartado A) del punto anterior valorará la documentación presentada por los aspirantes y determinará por mayoría simple de los presentes la propuesta de candidatos a pasar a la siguiente fase.
La Comisión, a la hora de valorar las candidaturas, tendrá en consideración los siguientes criterios:
La Comisión dictaminará la propuesta al Patronato de la Fundación Teatro Principal de Mahón que aprobará la lista de aspirantes a la selección final.
5) SELECCIÓN FINAL.
A) Los aspirantes seleccionados por esta fase dispondrán de 21 días naturales a partir de la comunicación de haber sido escogidos, para presentar un proyecto artístico y de gestión para el periodo 2016-2019 para el Teatro Principal de Mahón. Proyecto por escrito en formato libre, que ocupará una extensión máxima de 25 hojas dinA4 por una cara, y que contemple de manera ordenada los siguientes puntos:
1. Objetivos generales
2. Objetivos estratégicos y líneas generales de actuación
3. Criterios para programación de actividades y servicios por temporada por el periodo 2016-2019
4. Plan de gestión económica
5. Plan de comunicación y marketing
6. Plan de gestión, mejora y mantenimiento de las instalaciones y equipos
7. Criterios de gestión en materia de Recursos Humanos
8. Otras
B) La administración del Teatro Principal de Mahón entregará por igual a todos los aspirantes seleccionados, aquella información que el Patronato considere relevante para poder formular el proyecto de gestión que se le solicita. En ningún caso el trámite de recepción de esta documentación modifica el plazo para presentar el proyecto.
C) Los aspirantes serán convocados un día y una hora para presentar ante el Tribunal de Selección el proyecto previamente presentado por escrito, y defender su candidatura al cargo de director/a-gerente del Teatro Principal de Mahón. El aspirante dispondrá de 30 minutos para hacer su presentación. El aspirante solicitará con antelación suficiente los medios físicos y/o informáticos que necesite para su presentación. El día y hora de la convocatoria en ningún caso podrá ser modificado a instancia del aspirante, salvo fuerza mayor que tendrá que ser debidamente justificada.
D) El tribunal deliberará con base a la presentación realizada por los aspirantes, la capacidad de síntesis de las presentaciones escritas y orales, y atendiendo a los mismos criterios establecidos en la selección previa. Formulará al Patronato del Teatro Principal de Mahón, una propuesta justificada y ordenada de los aspirantes a ocupar la dirección-gerencia del teatro.
SEXTO. EVALUACIÓN. CRITERIOS DE EFICACIA Y EFICIENCIA. INDEMNIZACIÓN
1. Tal como establece el punto Primero. 2) la vigencia temporal del contrato está sujeto a evaluación de acuerdo con los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que los hayan sido fijados. Para determinar estos criterios se tendrá en cuenta, pero no exclusivamente, el proyecto de gestión presentado por el aspirante en el proceso de selección.
2. En el caso de extinguirse el contrato de trabajo antes de finalizar el plazo previsto y por voluntad del Patronato de la Fundación Teatro Principal de Mahón, la persona que ejerza la dirección-gerencia tendrá derecho exclusivamente a la indemnización establecida por ley de 7 días de salario en metálico por año de servicio con el límite de seis mensualidades.
SÉPTIMO. CONFIDENCIALIDAD
Todas las personas e instituciones implicadas en el proceso de selección de candidatos y candidatas se comprometen a garantizar la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales de los mismos. Asimismo se comprometen a hacer uso de la documentación e información que se pueda entregar por cualquiera de las partes, exclusivamente para la finalidad descrita en el proceso de selección. Únicamente el proyecto de gestión presentado por el aspirante finalmente seleccionado podrá ser utilizado para finalidades estratégicas del propio Teatro Principal de Mahón.
Mahón, 6 de Noviembre de 2015
La Presidenta del Patronato
Fundación Teatro Principal de Mahón
Conxa Juanola Pons