Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 1678
Resolución del Director Gerente de Ports de les Illes Balears de fecha 29 de enero de 2014 por la que se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente en la categoría profesional de ingeniero/a de caminos, canales y puertos (grupo A)
Antecedentes:
1. El artículo 24 del vigente Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de Ports de les Illes Balears dispone que la selección de personal laboral de duración determinada se llevará a cabo, en primer lugar, mediante las bolsas de trabajo.
2. La empresa Ports de les Illes Balears confeccionará periódicamente bolsas de trabajo.
3. La convocatoria y las bases de estas bolsas se negociarán con la participación del Comité de Empresa. En la confección de las mismas tiene que participar los representantes que el Comité determine.
4. En fecha 10/12/2013 el ente público Ports de les Illes Balears inició las negociaciones con el Comité de Empresa de la convocatoria y de las bases para la confección de una bolsa de trabajo de personal no permanente en la categoría profesional de ingeniero/a de caminos, canales y puertos (grupo A), llegándose a un acuerdo en fecha 13/12/2013.
5. De acuerdo con todo lo expuesto anteriormente, el Director Gerente de Ports de les Illes Balears, en virtud de la delegación del Consejo de Administración de 16 de diciembre de 2013, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
Primero. Aprobar la convocatoria del concurso para la selección de personal para integrar una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente en la categoría profesional de ingeniero/a de caminos, canales y puertos (grupo A) para llevar a cabo trabajos ocasionales y urgentes, o bien para sustituir a personal laboral con reserva de puesto de trabajo, o bien para cubrir por interinidad las vacantes que se producen en la categoría profesional objeto de la convocatoria del ente público Ports de les Illes Balears o por cualquier otro tipo de contratación laboral mediante la modalidad de duración determinada sujeto a la legislación laboral vigente, limitado exclusivamente a la categoría profesional objeto de la convocatoria.
Segundo. Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, que se adjuntan como anexo I y anexo II de esta Resolución, y nombrar a los miembros de la Comisión de Selección que se adjuntan como anexo III de esta Resolución.
Tercero. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la web del ente público Ports de les Illes Balears.
Contra esta Resolución se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director Gerente de Ports de les Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la CAIB. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29 / 1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma de Mallorca, 29 de enero de 2014
El Director Gerente de Ports de les Illes Balears
David Gómez Picard
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONFECCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE EN LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE INGENIERO/A DE CAMINOS , CANALES Y PUERTOS ( GRUPO A)
PRIMERA. NORMAS GENERALES
1.1. OBJETO
El objeto de la convocatoria es la confección de una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente en la categoría profesional de Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos (Grupo A) en la isla de Mallorca.
1.2. NORMAS DE APLICACIÓN
1.2.1. Estas bases rigen la convocatoria de un concurso para la selección de personal para integrar la bolsa de trabajo de personal laboral no permanente para llevar a cabo trabajos ocasionales y urgentes, o bien para sustituir a personal laboral con reserva de puesto de trabajo, o bien para cubrir por interinidad las vacantes que se producen en la categoría profesional objeto de la convocatoria del ente público Ports de les Illes Balears o por cualquier otro tipo de contratación laboral mediante la modalidad de duración determinada sujeta a la legislación laboral vigente, limitado exclusivamente a la categoría profesional objeto de la convocatoria .
1.2.2. El contenido de estas bases se ajusta a los principios rectores del acceso al empleo público establecidos en el artículo 55.2 del EBEP y lo que dispone el artículo 24 de I Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de Ports de les Illes Balears, respecto de la confección de las bolsas de trabajo. La convocatoria y las bases se han negociado con la participación del Comité de empresa.
1.3. CONTRATACIONES DE PERSONAL DERIVADAS DEL BOLSÍN
Las contrataciones tendrán por objeto la realización de trabajos ocasionales o urgentes, la sustitución por interinidad del personal laboral fijo con reserva de puesto de trabajo, con la contratación de personal laboral mediante la modalidad de duración determinada sujeta a la legislación laboral vigente, o la cobertura de plazas vacantes, exceptuando la jubilación anticipada, que está regulada de forma específica para la negociación colectiva.
1.4. RESERVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
De acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 59.1 de la Ley 7 /2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, en las ofertas de empleo público de la Administración de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares, se debe reservar una cuota mínima del 7%, sin perjuicio de que se tenga que acreditar la compatibilidad con las funciones de la categoría profesional correspondiente.
Los criterios para seleccionar los aspirantes de esta cuota de reserva son los siguientes:
a) Las personas con discapacidad deben formar parte de la lista general de la bolsa, de acuerdo con los criterios de ordenación de esta lista, en situación de igualdad con el resto de las personas integrantes de la bolsa.
b) Por otra parte, cuando se tenga que hacer una oferta de trabajo, ésta se hará a las personas con discapacidad, a quien corresponda, de acuerdo con la puntuación obtenida en el proceso selectivo, y como mínimo el lugar número 10 se adjudicará a la primera persona seleccionada de la lista de reserva de personas discapacitadas, y a continuación se seleccionarán los aspirantes siguientes cada 15 plazas, es decir, la número 25, 55, 70, 85 y 100, y así sucesivamente. No obstante, se ofrecerá el puesto de trabajo a la persona con discapacidad a la que, por la puntuación obtenida en el proceso selectivo, correspondería un puesto de trabajo del turno libre.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
- Tener la nacionalidad española o alguna otra que, de conformidad con el artículo 57 del EBEP, permita el acceso al empleo público como personal laboral.
- Tener 16 años de edad cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que cumplían, en el caso de que hubieran sido separados, inhabilitados o despedidos disciplinariamente. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida , en su Estado y en los mismos términos , el acceso a un empleo público .
- Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría laboral en que se incluye la plaza ofrecida.
- No padecer enfermedad ni estar afectado o afectada por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a la categoría de Ingeniero / a de Caminos, Canales y Puertos.
Las personas aspirantes que aleguen discapacidad deberán presentar, de acuerdo con la normativa vigente, un certificado de los equipos multiprofesionales de la Dirección General de Atención a la Dependencia que acredite las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones fundamentales de la categoría profesional de Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos.
- Estar en posesión de la titulación siguiente: Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos o equivalente. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, se deberá aportar la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, deberá presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad a la Directiva 89 /48, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1665/1992 y otras normas de transposición y desarrollo.
- Estar en posesión del permiso de conducción (clase B)
TERCERA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
- El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web de Ports de les Illes Balears.
- El modelo de solicitud se encuentra en la web de Ports de les Illes Balears www.portsib.es .
- Lugares de presentación: Registro de las oficinas de Ports de les Illes Balears calle Vicente Tofiño, 36 - Coll d'en Rabassa - 07007 Palma o en la forma establecida en el artículo el artículo 38.4 de la Ley 30 /1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En este último caso se deberá enviar por fax (902024000) o por correo electrónico (rrhh@portsib.es), copia de la solicitud, sin los anexos, con el sello de entrada. En caso contrario, se excluirá, sin más trámite, al aspirante de la convocatoria.
En todo caso la solicitud se debe registrar y debe sellar toda la documentación que se adjunte.
- La solicitud debe ir acompañada de la documentación acreditativa de los méritos alegados en la forma establecida y de la siguiente documentación:
• CV actualizado
• Fotocopia compulsada del DNI o documento identificativo en vigor
• Fotocopia compulsada del permiso de conducción en vigor
• Fotocopia compulsada del título académico requerido y de la homologación correspondiente del título, si procede.
• Fotocopia compulsada de cada uno de los méritos alegados
• Para las personas aspirantes con discapacidad, la solicitud de obtención de un certificado de los equipos multiprofesionales de la Dirección General de Dependencia que acredite la compatibilidad para el ejercicio de las funciones correspondientes a la categoría profesional objeto de la convocatoria, y en el que se determinen, en su caso, las adaptaciones que el aspirante necesita para cumplir las funciones del puesto de trabajo. A efectos de obtener el certificado indicado, las personas interesadas deben dirigirse a los siguientes centros:
- Mallorca: Centro Base de Personas con Discapacidad y Dependencia (C/ Joan Crespí, 11- Entrada por c/ Vinyet-, Palma).
- Menorca : Oficina del Centro de Personas con Discapacidad y Dependencia (Avenida de Vives Llull , núm. 42 , Maó).
- Ibiza : Oficina del Centro de Personas con Discapacidad y dependencia (C / Abad y Lasierra , núm. 47 , Ibiza ).
Dicho certificado deberá haberse presentando antes de la finalización de dos meses desde el inicio del proceso selectivo, por lo que la no presentación del certificado en el plazo establecido implicará la eliminación del aspirante.
Si en el periodo de 2 meses antes mencionado, fuera llamada una de las personas aspirantes con discapacidad y no dispusiera de la certificación que acredite la compatibilidad para el ejercicio de las funciones de ingeniero/a de caminos, canales y puertos, será llamado el siguiente candidato en la lista, sin que el primer pierda el orden de la lista en el bolsín, por lo que, en la siguiente llamada le volverá a corresponder a la persona discapacitada.
• Documentación acreditativa de encontrarse en alguna de las situaciones establecidas para resolver los casos de empate (base sexta).
CUARTA. ADMISIÓN DE CANDIDATOS
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en un plazo máximo de 5 días hábiles, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo. Esta relación se publicará en la web de Ports de les Illes Balears. Esta relación será definitiva caso de no haber candidatos excluidos. Las personas aspirantes excluidas o que no figuren en ninguna lista disponen de 2 días hábiles para poder subsanar la deficiencia que motiva la exclusión o la omisión. Una vez transcurrido el plazo, se hará pública, por el mismo sistema, la lista definitiva de personas admitidas o excluidas en el proceso de selección.
QUINTA. COMISIÓN DE SELECCIÓN
La comisión de selección estará formada un presidente y un vocal-secretario que serán designados por el director gerente de Ports de les Illes Balears y un vocal que será elegido por sorteo entre los ingenieros que prestan sus servicios en Ports de les Illes Balears con carácter permanente. Se designarán titulares y suplentes.
SEXTA. SISTEMA DE SELECCIÓN
El sistema de selección de las personas aspirantes es el de concurso, dividido con 2 fases bien diferenciadas:
Primera fase: Consiste en una entrevista personal. La valoración máxima es del 10 %, de acuerdo con lo especificado en el Anexo II de esta Resolución.
Las personas aspirantes serán convocadas para la entrevista personal telefónicamente, de manera que la Comisión de Selección contactará, a tal efecto, con cada una de las personas aspirantes. Asimismo, se publicará en la web de Ports de les Illes Balears el día y hora en que se llevarán a cabo las entrevistas personales a cada uno de los aspirantes. La fase de entrevista es obligatoria, de manera que las personas que no se presenten a la entrevista personal en el día y hora indicados serán excluidas del proceso.
Segunda fase: Una fase de concurso en la que se valorarán los méritos alegados. Valoración del 90 %. La Comisión de Selección valorará los méritos alegados por los aspirantes conforme al baremo y las puntuaciones que se especifican en el Anexo II de esta Resolución.
Una vez realizadas las entrevistas personales y evaluados los méritos se notificarán los resultados a los interesados mediante publicación de una lista provisional de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes con indicación del DNI. Esta relación se publicará en la web de Ports de les Illes Balears. Los candidatos podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo de 2 días hábiles desde la publicación. Estas reclamaciones podrán presentarse al registro de las oficinas de Ports de les Illes Balears calle Vicente Tofiño , 36 -Coll d'en Rabassa - 07007 Palma o en la forma establecida en el artículo el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En este último caso se deberá enviar por fax (902024000) o por correo electrónico (rrhh@portsib.es), copia del escrito de reclamaciones presentado, con el sello de entrada. En caso contrario, se excluirá , sin más trámite , al aspirante de la convocatoria. Finalizado el plazo y una vez analizadas y resueltas por la comisión de selección las reclamaciones presentadas, se publicará la lista definitiva de las puntuaciones obtenidas.
El orden de prelación de los aspirantes estará determinado por la puntuación obtenida en el proceso de valoración. En caso de empate, éste se resolverá recurriendo, sucesivamente, a los siguientes criterios:
- Experiencia demostrable ejerciendo funciones de Ingeniero / a de Caminos, Canales y Puertos en instalaciones portuarias dependientes de la Administración Pública o en puertos de gestión privada.
- Tener más puntuación en el apartado de experiencia profesional del baremo de méritos.
- Tener mayores cargas familiares.
- Ser una persona mayor de 45 años y estar inscrita en el SOIB en situación de desempleo o mejora de empleo.
- Estar en situación de exclusión social o discapacidad.
- Estar en situación de búsqueda de primer empleo.
- Tener más edad.
SÉPTIMA. FINALIZACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO
La Comisión de Selección elevará al director gerente de Ports de les Illes Balears las listas definitivas de las personas aspirantes seleccionadas, por orden de puntuación obtenida. El director gerente dictará resolución que ordene la publicación en el BOIB de las listas, con la composición final de cada bolsa, en el que se indiquen todas las personas integrantes, el orden de prelación y la puntuación obtenida.
OCTAVA. VIGENCIA DE LA BOLSA DE TRABAJO
La vigencia de esta bolsa será de dos años.
NOVENA. LLAMADA.
Cuando sea necesario cubrir temporalmente un puesto de trabajo, se debe ofrecer el contrato correspondiente a la persona aspirante que se encuentre en primer lugar de la lista, y así sucesivamente, respetando lo establecido en el punto 1.4.b de esta convocatoria. No obstante, en los supuestos en que por aplicación de la normativa básica en materia laboral no se pueda llevar a cabo la contratación del aspirante correspondiente, se llamará al siguiente de la lista hasta que desaparezcan las circunstancias que imposibiliten esta contratación.
Las citaciones a las personas interesadas tienen que hacer, de forma preferente, telefónicamente, y de acuerdo con el siguiente sistema: Ports de les Illes Balears, en su caso, tiene que hacer dos llamadas a la persona interesada en días sucesivos y horas alternas, y debe dejar constancia escrita del resultado mediante la correspondiente diligencia. Si después de las dos llamadas antes mencionadas no se ha logrado la comunicación, se deberá hacer una citación telegráfica a la persona interesada y ésta dispondrá hasta las catorce horas del día hábil siguiente para dar respuesta a la citación, a contar desde la fecha que el documento justificativo de la entrega del telegrama haga constar como día y hora de la entrega efectiva o, en su caso, de la imposibilidad de llevarlo a cabo, y que se ha dejado el aviso correspondiente en el domicilio. No será considerado hábil, a estos efectos, el sábado.
Si la persona interesada no manifiesta su conformidad con la oferta recibida en el plazo de un día hábil, se entiende que renuncia, y se la colocará en el último lugar de la lista, salvo que se produzca alguna de las circunstancias siguientes, oportunamente justificada :
a) Que tenga una enfermedad, acreditada mediante el correspondiente certificado médico.
b) Que esté en periodo de embarazo, de maternidad o paternidad, de adopción y de acogimiento permanente o preadoptivo, incluyendo el periodo en que sea procedente la concesión de excedencia para cuidado de hijos e hijas, en los supuestos anteriores, o casos debidamente justificados de cargas familiares , de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Convenio Colectivo.
c) Prestar servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma, o en alguno de los entes dependientes, como personal funcionario interino o como laboral de duración determinada.
En estos casos los aspirantes conservarán su lugar en la bolsa. No obstante, quien alegue alguna de las circunstancias antes previstas no recibirá ninguna oferta mientras se mantenga la circunstancia alegada.
Corresponde a la persona interesada comunicar a Ports de les Illes Balears, por cualquier medio que permita dejar constancia, la finalización de la concurrencia de las causas mencionadas.
Al finalizar el contrato por el cual fueron llamadas, las personas aspirantes deben incorporarse automáticamente en la bolsa de la que forman parte, en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida en el momento en que se formaron.
La renuncia de un contrato de trabajo una vez iniciada la relación laboral motiva la inclusión de la persona aspirante en el último lugar de la lista.
DÉCIMA. MOTIVOS DE EXCLUSIÓN.
Son motivos de exclusión de la bolsa los siguientes:
a) No haber superado el periodo de prueba de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del I Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de Ports de les Illes Balears o disponer de un informe negativo por parte de la inmediato superior jerárquico.
b) Haber sido sancionado o sancionada mediante un expediente disciplinario.
c) Haber rechazado dos veces consecutivas una oferta de trabajo, sin que se produzca ninguna de las circunstancias justificativas de las previstas en la base octava de esta convocatoria.
UNDÉCIMA. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS
La incorporación al puesto de trabajo se realizará a medida que se produzcan las circunstancias previstas en la base 1.3 de esta convocatoria.
Inmediatamente antes de firmar el contrato correspondiente, los interesados deberán presentar una declaración jurada que justifique que no incurren en ningún supuesto de incompatibilidad de los previstos en la Ley 53 /1984, de 28 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
DUODÉCIMA. SEGUIMIENTO DE LA BOLSA
Con el fin de mantener el seguimiento de la gestión de la bolsa, Ports de les Illes Balears debe informar al Comité de empresa sobre las contrataciones realizadas, así como sobre las renuncias, las incidencias en las notificaciones o cualquier otra circunstancia que suponga una alteración de la situación de las bolsas.
ANEXO II
VALORACIÓN DE LOS CANDIDATOS
• ENTREVISTA PERSONAL ( Máximo 10 % de la puntuación global )
Valoración máxima de 1 punto sobre 10
• MÉRITOS A VALORAR (Máximo 90% de la puntuación global - 9 puntos sobre 10 )
1. Experiencia profesional en la misma categoría profesional o equivalente ejercida en:
- Entidades o administraciones públicas competentes en materia portuaria (0,2 x mes trabajado). Puntuación máxima 5 puntos.
- Empresa o ejercicio libre, no vinculado a la administración pública (en materia portuaria) (0,1 x mes trabajado). Puntuación máxima 3 puntos.
El ejercicio libre se acreditará mediante contrato de asistencia técnica, visado de redacción de proyecto o certificado final de obra (de trabajos realizados por el interesado).
En caso de no figurar duración del contrato, se hará la siguiente equivalencia:
Por cada 100.000 € de presupuesto de ejecución material, 2 meses de trabajo.
La puntuación máxima de cualquier aspirante por este concepto, experiencia profesional, será de 5 puntos.
2. Conocimientos de catalán. Puntuación máxima 0,5 puntos.
• Certificado A2 o equivalente 0,10 puntos
• Certificado B1 o equivalente 0,25 puntos
• Certificado B2 o equivalente 0,40 puntos
• Certificado C1 o equivalente o C2 o equivalente 0,5 puntos
En el supuesto que el aspirante acredite la posesión de más de un certificado, sólo se otorgará puntuación para el certificado que acredite mayores conocimientos.
3. Conocimientos de aplicaciones informáticas relacionadas con el puesto de trabajo. Se valorarán los certificados acreditativos de cursos de duración igual o superior a 10 horas de aplicaciones informáticas expedidos por centros oficiales o escuelas de la administración pública y que se detallan a continuación. (P = 0,002 x hora). Puntuación máxima 1 punto.
- Programas de Mediciones, Presupuestos y Control de Costes: PRESTO o ARQUÍMEDES o MENFIS o TCQ, etc
- Programas de Diseño Asistido por Ordenador: AUTOCAD, MICROSTATION, CIVIL CAD.
- Programas de Sistemas de Información Geográfica (GIS): ARCGIS, GVSIG, etc.
- Programas de Cálculo de Estructuras: Tricalc, CYPECAD, METAL 3D, SAP 2000, AVWIN, etc.
- Programas de Diseño de Infraestructuras Portuarias: Sistemas de Modelado Coster, Dinámica Litoral, Agitación Portuaria, etc.
- Programas de Diseño de Infraestructuras Generales: ISTRAM, HECRAS, HEC HMS, EPANET, CYPE INSTALACIONES, etc.
- Programas de Planificación y Gestión de Proyectos: PROJECT, PRIMAVERA P6, etc.
4. Formación complementaria relacionada con el puesto de trabajo. Se valorarán los certificados acreditativos de duración igual o superior a 10 horas expedidos por centros oficiales que se detallan y conforme a la puntuación indicada a continuación. Puntuación máxima 2,50 puntos.
Cursos a valorar relacionados con las siguientes áreas:
• PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
BÁSICO PRL 60 HORAS: 0,1 puntos
TÉCNICO INTERMEDIO PRL: 0,35 puntos
TÉCNICO SUPERIOR PRL (ESPECIALIDAD SEGURIDAD EN EL TRABAJO): 0,5 puntos
• CURSOS O TITULACIONES RELACIONADAS CON LAS SIGUIENTES ÁREAS
COORDINADOR DE SYS EN OBRAS
CERTIFICACIÓN O GESTIÓN ENERGÉTICA
INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS
DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS PORTUARIAS
GESTIÓN DE PERSONAL
MASTER EN GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN PORTUARIA Y INTERMODALIDAD
MASTER EN INGENIERÍA DE COSTAS Y PUERTOS
MASTER EN ADMINISTRACIÓN MARÍTIMA Y GESTIÓN PORTUARIA
CURSOS DE 10 HORAS A 300 HORAS (P = 0,001 x hora)
CURSOS DE 300 A 600 HORAS (P = 0,0015 x hora)
TITULACIONES / MASTER DE CRÉDITOS ECTS (P = 0,02 x ETCS)
• Otros cursos no indicados en los apartados anteriores, siempre que su contenido esté directamente relacionado con las funciones de la categoría profesional objeto de la convocatoria. (P=0,001x hora).
En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma cuestión o a un mismo programa aunque se haya repetido la participación.
ANEXO III
COMISIÓN DE SELECCIÓN
Titulares:
Presidente: MATEO EDUARDO BARCELÓ VOGT
Secretaria: INMACULADA SUBÍAS SOLIVELLAS
Vocal: FRANCISCA GÓMEZ BARQUERO
Suplentes:
Presidente: MIGUEL NICOLÁS FERRER
Secretario: ANTONIO ARMENGOL GARAU
Vocal: CATALINA CRISTINA GARAU OBRADOR