Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-
Núm. 702
PalmaActiva.- Anuncio de las bases reguladoras para la concesión de becas dentro del programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB para el año 2015
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma, en sesión de día 14 de enero de 2015, aprobó las bases reguladoras para la concesión de becas dentro del programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB. Se publican las citadas bases para general conocimiento.
Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede presentarse recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde su aprobación, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo tendrá que presentarse en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4, de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, antes mencionada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo, según lo establecido en el artículo antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su aprobación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere pertinente.
Palma, 16 de enero de 2015
La gerente
Silvia Romero Bosch
Bases reguladoras para la concesión de becas dentro del programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB para el año 2015.
PRIMERO. Objeto del programa
El programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB tiene como objetivo mejorar la práctica formativa de las personas matriculadas en la UIB que estén cursando cualquier estudio de grado o postgrado, oficial o título propio de la Universidad de las Islas Baleares, donde la formación práctica en nuevas tecnologías sea necesaria y tengan una carencia de ésta en su plan de estudios o quieran mejorar sus competencias TIC, complementando su formación y/o experiencia profesional mediante un periodo de prácticas extracurriculares becadas en empresas o entidades privadas del municipio.
SEGUNDO. Presupuesto
El crédito inicialmente asignado a esta convocatoria es de 145.446,00€ para la concesión de un máximo de 66 becas de 240 horas de duración por parte de PalmaActiva, con el siguiente detalle:
Con cargo al presupuesto 2015:
- 113.446,00€, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.24130.48900, para hacer frente a los gastos derivados del pago de becas al alumnado.
- 32.000,00€, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.24130.47000, para hacer frente a los gastos derivados del pago de ayudas a las empresas que tengan alumnos en periodo de prácticas.
TERCERO. Beneficiarios
Las becas se destinarán a las personas matriculadas en estudios de la UIB en el curso 2014-2015 empadronadas en el municipio de Palma y en situación de desempleo –inscritas como demandantes de empleo en el momento de inicial el período de prácticas- o que tengan un contrato inferior a 20h/semana bajo cualquier modalidad y que no hayan sido beneficiarias de mismo programa en la convocatoria 2014, que estén cursando cualquier estudio en la Universidad de las Islas Baleares -de grado o posgrado oficial o título propio de la Univarsidad- y que no dispongan de experiencia o quieran mejorarla.
Las personas matriculadas en los estudios oficiales de grado tienen que haber superado como mínimo el 50% de los créditos de su plan de estudios.
Se entiende que no disponen de experiencia práctica si no tienen ninguna, o la que tienen es inferior a 6 meses dentro de la materia o especialidad -en cualquier categoría laboral- por la cual optan a la beca.
Los beneficiarios no tienen que encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
CUARTO. Régimen Jurídico
La concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria abierta, de acuerdo con el articulo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, art. 59 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, reglamento de la ley de subvenciones, Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, Texto Refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB. Lo no previsto en la presente convocatoria le será de aplicación el Texto Refundido de las bases de ejecución del presupuesto general municipal para el año 2015 y las bases reguladoras que se encuentran en la Ordenanza Municipal de Subvenciones aprobadas por acuerdo plenario de 28 de julio de 2005, BOIB núm. 140 de 22/09/2005, sin perjuicio de que está en exposición pública una nueva Ordenanza Municipal de Subvenciones que sustituirá la vigente Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma. La convocatoria está presidida por los principios de igualdad y no discriminación, publicidad y transparencia, concurrencia y objetividad.
QUINTO. Empresas de prácticas
Puede ser empresa receptora de alumnos en prácticas cualquier empresa o institución privada independientemente de su tipo de actividad, siempre que la actividad que ha de realizar la persona en prácticas sea adecuada con el itinerario formativo-práctico marcado.
En todo caso, se indican como sectores de interés para realizar las prácticas:
- informática, comunicación y marketing
- turismo, cultura y comercio
- servicios que realicen actividades utilizando las nuevas tecnologías
Igualmente podrán admitirse ofertas de puestos de prácticas no incluidas dentro del citado apartado si tienen un componente relacionado con las nuevas tecnologías.
Independientemente del domicilio social o fiscal de la empresa, el puesto de práctica ofertado tiene que estar en el municipio de Palma.
SEXTO. Becas y ayudas
Becas. El importe de la beca será el indicador público de renta de efectos múltiples mensual -IPREM mensual 2015.
El programa de práctica extracurricular becada tiene una duración total de 240 horas por beneficiario a realizar en periodo de 3 meses a razón de 80h/mensuales de media y un importe bruto becado total equivalente a tres meses del IPREM mensual. Serán a cargo del becario los costes correspondientes a la cotización a la Seguridad Social y la retención fiscal por IRPF vigente en cada momento. El abono será mensual conforme a lo previsto en las presentes Bases.
Las presentes becas son incompatibles con otras prácticas curriculares y extracurriculares becadas en nuevas tecnologías y compatibles con cualquier otra ayuda, beca, prestación, subsidio o similares concedidas por cualquier entidad pública o privada, sin perjuicio de las incompatibilidades que éstas puedan tener aprobadas.
Compensaciones a empresas. Las empresas que acojan alumnado en prácticas podrán solicitar una compensación por importe de 2,00 €/hora por persona en prácticas, destinado a compensar los gastos generales en que se incurra por la participación en el programa y la acogida del alumnado. Esta ayuda tiene la naturaleza de subvención y podrá solicitarse a la finalización de la práctica becada y por un importe máximo de 480€ por alumno/a en prácticas extracurriculares. Las horas de práctica realizadas en número superior a 240 no generarán derecho a la percepción de dicha ayuda.
La solicitud se hará mediante el modelo anexo aportando certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y en su caso, también de estar al corriente de obligaciones con el Ayuntamiento de Palma, o autorizando expresamente PalmaActiva para su obtención.
SÉPTIMO. Órganos competentes. Funciones
La competencia para la gestión del programa, resolución de dudas e incidencias, emisión de instrucciones y concesión de las subvenciones corresponde a la Gerencia de PalmaActiva.
El órgano instructor es la unidad administrativa del Área Jurídica Administrativa del organismo.
La Universidad de las islas Baleares asumirá las funciones de:
- Publicidad y difusión de la convocatoria.
- Búsqueda de empresas ofertantes de puestos de prácticas.
- Recepción y registro de los solicitantes de beca, así como de las empresas ofertantes de puestos de prácticas.
- Verificación del cumplimiento de los requisitos de matriculación y créditos de los alumnos.
- Verificación del cumplimiento de los criterios tecnológicos de los puestos de prácticas propuestos por las empresas.
- Remisión de las solicitudes de las candidaturas del alumnado a las respectivas empresas ofertantes de puestos de prácticas y las tareas posteriores para la asignación de la persona en prácticas a cada puesto de prácticas ofrecido.
- Emisión de informe de la asignación definitiva de las plazas becadas y alumno/a en prácticas para la correspondiente aprobación por PalmaActiva.
- Llevar la gestión de la formalización de los acuerdos de prácticas entre empresas y alumno/a en prácticas
- Asignación de uno/a tutor/a académico/a para el seguimiento de las prácticas.
- Emitir, a instancias del/de la tutor/a de empresa, certificación que acredite la tutorización de las prácticas hechas.
- Coordinación y seguimiento junto con PalmaActiva durante todo el proceso.
- Guarda y registro de toda la documentación e información generada.
PalmaActiva asumirá las funciones de:
- Publicidad y difusión de la convocatoria.
- Dirección y coordinación de la publicidad, promoción y comunicación de la actividad.
- Búsqueda de empresas ofertantes de puestos de prácticas.
- Aprobación de los alumnos y empresas participantes.
- Aprobación de la asignación de las plazas becadas y las respectivas personas becadas.
- Tramitación y abono de becas y ayudas.
- Publicidad de las becas y ayudas concedidas en la web PalmaActiva.
- Seguimiento y control de la acción tutorial realizada por la UIB y la empresa.
Comisiones:
PalmaActiva y la Universidad de las Islas Baleares crearan una comisión de valoración integrada por los representantes que designe cada parte con competencias para conocer y valorar las ofertas de puestos de prácticas presentadas por las empresas y las solicitudes presentadas por los alumnos interesados, informando y proponiendo a los órganos de gobierno de PalmaActiva su inclusión o no dentro del programa y de valoración del nivel tecnológico de la práctica propuesta por las empresas en sus ofertas.
PalmaActiva, mediante una comisión técnica integrada por la Gerencia de PalmaActiva y dos personas técnicas del Área de Formación, tendrá atribuidas las siguientes tareas:
- Llevar las tareas de ejecución, gestión, seguimiento y evaluación del programa.
- Conocer las incidencias entre las personas en prácticas becadas y las entidades receptoras, instruyendo los expedientas y emitiendo propuestas de resolución a los órganos competentes.
- Emitir informes sobre el cumplimiento del programa, incidencias, evaluación de éste, etc.
- Asesorar a los miembros y participantes en el programa, emitir instrucciones, etc.
- Proponer en los órganos competentes las propuestas de sanción y –en su caso- baja del programa.
- Cualquier otra gestión para el seguimiento y la correcta ejecución del programa y para resolver dudas, problemas y otras cuestiones que se planteen en su ejecución.
La presidencia de las anteriores comisiones la ejercerá la gerencia de PalmaActiva, y la secretaría el técnico que se designe del Área de Formación del Organismo.
OCTAVO. Las prácticas extracurriculares
Las prácticas extracurriculares en nuevas tecnologías que realizarán las personas beneficiarias tienen que ser adecuadas y apropiadas a la formación para la cual se accede. A la instancia modelo que se encontrará en la web www.fueib.org, el/la solicitante tiene que indicar sus preferencias para el tipo de práctica extracurricular a realizar y empresa.
En todo caso, la realización efectiva de las prácticas queda condicionada a la obtención de la oferta de puesto de prácticas o entidad de acogida donde poder llevarlas a cabo. No se puede reconocer ninguna beca cuando no se disponga de puesto de prácticas adecuado.
A la finalización de la práctica extracurricular la Universidad de las Islas Baleares emitirá una certificación de realización de las prácticas hechas al alumno/a.
Jornada. Se realizarán jornadas de máximo 5 horas diarias de prácticas extracurriculares, preferentemente de lunes a viernes, en horario de mañana o tarde, para un total de 80 horas mensuales de media. Las jornadas tienen que ser flexibles y adaptarse a los requerimientos de la empresa y de la persona en prácticas, en el número de horas diarias y en sus horarios. No podrán superarse las 5 horas diarias de práctica. Todas las prácticas han de ser presenciales y en el puesto de prácticas indicado. No podrán realizarse prácticas bajo la modalidad de teletrabajo o similar o fuera del horario de prácticas aprobado.
NOVENO. Entidades receptoras de personas en prácticas profesionales extracurriculares. Solicitud y aprobación
La convocatòria de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologias para el alumnado matriculado en la UIB se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en las web de PalmaActiva www.palmaactiva.com y de la Universidad de las Islas Baleares, mediante el Departamento de Orientación e Inserción Profesional-DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa de las Islas Baleares-FUEIB-, www.fueib.org.
Puede acoger alumnado en prácticas extracurriculares becadas cualquier empresa o entidad privada dentro de lo previsto en el apartado quinto de las presentes bases.
El procedimiento se iniciará a instancia de parte interesada, mediante solicitud de participación de la empresa que tiene que acoger a la persona en prácticas, presentada telepáticamente en la que se indicará el número de puestos de prácticas que ofrece y el número de becarios que quiere acoger. Las instancias tienen que presentarse al Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa de las Islas Baleares, FUEIB -mediante el DOIP virtual. Las solicitudes se encontrarán en la dirección web www.fueib.org y en www.palmaactiva.com y pueden presentarse en el plazo de 15 días naturales desde el día siguiente de la publicación en el BOIB de la presente convocatoria.
Las solicitudes se formalizaran telemáticamente hasta las 14.00h del último día mediante la instancia modelo que encontraran en la web www.fueib.org ante el Departamento de Orientación e Inserción Profesional-DOIP de la Fundación Universidad-Empresa, a través del DOIP Virtual.
La comisión de valoración resolverá las solicitudes presentadas al día siguiente de la finalización del anterior plazo, aprobando inicialmente las empresas y puestos de prácticas admitidas y excluidas, y se lo notificará para que, si lo consideran, puedan presentar alegaciones durante el plazo de 5 días. Finalizado el mismo la resolución será firme salvo para las alegaciones presentadas, que se resolverán el día siguiente de la finalización del anterior plazo. Sus resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra éstas se puede recurrir en vía administrativa, mediante recurso potestativo de reposición o en vía contenciosa administrativa.
Todas las comunicaciones con los solicitantes se harán de forma telemática al correo electrónico que hayan indicado.
Una vez firme la resolución, se publicará el listado de puestos de prácticas a efectos de solicitud previa por los alumnos interesados. Los puestos de prácticas se agruparan por categorías o grupos ateniendo a elementos como naturaleza de la práctica, requisitos básicos de acceso, etc.
Alguna o todas las plazas ofrecidas para acoger becarios pueden quedar vacantes. La aceptación de la solicitud no comporta necesariamente la asignación de alumnado becado.
DÉCIMO. Beneficiarios. Solicitudes y tramitación
Las personas interesadas en participar pueden presentar solicitud de participación en el plazo de 15 días naturales desde la publicación del listado de puestos de prácticas.
Las solicitudes tienen que formalizarse telemáticamente, hasta las 14:00h del último día, mediante la instancia modelo que encontrarán en la web www.fueib.org ante el Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa, a través del DOIP Virtual.
Las solicitudes serán valoradas y agrupadas en orden decreciente dentro de la categoría o grupo solicitado según la valoración obtenida.
La valoración de las solicitudes pretende conseguir una mejor asignación de las becas en correspondencia a las circunstancias de las personas solicitantes y los requisitos de los puestos de práctica.
Criterios de valoración:
-Expediente académico (máximo 2 puntos), según nota media, entre: 6 y 7 (0,5 puntos); entre 7 y 8 (1 punto); entre 8 y 9 (1,5 puntos) y entre 9 y 10 (2 puntos).
-Certificado de B1 para cualquier idioma extranjero (1 punto).
-Cursos de formación PalmaActiva relacionados con TIC, a razón de 0,2 puntos por curso, (máximo 1 punto).
-Cápsulas formativas PalmaActiva relacionadas con TIC, a razón de 0,1 punto por curso, (máximo 0,5 puntos).
- No haber sido alumno de prácticas de la UIB (1 punto)
Junto con el anuncio de la convocatoria se publicará el listado de puestos de prácticas al cual pueden optar las personas interesadas, que podrán preseleccionar hasta un máximo de 3 categorías o grupos de prácticas. Dentro de cada uno de ellos podrán escoger las ofertas de más interés con un máximo total de 10 ofertas en conjunto.
Para los casos de empate se tendrá en cuenta el número de orden de entrada de las solicitudes de cada uno de los solicitantes.
Al día siguiente de la finalización de la presentación de solicitudes la comisión de valoración valorará provisionalmente las solicitudes y declarará las admitidas y las excluidas, abriendo un plazo de 5 días naturales para presentar alegaciones. Finalizado el mismo la resolución será firme salvo para las alegaciones presentadas, que se resolverán por PalmaActiva el día siguiente de la finalización del anterior plazo. El acuerdo pone fin a la vía administrativa para las excluidas y se podrá recurrir en vía administrativa, mediante recurso potestativo de reposición o en vía contenciosa administrativa.
UNDÉCIMO. Resolución
El Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa, durante el plazo de 15 días naturales, pondrá en contacto a las personas admitidas con las empresas y puesto de prácticas por los cuales han mostrado preferencia, durante el cual las empresas procederán a entrevistar a las que han mostrado interés en el puesto de prácticas.
La selección de alumno/a en prácticas la hará una comisión integrada por PalmaActiva y el Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- a propuesta de la empresa receptora, que lo presentará mediante el modelo Comunicación de preferencia de la persona acogida en prácticas extracurriculares en el cual comunicará ordenadamente todos los candidatos por los cuales muestra interés.
PalmaActiva resolverá provisionalmente abriendo un período de alegación por las partes de tres días naturales, finalizado el cual, si no se hubieran presentado, será firme o, si procede, resolverá en el plazo de dos días naturales sobre las alegaciones formuladas.
DUODÉCIMO. Asignación de empresa de prácticas
Aprobada la asignación de plazas becadas a empresas y persona becada, el Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- los pondrá en contacto, y promoverá la formalización de los respectivos convenios de becas, que se formalizarán entre la entidad acogedora de personas en prácticas y la Fundación Universidad-Empresa. El inicio de las prácticas y la formalización de los convenios se harà con efectos del primer día natural de cada mes.
Mostrada la aceptación por las personas interesadas y las empresas acogedoras de alumnos en prácticas, y formalizados los convenios, PalmaActiva procederá a su aprobación y al reconocimiento de las disposiciones presupuestarias correspondientes, al efecto de la apertura de posteriores convocatorias.
Las alteraciones de las condiciones tenidas en cuenta para la aprobación de los convenios y de las becas puede dar lugar a la modificación de las resoluciones aprobatorias de concesión.
En los casos de inadaptación entre la persona becada y la empresa, necesidad de suspensión temporal prolongada u otra causa justificada, con el informe previo del Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP-, si la comisión técnica prevista en la base séptima lo estimara oportuno y siempre que concurra causa justificativa, puede adscribirse al becario a una nueva empresa.
DÉCIMOTERCERO. Siguientes convocatorias
PalmaActiva, posteriormente al acuerdo anterior de aprobación de los convenios de prácticas y al reconocimiento de las disposiciones presupuestarias correspondientes, determinará la parte del presupuesto no ejecutado a efectos de la apertura de un nuevo período de presentación de puestos de prácticas para empresas y solicitudes de participación para alumnos interesados.
Integraran la oferta de puestos de prácticas aquellas que no hayan sido cubiertas en la convocatoria anterior y las nuevas ofertas de puestos de prácticas de empresas interesadas que se tramitarán conforme a lo previsto en la presente convocatoria.
La comisión técnica, ateniendo al crédito presupuestario disponible, podrá proponer limitaciones o condiciones para la inclusión de nuevos puestos de prácticas.
En ningún caso la asignación de becas podrá superar el crédito asignado a la convocatoria.
La resolución de la convocatoria abriendo un nuevo período de presentación de solicitudes será publicada únicamente en la Web de PalmaActiva.
DÉCIMOCUARTO. Convenio de prácticas
Las prácticas se regularán mediante la suscripción del convenio indicado en la base anterior y los anexos Plano de prácticas firmado por la persona becada, que necesariamente tienen que formalizarse antes de su inicio y Compromiso del alumnado en prácticas. Hay que ajustarse a lo que establecen dichos convenios y documentación anexa que tiene que tener el siguiente contenido:
- Datos de la empresa o entidad: Nombre o razón social y NIF, sector de actividad y actividad principal.
- Identificación de las prácticas a realizar.
- Distribución de las 240 horas de jornadas de prácticas, que se tienen que iniciar como último día el 01/05/2015 y tienen que haber finalizado como último día el 31/07/2015, ambos incluidos.
- Compromiso de no sustitución de trabajadores/oras y de notificación de las prácticas a los representantes legales de los trabajadores y las trabajadoras.
- Designación de uno/a tutor/a de empresa y compromiso de velar por la asistencia diaria del becario e informar al tutor/a de la UIB sobre el progreso de las prácticas. El/La tutor/a de la empresa se tiene que coordinar con el/la tutor/a de la UIB para el seguimiento del proceso individual de cada becario.
- Compromiso de comunicar a PalmaActiva cualquier incidencia que se produzca a lo largo del periodo de prácticas establecido no previstas en los apartados anteriores.
- Declaración no estar sometido/a en ninguna de las circunstancias indicadas e el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de no tener causa de incompatibilidad para recibir la subvención.
Para la formalización de los convenios, la persona en prácticas, tiene que presentar ante PalmaActiva, 7 días naturales antes del inicio de las prácticas, copia de su documento nacional de identidad, número de Seguridad Social y hoja cumplimentada del número de cuenta bancaria dónde hacer el abono de la beca y la tarjeta de demandante de empleo del SOIB.
Igualmente la empresa receptora tiene que presentar ante PalmaActiva, antes de la finalización de las prácticas, copia del CIF o NIF y certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y del Ayuntamiento de Palma. Si no presenta estos certificados, lo tendrá que hacer, en todo caso, previamente al abono de la compensación económica solicitada, dentro de los 5 días naturales siguientes a su finalización. Si no solicita compensación económica, no son necesarios dichos certificados.
Al convenio se tiene que anexar el documento Plan de prácticas con el contenido de las prácticas, la duración, jornada y horario de sus prácticas y el/la tutor/a asignado/ada por la Universidad de las Islas Baleares, la fecha de inicio de las prácticas y la fecha estimada de finalización.
DÉCIMOQUINTO. Derechos y deberes de las personas becadas
Derechos
- A la percepción efectiva de la beca, a un asesoramiento y tutorización durante todo el proceso, a los descansos ordinarios en la forma que lo tenga acordado la empresa donde realice las prácticas.
- A recibir información sobre los contenidos de las prácticas extracurriculares.
- A la asignación de uno/a tutor/a académico/a y de uno/a tutor/a de empresa.
- A la entrega de los elementos de trabajo necesarios para la realización de su práctica.
- Al cambio de empresa, organismo o institución asignada, siempre que se acredite una causa justificada. El cambio puede solicitarse una sola vez.
- A la cobertura por un seguro escolar durante el periodo de prácticas.
- A ausentarse el tiempo que sea indispensable del lugar donde desarrolla las prácticas siempre que sea necesario para atender las obligaciones que se deriven de su actividad académica o de su participación en la actividad de los órganos de gobierno y de representación de la Universidad, así como por razones de salud o cualquier otro supuesto que acuerden conjuntamente PalmaActiva, la empresa donde realice las prácticas y la Universidad. En cualquier caso, el estudiante tiene que comunicar estas ausencias a la empresa donde realice las prácticas, en función del periodo de prácticas en que se encuentre, con la antelación suficiente y tiene que presentar los justificantes correspondientes.
Deberes
- Formalizar el documento de compromiso del programa de becas e incorporarse al lugar de prácticas asignado en el periodo máximo de 10 días naturales desde el día que se le notifique.
- Cumplir las normas de prevención y salud laboral, utilizar el uniforme y los equipos de protección individual que se le entreguen y usar adecuadamente el material, herramientas e instalaciones durante las prácticas.
- Informar sobre cualquier cambio o alteración en las condiciones iniciales por las cuales se le otorgó la beca, sobre todo en lo que se refiere a la percepción de rentas o subsidios por la situación de desempleo.
- Cumplir con los horarios que se establezcan con la empresa, organismo o institución donde realice las prácticas, realizar las tareas que se le encomienden con cuidado y diligencia, mantener el contacto con el/los tutores/as académicos/cas y empresariales en la forma que se le indique. La no asistencia a las prácticas por 3 o más días completos o más días sin justificar, la reiterada carencia de puntualidad y/o cumplimiento íntegro del horario de prácticas y la realización de conductas no apropiadas en el lugar de prácticas pueden suponer la baja del becario en el programa.
- Participar en las sesiones de tutoría.
- Mostrar una actitud respetuosa tanto hacia el personal de PalmaActiva y de la Universidad, como al de la entidad o empresa donde realiza las prácticas, su clientela o personas usuarias y terceros.
- Cumplir con el resto de la reglamentación establecida por PalmaActiva para la realización de las prácticas.
- No hacer uso en beneficio propio de ningún bien, elemento, cliente, proveedor, etc. de la entidad receptora de prácticas.
- Respetar la confidencialidad de toda la información y los datos que, por cualquier medio, lleguen a su conocimiento y no revelarlas ni reproducirlas bajo ninguna forma, fuera del centro de prácticas o de las entrevistas que se puedan tener con el/la correspondiente tutor/a académico/a de la Universidad.
- Remitir toda aquella documentación necesaria en tiempo y forma a PalmaActiva cuando así se le requiera.
DÉCIMOSEXTO. Derechos y deberes de las entidades receptoras de personas en prácticas profesionales extracurriculares
Derechos
- Al apoyo y asesoramiento de la Universidad de las Islas Baleares y de PalmaActiva para la gestión de las prácticas, guías y modelos de ejecución, establecimiento del itinerario formativo-práctico de la persona becada y formación del/de la tutor/a de empresa.
- A la reparación o resarcimiento de los daños causados durante las prácticas, que no tengan causa o deriven de instrucciones de la entidad receptora de la persona en prácticas.
Deberes
- Acoger a la persona en prácticas y organizar la actividad en relación al itinerario establecido, suministrando la uniformidad, bienes y herramientas necesarias para su realización, así como los equipos de protección individual necesarios.
- Supervisar la realización de las prácticas, controlando la asistencia y correcta realización de éstas
- Coordinar con la Universidad de las Islas Baleares y PalmaActiva el desarrollo de las prácticas asistiendo a las reuniones de coordinación y seguimiento a las cuales se le convoque.
- Proporcionar la información que se le requiera durante el proceso de prácticas.
- Guardar la confidencialidad que le sea requerida.
- Informar a la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras de la formalización del acuerdo de prácticas.
- Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualquiera otra de comprobación y control que puedan acordar los órganos de control competentes.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la seguridad social y no haber sido sancionado para la obtención de premios, ayudas o subvenciones públicas, en el momento del pago de la compensación económica.
- Si se halla en alguna de las causas de incumplimiento, reintegrar la cantidad recibida.
- Todas aquellas obligaciones previstas en la ordenanza municipal de subvenciones que le sean de aplicación.
- Remitir toda aquella documentación necesaria en tiempo y forma a PalmaActiva cuando así se le requiera.
DECIMOSÉPTIMO. Pago de la beca y compensaciones económicas a entidades receptoras de personas en prácticas
El pago de la beca se hará mensualmente una vez comprobada la asistencia de la persona becada en la empresa donde realiza las prácticas. La baja o la exclusión del alumno/a dará lugar a la pérdida del derecho de percepción.
El importe hora de beca se obtendrá dividiendo el IPREM por la estimación mensual de 80 horas mensuales. Si se realizasen más de 80 horas mensuales, -siempre dentro del máximo de jornada previsto - no dará derecho a la percepción de dichas horas, que se compensaran en el último período de pago.
El pago de la compensación de empresa se hará al final del periodo de prácticas becadas, a solicitud de la entidad receptora y habiendo constatado el número de horas efectivamente realizadas por el /los becario/s acogido/s.
Si la persona becada se diese de baja voluntariamente percibirá sólo la parte correspondiente al tiempo efectivo de práctica realizada.
DECIMOCTAVO. Incumplimientos
Se considera incumplimiento de la finalidad establecida en la presente convocatoria:
1.- La falsedad en los datos aportados.
2.- El incumplimiento de las bases de la presente convocatoria.
Los reintegros se substanciaran en la forma prevista en el art. 42 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y concordantes, garantizando el derecho de audiencia de las personas interesadas.
Si durante la realización de las prácticas se constata el incumplimiento por las partes del plan de prácticas, o eventualidades como la asignación de tareas laborales, cobertura de puestos de trabajo con el becario/a, u otras se podrá acordar la suspensión provisional de la misma y, con audiencia de los interesados, la rescisión del convenio de prácticas.