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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 5260
Publicación de las Normas urbanísticas y de la cartografía A, B-1 y B-2 de la revisión y adaptación del Plan general de ordenación urbana de Eivissa, aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares en la sesión de fecha 10 de diciembre de 1987

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Texto

Visto el escrito presentado con fecha 24 de marzo de 2015 por el Ayuntamiento de Eivissa, en el cual se solicita la publicación de las Normas urbanísticas y de la cartografía A, B-1 y B-2 de la revisión y adaptación del Plan general de ordenación urbana de Eivissa aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares en la sesión de fecha 10 de diciembre de 1987, el consejero ejecutivo del Departamento de Territorio, por Resolución de fecha 24 de marzo de 2015, ha dispuesto que, de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 103.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, se proceda a la publicación en el BOIB de las Normas urbanísticas y de la cartografía A, B-1 y B-2 de la revisión y adaptación del Plan general de ordenación urbana de Eivissa, que fueron aprobadas definitivamente (con prescripciones) en fecha 10 de diciembre de 1987 por acuerdo de la Sección Insular de Eivissa y Formentera de la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares (publicado en el BOCAIB nº 15, de 04/02/1988). Asimismo, se hace constar que la misma Sección Insular de la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares, en sesión de fecha 19 de abril de 1989, adoptó el acuerdo de dar por cumplimentadas las prescripciones señaladas en el acuerdo anteriormente referido del mismo órgano, excepto las tres siguientes prescripciones, que calificó como de escasa entidad:

 “1º) Falta grafiar la zona de servicios del Puerto, según delimitación oficial. Para su cumplimiento, el Ayuntamiento deberá remitir los planos a la Junta del Puerto y, posteriormente, debidamente sellados, remitirlos a este Organismo para su incorporación a la documentación restante; 2º) En la página 228 bis, apartado b), de las Normas  Urbanísticas, debe añadirse el siguiente párrafo: “… y excepto en la Zona 9 de la Illa Plana, en la que la altura máxima será de dos plantas y siete metros”; 3º) Debe incluirse dentro de la normativa una cláusula que signifique que para que en el supuesto de que exista discrepancia entre dos normas o parámetros establecidos en el Plan General de Ordenación Urbana, regirá siempre el más restrictivo”.

Cabe poner de manifiesto que, según comunica el Ayuntamiento de Eivissa en su escrito de fecha 24 de marzo de 2015, la segunda y tercera prescripción han sido debidamente cumplimentadas y, con respecto a la primera, se deberá estar a la delimitación de la zona de servicios del Puerto que conste en la delimitación oficial que corresponda.

Asimismo, se recuerda que el régimen urbanístico aplicable será en todo caso lo establecido, no sólo en el presente Plan general de ordenación urbana de Eivissa, sino también lo que se derive de toda la normativa posteriormente aprobada que pueda prevalecer sobre el presente Plan.

Y en cumplimiento de lo anterior, se hace público el texto completo de las Normas urbanísticas de la revisión y adaptación del Plan general de ordenación urbana de Eivissa, junto con la cartografía A, B-1 y B-2, aprobadas definitivamente en fecha 10 de diciembre de 1987 por acuerdo de la Sección Insular de Ibiza y Formentera de la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares (publicado en el BOCAIB nº 15, de 04/02/1988).

 

Eivissa, 24 de marzo de 2015

 

La secretaria técnica del Área de Presidencia

Rebeca Miguel Climent

 

 

Anexo:

Normas urbanísticas y cartografía A, B-1 i B-2 de la revisión y adaptación del Plan general de ordenación urbana de Eivissa (aprobadas por la CPU el 10 de diciembre de 1987).

Documentos adjuntos