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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 12872
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 7 de julio de 2014 por la cual se convoca el procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

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Texto

La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional tiene como finalidad la creación de un sistema nacional de cualificaciones y formación profesional que facilite la integración de las diferentes formas de certificación y acreditación de las competencias y de las cualificaciones profesionales. De acuerdo con el artículo 3.5 de esta norma, uno de los fines de este sistema es evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional de las personas interesadas, sea cuál sea la forma en que se haya conseguido. El artículo 4.1 b establece que uno de los instrumentos para eso es un procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.

En el artículo 8.2, la ley orgánica mencionada establece que la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación tienen como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral determina el procedimiento único para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley orgánica 5/2002.

De acuerdo con el artículo 21.1 b del Real decreto mencionado, en cada comunidad autónoma, las administraciones educativas y laborales competentes tienen que establecer conjuntamente la estructura organizativa responsable de este procedimiento.

El Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, determina en el artículo 2.1 que la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y el Servei d’Ocupació de les Illes Balears, conjuntamente o separadamente, han de aprobar las convocatorias públicas del procedimiento de evaluación y de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y tienen que garantizar la estructura organizativa necesaria para gestionar el procedimiento. En caso de aprobarse de forma separada, es preceptivo un informe favorable vinculante del órgano administrativo no convocando.

El Decreto 55/2011 designa, en el artículo 3.1, al Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears como órgano encargado de la gestión y la coordinación de este procedimiento.

El reconocimiento de las competencias profesionales evaluadas mediante el procedimiento que regula el Real decreto 1224/2009, cuando las personas interesadas no completen las cualificaciones recogidas en el título de formación profesional o en el certificado de profesionalidad correspondiente, se tiene que hacer mediante una acreditación parcial acumulable, con la finalidad que puedan completar la formación que les permita obtener el título y/o el certificado indicado, para facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y la mejora de su cualificación profesional.

El IQPIB, conjuntamente con el Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE), valoró la conveniencia de convocar el procedimiento de acreditación para las personas que actualmente ejercen las funciones de directores y monitores de tiempo libre e informadores juveniles y que no disponen de una titulación oficial relacionada con esta actividad profesional.

Esta convocatoria está financiada por Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y cofinanciada por el Fondo Social Europeo. 

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Esta Resolución tiene por objeto convocar los procedimientos de evaluación y de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, incluidas en las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales que figuran a continuación:

  • SSC564_2. Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (real decreto 567/2011, de 20 de abril, por el cual se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad).
  • SSC565_3. Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (real decreto 567/2011, de 20 de abril, por el cual se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad).
  • SSC567_3. Información juvenil (real decreto 567/2011, de 20 de abril, por el cual se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad).

Esta convocatoria se hace conjuntamente entre la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y el Servicio de Ocupación de las Illes Balears. Estos procedimientos se ajustan a lo que regula el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y el Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o por vías no formales de formación a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Segundo

Las bases que tienen que regir la convocatoria figuran en el anexo 1 de esta Resolución. Los anexos 2, 3 y 4 contienen la relación de las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria y el título y/o el certificado de profesionalidad en que estas unidades de competencia están incluidas. Los anexos 5, 6 y 7 incluyen al modelo de inscripción al procedimiento, el modelo de inscripción a la fase de asesoramiento y el modelo de inscripción a la fase de evaluación de las unidades de competencia correspondientes. El anexo 8 incluye al modelo de declaración jurada que se tiene que presentar.

Tercero

Esta Resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Cuarto

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de publicarse, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 7 de julio de 2014

La consejera

Joana Maria Camps Bosch


 

ANEXO 1

Bases de la convocatoria

1. Unidades de competencia objeto de esta convocatoria

  1. Esta convocatoria permite evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, incluidas en las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales que se detallan en los anexos 2, 3 y 4 de esta convocatoria.
  2. En estos anexos consta la identificación de las unidades de competencia mencionadas, el título de formación profesional y/o el certificado de profesionalidad en que se incluyen.

2. Destinatarios

Los destinatarios son las personas con experiencia profesional y/o aprendizajes no formales relacionados con las unidades de competencia de las cualificaciones objeto de esta convocatoria y que cumplan los requisitos previstos en el punto 3.

3. Requisitos de participación

  1. Las personas que quieran participar en el procedimiento tienen que cumplir los requisitos siguientes:
    1. Tener la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
    2. Tener como mínimo, en el momento de hacer la inscripción, 20 años para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3.
    3. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar, de acuerdo con lo que consta a continuación:
      • En caso de experiencia laboral, para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3 se tienen que justificar al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, dentro del periodo de los últimos 10 años anteriores a la convocatoria.
      • En caso de formación, para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3 se tienen que justificar, al menos, 300 horas de formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar. La formación indicada se tiene que haber hecho durante los 10 años inmediatamente anteriores a esta convocatoria.
    4. Para establecer el periodo de 10 años anteriores a la convocatoria se tendrá como referencia el primer día del plazo de inscripción al procedimiento.
  2. Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia o de formación indicados en el apartado c del punto anterior y que no puedan justificarlos mediante los documentos que se indican en la base 10 de este anexo, pueden solicitar la inscripción provisional al procedimiento siempre que presenten alguna prueba admitida en derecho que justifique la experiencia laboral o la formación no formal de acuerdo con lo que prevé el artículo 11.2 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio. Para estos casos la comisión de evaluación encargada del proceso de admisión tiene que determinar si se permite la inscripción definitiva.
  3. No pueden participar en esta convocatoria las personas que se encuentren en una de las situaciones siguientes:
    • Tener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia objeto de esta convocatoria.
    • Estar matriculado, en el momento de la inscripción, en una oferta formativa del sistema educativo o una acción formativa para la ocupación que contenga unidades de competencia para las cuales se solicita la evaluación y la acreditación.
    • Estar participando en un procedimiento de acreditación de competencias profesionales en el cual las unidades de competencias sean las mismas que las de esta convocatoria.

El incumplimiento de este requisito comporta la exclusión del procedimiento.

4. Número de plazas convocadas

  1. El número de personas que pueden participar en esta convocatoria se corresponde con la distribución de plazas que consta a continuación:
    1. 40 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (SSC564_2).
    2. 40 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil (SSC565_3).
    3. 50 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Información Juvenil (SSC567_3).
  2. La directora del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB) puede resolver que se admita, excepcionalmente, un número de personas superior a las plazas convocadas para enmendar omisiones de las listas provisionales o atender otras circunstancias que así lo justifiquen. Asimismo, el número de plazas convocadas inicialmente se puede ampliar siempre que se asignen fondos adicionales en la partida presupuestaria a la cual se tiene que imputar el gasto correspondiente a esta convocatoria.
  3. Igualmente, si el número de plazas convocadas en este procedimiento no se cubren, éstas se pueden redistribuir a otro procedimiento de acreditación de competencias profesionales de otras cualificaciones profesionales convocadas.
  4. Las modificaciones anteriores se tienen que publicar en las sedes del procedimiento y a la web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>. Estas modificaciones no implican que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, ni afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas.

5. Información y orientación sobre el procedimiento

  1. Las personas interesadas en participar en el procedimiento disponen de información sobre todos los aspectos relativos a esta convocatoria a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.
  2. Según las posibilidades del IQPIB, se realizarán sesiones informativas sobre el procedimiento, dirigidas a los posibles candidatos. Esta información se publicará con antelación en la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.
  3. Todas las listas y las informaciones relacionadas con el procedimiento se tienen que publicar en las sedes de los procedimientos y a la web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.

6. Fases del procedimiento

  1. Según lo que dispone el Real decreto 1224/2009, las fases del procedimiento para las personas que resulten admitidas son:
    1. Asesoramiento.
    2. Evaluación de la competencia profesional.
    3. Acreditación y registro de la competencia profesional.
  2. Estas tres fases del procedimiento se tienen que llevar a cabo durante el año 2014-2015. La duración puede ser variable en atención a las circunstancias del procedimiento de cada cualificación.

7. Sedes para el desarrollo de las fases del procedimiento

  1. Las diferentes fases del procedimiento -admisión, asesoramiento y evaluación- se llevarán a cabo en las sedes de referencia siguientes:
    • Sede principal:
      • IES Bendinat (C. Arquitecte Francesc Cases 14, 0718 Bendinat, Calvià)
    • Sedes auxiliares:
      • IES Algarb (Ctra. de l’Aeroport, km 3, Can Raspalls, 07817 Sant Jordi, Sant Josep)
      • Delegación Territorial de Educación en Menorca (C. de Josep M. Quadrado, 33, 07703 Maó)
  2. Todas las inscripciones y reclamaciones se tienen que presentar en una de estas tres sedes. En caso de que no se presente directamente en las sedes mencionadas, se tiene que enviar una copia de la hoja de inscripción (o, en su caso, de la reclamación), una vez formalizada en el registro de entrada, al número de fax 971 22 80 83 o por correo electrónico a la dirección iqpib@dgoifp.caib.es antes que acabe el plazo establecido en la base 9 de este anexo.
  3. Todas las notificaciones relacionadas con el procedimiento y la publicación de listas se tienen que hacer en las sedes indicadas en el apartado 7.1 y a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.
  4. Las comisiones de evaluación informarán a las personas participantes de los cambios de ubicación que se puedan producir para atender mejor el desarrollo de todas las fases del procedimiento. Esta información se tiene que publicar en los lugares especificados en las bases 7.1 y 7.3.

8. Inscripción al procedimiento

  1. Las personas que quieran participar en esta convocatoria tienen que formalizar la solicitud de inscripción, por duplicado, mediante el modelo oficial de inscripción (anexo 5 de esta Resolución) y la documentación establecida en la base 10. El modelo oficial de inscripción, se puede encontrar a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.
  2. La hoja de inscripción, cumplimentada por duplicado y firmada, y la documentación requerida se tienen que dirigir a la comisión de evaluación correspondiente y se tienen que presentar en la sede que corresponda de las indicadas en la base 7.1.
  3. Todos los documentos que se presenten no redactados en lengua catalana o castellana se han de acompañar necesariamente de la traducción oficial correspondiente.
  4. La falta de requisitos y/o la falsedad en los datos declarados o aportados comporta la pérdida del derecho a participar en esta convocatoria y la no devolución de las tasas abonadas.
  5. El abono de la tasa de admisión al procedimiento se tiene que hacer de acuerdo con la base 22.
 

9. Plazos para presentar la solicitud de inscripción

El plazo para presentar las solicitudes de inscripción al procedimiento es del 15 al 30 de septiembre de 2014, ambos incluidos.

10. Documentación que se tiene que presentar en la inscripción

La documentación que se tiene que presentar junto con la solicitud (anexo 5) es la siguiente:

  1. Fotocopia del NIF o el NIE.
  2. Justificante del pago de las tasas correspondientes o de la exención total o parcial del pago, de acuerdo con la base 9.
  3. Lista de actividades profesionales relacionadas con las competencias profesionales que se quieren acreditar llevadas a cabo en los últimos 10 años, por orden cronológico.
  4. Lista de la formación no formal relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar recibida en los últimos 10 años, por orden cronológico.
  5. Documentación justificativa de la experiencia laboral de los últimos 10 años en las competencias profesionales que se quieren acreditar:
    1. Para trabajadores asalariados:
      • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social en que conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación (vida laboral).
      • Fotocopia de los contratos de trabajo o del certificado de la empresa o empresas donde se haya adquirido la experiencia laboral, en que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que se ha realizado la actividad.
    2. Para trabajadores autónomos o por cuenta propia:
      • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen correspondiente.
      • Declaración jurada con la descripción de la actividad ejercida e intervalo de tiempo en que se ha llevado a cabo.
    3. Para trabajadores voluntarios o becarios:
      • Fotocopia del certificado de la organización donde se haya prestado la asistencia en que consten, específicamente, las actividades y las funciones ejercidas, el año en que se han llevado a cabo y el número total de horas dedicadas.
  6. Fotocopia de la documentación justificativa de la formación no formal de los últimos 10 años, que tiene que reunir los requisitos siguientes:
    • La formación recibida tiene que estar relacionada con las unidades de competencia que se pretenden acreditar.
    • En la documentación acreditativa tienen que constar los contenidos, la duración en horas, el periodo en que se llevó a cabo y la expresión formal que confirme que ha sido superada, evaluada positivamente o cursada con aprovechamiento.
    • Si la duración de la formación está expresada en créditos, se tiene que especificar la equivalencia en horas.
    • No se tienen que valorar los cursos de duración inferior a 10 horas y la asistencia a jornadas, simposios, acontecimientos o similares.
  7. Declaración jurada (anexo 8) de no encontrarse en ninguna de las situaciones  que prevé la base 3.3 de este anexo.
  8. Declaración jurada o prueba admitida en derecho para justificar, en su caso, los requisitos de experiencia laboral o formativa según lo que establece la base 3.2 de este anexo, relativa a la inscripción provisional.

11. Lugares para formalizar las inscripciones

Las solicitudes de inscripción y la documentación necesaria se tienen que dirigir a la comisión correspondiente y se ha de presentar en la secretaría de las sedes que corresponda (base 7.1).

A la hora de la presentación se tendrán en cuenta el artículo 34.8 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales.

12. Criterios para determinar la admisión al procedimiento

  1. En caso de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos sea superior al número de plazas establecido en la convocatoria, se tiene que aplicar el baremo siguiente:
    1. Por estar desarrollando las funciones propias de las unidades de competencia objeto de acreditación durante el desarrollo del procedimiento de acreditación: 5 puntos.
    2. Por cada año de experiencia laboral (como trabajador o trabajadora por cuenta ajena o como trabajador o trabajadora de carácter autónomo) relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar: 6 puntos (las fracciones inferiores al año se cuentan de forma proporcional, a razón de 0,5 puntos por mes y 0,0166 puntos por día. Si la experiencia no ha sido a jornada completa, la puntuación anterior se tiene que contar de forma proporcional a la jornada hecha).
    3. Por cada 10 horas de trabajo relacionado con las competencias profesionales que se quieren acreditar como becario o voluntario: 0,033 puntos.
    4. Por cada 10 horas de formación recibida relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar: 0,1 puntos. Si la formación está expresada en créditos, un crédito equvale a 10 horas.
    5. Para encontrarse empadronado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el momento de la inscripción: 5 puntos (se tiene que justificar con un certificado de empadronamiento).
  2. Resultarán admitidas las personas con más puntuación de acuerdo con los criterios del apartado anterior hasta que se cubran todas las plazas que se ofrecen en esta convocatoria. En caso de empate, tiene que prevalecer el aspirante con más puntuación en el apartado b. En caso de que continúe el empate entre candidatos, para resolverlo, se tiene que aplicar el criterio de admitir a la persona de más edad. Por eso, se tiene que tener en cuenta el día, el mes y el año de nacimiento.

13. Publicación de las listas de personas admitidas y no admitidas al procedimiento

  1. Las listas provisionales de personas baremadas y no baremadas deben de publicarse en los 8 días hábiles posteriores a la finalización del plazo de inscripción.
  2. Los candidatos disponen de 3 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de las listas mencionadas, para hacer las reclamaciones oportunas. Las reclamaciones se dirigirán a la comisión de evaluación correspondiente, y se ha de adjuntar toda la documentación necesaria para enmendar los defectos, los errores en la valoración o la omisión en las listas.
  3. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de enmiendas se publicará:
    1. La relación definitiva de candidatos admitidos al procedimiento.
    2. La relación de personas en reserva, con la puntuación correspondiente.
    3. La relación de personas no admitidas con indicación de la causa de la no admisión.
    4. Toda esta información se publicará en las sedes del procedimiento y a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.
  4. Las personas admitidas estarán en disposición de pasar a las fases de asesoramiento y de evaluación. Los solicitantes de la lista de reserva quedan para cubrir, según la orden de puntuación que hayan obtenido, los abandonos y las renuncias que se produzcan.

14. Inscripción a la fase de asesoramiento

  1. Las personas incluidas en la relación definitiva de personas admitidas al procedimiento formalizarán la inscripción correspondiente a la fase de asesoramiento en el plazo de 7 días hábiles contados desde el día siguiente de haberse publicado esta lista.
  2. Las inscripciones, dirigidas a la comisión de evaluación respectiva, se presentarán en las sedes designadas para el procedimiento con la documentación siguiente:
    1. Hoja de inscripción, rellenada y firmada por duplicado, en la cual se indique la cualificación profesional para la cual solicita el asesoramiento (anexo 6).
    2. Justificante de pago de las tasas de esta fase o la reducción o exención del pago, de acuerdo con la base 22.
    3. Dossier del candidato o candidata.
  3. Las personas admitidas tienen que preparar el dossier con toda la documentación relativa al historial profesional y formativo relacionado con las competencias que se han de evaluar de acuerdo con los criterios establecidos en el manual para la elaboración del dossier, que se encuentra a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>. Toda la documentación que conforma el dossier tiene que estar debidamente compulsada.
  4. El abono de la tasa de asesoramiento se tiene que hacer de acuerdo con la base 22.
  5. Si hay abandonos, bajas o no inscripciones a esta fase, la comisión de evaluación tiene que ofrecer estas vacantes a los candidatos de la lista de reserva por orden de puntuación hasta cubrir el número de plazas convocadas.
  6. En el plazo de 5 días hábiles desde la finalización de la inscripción a la fase de asesoramiento, la comisión de evaluación publicará, en las sedes correspondientes y enla página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es, la relación provisional de personas admitidas a esta fase. Además, se ha de publicar la fecha de admisión de los candidatos en reserva para que puedan formalizar su inscripción en la fase de asesoramiento.
  7. Las personas que no consten en la relación provisional de personas inscritas disponen de 3 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la relación mencionada, para enmendar el defecto que haya ocasionado la omisión. Las reclamaciones y la documentación se dirigirán a las respectivas comisiones y se presentarán en la sede correspondiente.
  8. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, las comisiones publicarán la relación definitiva de personas inscritas en la fase de asesoramiento.

15. Desarrollo de la fase de asesoramiento

  1. La fase de asesoramiento se desarrollará de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.
  2. Esta fase se puede desarrollar tanto de forma presencial como por medios informáticos, según las necesidades.
  3. En caso de que el candidato no comparezca en la fecha, la hora y el lugar indicados para el asesoramiento, dispone de 3 días naturales para presentar un justificante oficial de la ausencia a la comisión de evaluación correspondiente. En caso contrario, se entenderá que desiste de continuar participando en el procedimiento, y por tanto será excluido del mismo. Esta circunstancia se hará constar en su expediente. En este caso, y siempre que las circunstancias lo permitan, su plaza será cubierta por un candidato de la lista de reserva.
  4. Para facilitar el acceso al reconocimiento de competencias profesionales objeto de esta convocatoria, las personas que están trabajando pueden utilizar los permisos individuales de formación, de acuerdo con lo que establece el artículo 10.7 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, y el resto de normativa vigente.
  5. Esta fase finaliza el dia previsto para la entrega a los interesados del informe no vinculante de asesoramiento. Esta fecha publicará en las sedes del procedimiento y en la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.

16. Inscripción a la fase de evaluación

  1. Una vez finalizada la fase de asesoramiento, para poder participar a la fase de evaluación cada persona admitida al procedimiento y que haya recibido el informe derivado de la fase de asesoramiento tiene que formalizar la inscripción correspondiente a la fase de evaluación.
  2. El plazo es de 7 días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de finalización de la fase de asesoramiento.
  3. Para inscribirse a la evaluación se tiene que presentar en las sedes designadas en la base 7.1 la documentación siguiente:
    1. Hoja de inscripción dirigida a la comisión de evaluación respectiva, cumplimentada y firmada por duplicado, según el modelo (anexo 7), que estará disponible a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>. En la solicitud se tienen que indicar, expresamente, las unidades de competencia de las cuales se solicita la evaluación.
    2. Justificante de pago de las tasas de esta fase o la reducción o la exención del pago, de acuerdo con la base 22.
  4. El presidente de cada comisión de evaluación tiene que publicar en la sede respectiva la relación de personas admitidas a la evaluación. La publicación será en los 3 días hábiles posteriores a la finalización del plazo de inscripción a esta fase. Esta relación también se publicará en la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.
  5. Las personas que no figuren en la relación de personas inscritas disponen de 3 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la lista mencionada, para enmendar el defecto que haya ocasionado la omisión. Las reclamaciones y la documentación pertinente se dirigirá a las respectivas comisiones y se presentará en la sede correspondiente. La comisión respectiva las valorará y las estimará o desestimará de forma motivada.

17. Desarrollo de la fase de evaluación

  1. La evaluación de la competencia profesional de la persona candidata será por cada una de las unidades de competencia en las cuales se haya inscrito, recogidas en esta convocatoria. Tiene por objeto comprobar si se demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional, siguiendo los criterios para la evaluación establecidos en las guías de evidencias.
  2. Esta fase se tiene que desarrollar de acuerdo con lo que dispone el artículo 16 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.
  3. En caso de que el candidato no comparezca en la fecha, la hora y el lugar indicados para la evaluación, dispone de 3 días naturales para presentar el justificante oficial de la ausencia a la comisión de evaluación correspondiente. En caso contrario, se entenderá que desiste de continuar participando en el procedimiento, por tanto será excluido del mismo. Esta circunstancia se hará constar en su expediente.
  4. Para facilitar el acceso al reconocimiento de competencias profesionales objeto de esta convocatoria, las personas que estén trabajando pueden utilizar los permisos individuales de formación, de acuerdo con lo que establece el artículo 10.7 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, y el resto de normativa vigente.
  5. Los resultados de la evaluación de la competencia profesional en cada unidad de competencia se tienen que expresar en los términos de demostrada o no demostrada y se tienen que comunicar a la persona candidata.
  6. La fecha de finalización de la fase de evaluación tiene que coincidir con el día establecido para comunicar los resultados de evaluación al candidato o candidata. Esta fecha se tiene que publicar a las sedes respectivas y también a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.

18. Reclamaciones contra los resultados de la evaluación

  1. La persona evaluada, si no está de acuerdo con el resultado de la evaluación, tiene derecho a reclamar ante la comisión de evaluación en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha fijada para la comunicación de los resultados.
  2. En el plazo de 10 días naturales, la comisión de evaluación tiene que comunicar al candidato o candidata el resultado de la reclamación.
  3. Contra el resultado de la reclamación se puede presentar un recurso de alzada ante de la directora del IQPIB en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que la comisión de evaluación notifique a la persona interesada la resolución a la reclamación.
 

19. Plan de formación

Con independencia de los resultados obtenidos, la comisión de evaluación  proporcionara a todas las personas candidatas el correspondiente plan de formación, en el cual se ha de hacer constar:

  1. Posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para que puedan acreditar en convocatorias posteriores las unidades de competencia no demostradas.
  2. Posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para completar la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional que esté relacionado.
  3. Si los candidatos cumplen los requisitos para obtener un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional, se tienen que indicar los trámites necesarios para que lo puedan obtener.

El plan de formación se tiene que entregar al candidato junto con la acreditación oficial de las unidades de competencia demostradas.

20. Fase de acreditación y registro de la competencia profesional

  1. La directora del IQPIB tiene que expedir la acreditación de las unidades de competencia evaluadas positivamente a cada persona candidata, expresadas como demostradas, de acuerdo con el modelo recogido en el anexo III A del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.
  2. El Instituto de Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears tiene que registrar de oficio en el Registro de Unidades de Competencias Profesionales de las Illes Balears, creado mediante el Decreto 55/2011, las acreditaciones de unidades de competencia expedidas en el marco del procedimiento establecido por el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, y tiene que transferir los resultados al registro de carácter estatal, que se cree en cumplimiento del artículo 18.2 del Real decreto 1224/2009.

21. Financiación de esta convocatoria

Estas actuaciones están cofinanciadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con cargo en la partida presupuestaria 13401 421G02 64000 00 13261 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el 2014.

22. Tasas

  1. Las tasas para implementar los procesos de reconocimiento de competencias profesionales alcanzadas por experiencia laboral en las Illes Balears son las que se establecen para cada una de las fases en los artículos 103 septvicies en 103 untricies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, añadidos por el apartado 4 de la disposición final cuarta de la Ley 9/2009, de 21 de diciembre.
  2. La participación en el procedimiento implica el pago de tres cuotas. La cuantía de estas cuotas serán las propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014 y estarán disponibles a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es> antes del inicio del plazo para solicitar la inscripción al proceso de reconocimiento de competencias profesionales. Las tres cuotas son las siguientes:
    1. Inscripción al proceso de reconocimiento de competencias profesionales alcanzadas por experiencia laboral o por formación no formal.
    2. Inscripción a la fase de orientación y asesoramiento.
    3. Inscripción a la fase de evaluación y de acreditación (incluye los gastos del tribunal y la expedición del certificado de acreditación de unidades de competencia).
  3. Están exentas del pago de estas tasas las personas con una discapacidad igual o superior al 33%, siempre que lo soliciten en el momento de la inscripción y aporten, en el mismo momento, el certificado que acredita el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.
  4. De acuerdo con el artículo 12.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial están exentos del pago de las tasas mencionadas y los miembros del resto de familias numerosas tienen derecho a la bonificación del 50%. En este caso, tienen que justificar esta situación con el documento que acredita que son parte de una familia numerosa expedido por el órgano competente.
  5. Las personas en situación de desempleo en el momento de formalizar la inscripción están exentas del pago de la tasas mencionadas según la Ley 11/1998, de 14 de diciembre. El candidato aportará en el momento de la inscripción un documento del Servicio Público de Empleo que justifique la situación.

23. Nombramiento de los asesores, evaluadores y miembros de las comisiones de evaluación

La directora del IQPIB tiene que designar los asesores, los evaluadores, la composición y el número de comisiones de evaluación necesarias para llevar a cabo este procedimiento, de acuerdo con lo que prevé el artículo 7 del Decreto 55/2011, de 20 de mayo. La designación tiene que ser publicada en el BOIB y a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es> .

24. Compensaciones económicas

  1. Las personas designadas como miembros de las comisiones de evaluación pueden percibir compensaciones por cada uno de los conceptos que figuran a continuación y por el número máximo de asistencias que figura en cada concepto:
    1. Por el proceso de inscripción, un máximo de 3 sesiones para cada miembro de las comisiones.
    2. Por la fase de evaluación:
      • Para la comisión de evaluación de las cualificaciones de Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (SSC565_3) y Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil i juvenil (SSC564_2), un máximo de 10 sesiones.
      • Para la comisión de evaluación de las cualificaciones de Información juvenil (SSC567_3), máximo 8 sesiones.
    3. Según el Decreto 55/2011, las personas designadas como asesores, evaluadores y /o miembros de las comisiones de evaluación pueden percibir las compensaciones económicas en razón del servicio según el Decreto 54/2002, de 12 de abril, por el cual se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears, y lo que establece el artículo 14 de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales (BOIB nº. 195, ext., de 30 de diciembre).
  2. Las personas designadas como asesores para el ejercicio de sus funciones de acuerdo con esta convocatoria pueden percibir un máximo 25,00 euros por hora, con el número máximo de horas siguientes:
    • 4 horas por candidato si las unidades de competencia pertenecen a una cualificación profesional de nivel 2.
    • 5 horas por candidato si las unidades de competencia pertenecen a una cualificación profesional de nivel 3.
  3. Las personas designadas como evaluadores para el ejercicio de sus funciones de acuerdo con esta convocatoria pueden percibir un máximo de 25,00 euros por hora, con el número máximo de horas siguientes:
    • 3 horas por unidad de competencia y candidato si la unidad pertenece a cualificaciones profesionales de nivel 2.
    • 4 horas por unidad de competencia y candidato si la unidad pertenece a cualificaciones profesional de nivel 3.

25. Protección de datos

  1. De acuerdo con el que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos que las personas participantes en alguna parte del procedimiento faciliten en los diferentes formularios se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el tratamiento estadístico y para poder gestionar el procedimiento de evaluación y de acreditación de las competencias profesionales.

  2. Se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos dirigiendo la petición al IQPIB.

  3. Las personas que lo hagan constar de forma expresa se pueden oponer al tratamiento de los datos, siempre que existan motivos fundamentados y legítimos relativos a una situación personal concreta.


 

ANEXO 2

Cualificación profesional de Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (SSC564_2)

  1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:
    • UC1866_2: Organizar, dinamizar y evaluar actividades en el tiempo libre educativo infantil y juvenil.
    • UC1868_2: Utilizar técnicas y recursos educativos de animación en el tiempo libre.
    • UC1867_2: Actuar en procesos grupales considerando el comportamiento y las características evolutivas de la infancia y juventud.
  2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:
    • SSCB0209: Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil, establecido en el Real decreto 1537/2011, de 31 de octubre.
  3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria: No hay.

ANEXO 3

Cualificación profesional de Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (SSC565_3)

  1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:
    • UC1869_3: Planificar, organizar, gestionar y evaluar proyectos de tiempo libre educativo.
    • UC1870_3: Generar equipos de personal monitor, dinamizarlos y supervisarlos en proyectos educativos de tiempo libre infantil y juvenil.
    • UC1868_2: Utilizar técnicas y recursos educativos de animación en el ocio.
    • UC1867_2: Actuar en procesos grupales considerando el comportamiento y las características evolutivas de la infancia y juventud.
  2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:
    • SSCB0211: Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil, establecido en el Real decreto 1697/2011, de 18 de noviembre.
  3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:
    • Título de técnico superior en Animación sociocultural y turística, establecido en el Real decreto 1684/2011, de 18 de noviembre.

ANEXO 4

Cualificación profesional de Información juvenil (SSC567_3)

  1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:
    • UC1874_3: Organizar y gestionar los servicios de información de interés para la juventud.
    • UC1876_3: Organizar acciones socioeducativas dirigidas a jóvenes en el marco de la educación no formal.
    • UC1023_3: Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo del tejido asociativo.
    • UC1875_3: Organizar y gestionar acciones de dinamización de la información para jóvenes.
  2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:
    • SSCE0109: Información juvenil, establecido en el Real decreto 1537/2011, de 31 de octubre.
  3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:
    • Título de técnico superior en Animación sociocultural y turística, establecido en el Real decreto 1684/2011, de 18 de noviembre.

 

ANEXO 5

Procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

SOL·LICITUD DE INSCRIPCIÓN

Apellidos y nombre1:......................................................................................  Sexo2: Hombre ( ) Mujer ( )

Nacionalidad: .................................................. DNI/NIE2:.......................................... Provincia: /Isl...............................................

Domicilio: .........................................................................................................................................................

Población:..................................................................................................... CP:........................................... Tfno.:..............................

Fecha de nacimiento:.................................................... Dirección Electrónica:...................................................................................

EXPONGO:

Que reúno los requisitos personales establecidos en el punto 3 del anexo 1 de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 7 de julio de 2014 por la cual se convoca el procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, incluidas en las unidades de competencia de diversas cualificaciones profesionales.

SOLICITO:

Ser admitido al procedimiento para acreditar las competencias profesionales, relativo a la siguiente cualificación profesional: ...............................................................................................

Relación de unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en las cuales solicito la inscripció3:

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

Por eso, adjunto la documentación requerida en el punto 10 de la Resolución de convocatoria y que detallo en las hojas siguientes, de cuya autenticidad me hago responsable.

...................................................................., ................................. d ..................................... de 2014

[Rúbrica]

COMISIÓN DE EVALUACIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Sede del procedimiento4: ............................................................................................................................................................................

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.


 

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

Apellidos y nombre1: ...................................................................................................................................................................

Indique la documentación justificativa que adjunta a la solicitud.

Nacionalidad5

( ) Fotocopia del documento oficial de identidad.

( ) Fotocopia del certificado de registro de ciudadano comunitario.

( ) Fotocopia de la autorización de residencia o autorización de residencia y trabajo.

( ) Fotocopia de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea.

Tasas5

Justificación del pago de la tasa:

( ) Documento de ingreso 046.

Justificación de la exención del pago o de la reducción de la tasa:

( ) Certificado que acredita un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

( ) Documento justificativo de situación de desempleo

( ) Título o certificado de ser familia numerosa.

Solicitantes con experiencia profesional

Experiencia laboral relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:................ años, ..................... meses y ....................... días.

( ) Relación de documentos acreditativos de experiencia profesional relacionada con las unidades de competencia que se quieren acreditar de acuerdo con el punto 10 de la convocatoria (según el modelo facilitado con la solicitud de inscripción).

Solicitantes con formación no formal

Formación no formal relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar: Total ....................... horas.

(   ) Relación de documentos acreditativos de la formación no formal relacionada con las unidades de competencia que se quieren acreditar de acuerdo con el punto 10 de la convocatoria (según el modelo facilitado con la solicitud de inscripción).

Información necesaria para el tratamiento estadístico

Nivel de estudios5:

( ) Sin estudios.

( ) Graduado escolar o equivalente.

( ) Graduado en ESO o equivalente.

( ) BUP o equivalente.

( ) Bachillerato o equivalente.

( ) Técnico o técnico auxiliar de FP en6 ..............................................................................................................................

( ) Técnico superior o técnico especialista de FP en6 ..........................................................................................................

( ) Titulado universitario en6 .................................................................................................................................................

Situación laboral: (   ) Desempleo (   ) Activo autónomo (   ) Activo asalariado

.........................................., ....................... d.............................. de 2014

[Rúbrica]

  1. Nombre y apellidos de la persona solicitante.
  2. En el caso de personas extranjeras, se tiene que especificar el número de identidad de extranjero (NIE).
  3. Indicar el código y la denominación que figuran en los anexos 2, 3 y 4 de la convocatoria.
  4. Centro indicado en la base 7 de la convocatoria.
  5. Marcar con una X donde corresponda.
  6. Indicar la titulación.

 

RELACIÓN DE DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA FORMACIÓN NO FORMAL

Apellidos y nombre: ...................................................................................................................................

Relación de documentos de los cuales aporto fotocopia que acreditan que he superado la formación (Si el espacio no es suficiente, se ha de adjuntar una segunda relación):

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

12.

13.

14.

15.

16.

17.

18.

............................................., ...................... d ......................... de 2014

[Rúbrica]


 

RELACIÓN DE DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE EXPERIENCIA PROFESIONAL

Apellidos y nombre:.........................................................................................................................................................

Presento la documentación siguiente:

( ) Informe de la vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social

( ) Fotocopia de los contratos de trabajo

( ) Certificado de la empresa o las empresas donde he adquirido la experiencia laboral, en la que consta específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que ha realizado la actividad.

( ) Declaración jurada con la descripción de la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que la he llevado a cabo, si procede

( ) En caso de voluntarios o becarios, la certificación de la organización donde ha prestado la asistencia en que consten específicamente las actividades y las funciones ejercidas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas.

Si el espacio no es suficiente, se ha de adjuntar una segunda relación.

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

12.

13.

..........................................., .................... d ............................... de 2014

[Rúbrica]


 

ANEXO 6

Procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN A LA FASE DE ASESORAMIENTO

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre: ..................................................................................................................... DNI/NIE: ...........................................

Domicilio: .................................................................................................................. Población: ..............................................................

CP: ............................................. Isla: .................................................. Provincia: .....................................................................................

Tfno.: ......................................... Dirección Electrónica: ...........................................................................................................................

DADES PROFESIONALES:

Situación laboral:                                (  )Parado             (  ) Activo autónomo          (  ) Activo asalariado

Centro de trabajo: ............................................................................. Dirección: ..........................................................................................

Población: .............................................. CP: ........................... Provincia: ....................................... Horario de trabajo ...........................

EXPONGO:

Que, de acuerdo con la lista definitiva, he sido admitido al procedimiento para acreditar las competencias profesionales.

Por todo eso, confirmo mi inscripción a la fase de asesoramiento de las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales siguientes:

Cualificación profesional: ...........................................................................................................................................................................

Indicad las unidades de competencia de vuestra cualificación:

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

ADJUNTO

(  )  El justificante del pago de la tasa que se indica en la base 22 de la convocatoria o el justificante de exención o de reducción de la tasa.

(  )  El dossier con la documentación compulsada.

..........................................., .............................. d .................................. de 2014

[Rúbrica]

COMISIÓN DE EVALUACIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Sede del procediment4: ............................................................................................................................................................................

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.


 

ANEXO 7

Procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN A LA FASE DE EVALUACIÓN

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre: ..................................................................................................................DNI/NIE: ..............................................

Domicilio: .................................................................................................................. Población: .............................................................

CP: ............................................ Illa: ....................................... Provincia: .................................................................................................

Tfno.: ............................................. Dirección Electrónica: .....................................................................................................................

DADES PROFESIONALES:

Situación laboral:                               (  )  Parado           (  )  Activo autónomo           (  ) Activo asalariado

Centro de trabajo: .............................................................................. Dirección: .......................................................................................

Población: .................................................CP: ............................ Provincia: ........................... Horario de trabajo...................................

EXPONGO:

Que, una vez finalizada la fase de asesoramiento, he recibido el informe de asesoramiento.

SOLICITO:

La inscripción para la evaluación de las unidades de competencia indicadas a continuación:

Cualificación profesional: ..........................................................................................................................................................................

Unidades de competencia (Cumplimentar obligatoriamente):

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

UC: ...................................................................................................................................................................................................................

ADJUNTO

( )  El justificante del pago de la tasa que se indica en la base 22 de la convocatoria o el justificante de exención o de reducción de la tasa.

................................................, ............................. d ..........................................de 2014

[Rúbrica]

COMISIÓN DE EVALUACIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Sede del procediment4: ..........................................................................................................................................................................

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.


 

ANEXO 8

Declaración jurada

..................................................................................., con documento de identidad ........................................................,

DECLARO:

  1. Que no tengo ningún título de formación profesional o certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia objeto de esta convocatoria.
  2. Que no estoy matriculado, en el momento de la inscripción, en ninguna oferta formativa del sistema educativo o ninguna acción formativa para la ocupación que contenga unidades de competencia para las cuales solicito la evaluación y la acreditación.
  3. Que no estoy participando en ningún procedimiento de acreditación de competencias profesionales en el cual las unidades de competencias sean las mismas que las de esta convocatoria.

....................................., ....................... d .............................................. de 2014

[Rúbrica]

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.