Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 21046
Bases específicas concurso - oposición Oficial de Policía Local
Aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno en sesión de 22 de octubre de 2013 se hace público a los efectos pertinentes
BASES ESPECÍFICAS
CONCURSO - OPOSICIÓN OFICIAL DE POLICÍA LOCAL
1.- Naturaleza y características
Vinculación: Funcionario de carrera
Escala: Administración Especial
Sub-escala: Servicios Especiales
Clase: Policía Local
Grupo: C
Subgrupo: C-1
Número de plazas: 1
Por promoción interna para los funcionarios de policía local que pertenecen a la misma plantilla del Ayuntamiento de Pollença.
Se constituirá una bolsa de interinos, para cubrir vacantes o bajas, con aquellos aspirantes que superen todas las pruebas selectivas de la fase de oposición. El orden en la bolsa se fijará por la suma de puntuaciones.
2.- Requisitos de los aspirantes.
Además de los requisitos previstos en las Bases Generales:
a) No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
b) Compromiso de llevar armas y, llegado el caso, utilizarlas, que se prestará a través de declaración jurada.
c) Haber cumplido el servicio militar o la prestación social sustitutoria o estar exento.
d) Conocimientos de catalán: nivel C
Derechos de examen: 21'05 Eur.
Para la plaza de promoción interna para los funcionarios de policía local que pertenecen a la misma plantilla del Ayuntamiento de Pollença, deben cumplirse los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a la plantilla de policía local del Ayuntamiento convocante y ocupar la categoría inmediatamente inferior a la categoría a la que aspira acceder por promoción interna. Además, tendrá que haberse ocupado la citada plaza como funcionario de carrera y en la situación administrativa de servicio activo.
b) Tener una antigüedad de un mínimo de tres años en la categoría de policía para oficial; para las otras categorías de subinspector y superior, la antigüedad es de dos años en la categoría inmediatamente inferior pero siempre como funcionario de carrera.
c) Estar en posesión de la titulación académica necesaria para el puesto al que se aspira, según lo que dispone la Ley 30/1984 y el artículo 76 de la Ley 7/07 del Estatuto Básico del Empleado Público, para el grupo C-1 título de bachillerato o técnico, o equivalente.
d) Estar en posesión del diploma del curso de aptitud para la categoría a la que se quiere acceder, expedido por el EBAP y en plena vigencia.
e) No padecer ninguna enfermedad o defecto físico que impida o mengüe el correcto desarrollo de las funciones de la categoría a la que aspira.
f) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A, B y BTP.
g) No encontrarse suspendido ni inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
3.- Tribunal calificador.
Se constituirá de acuerdo con la siguiente composición, y la designación, incluida la de los suplentes, se efectuará en la convocatoria, de conformidad con el art. 38 del Decreto 70/89 modificado por el Decreto 146/2001.
Presidente: funcionario de carrera de la Corporación
Vocales:
Dos representantes de la Conselleria d’Administracions Públiques
El jefe de la Policía Local de la Corporación
Un funcionario de carrera designado por la Corporación
Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien delegue
Podrán asistir, con voz y sin voto, representantes de personal.
4.- Sistema selectivo: concurso - oposición
Los méritos que puedan ser valorados en la fase de concurso para el acceso a las diversas categorías de la policía local son los que se relacionan en el anexo I, con las puntuaciones que allí se indican para cada caso (Decreto 67/07).
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios y pruebas:
I.- Prueba de aptitud físico-médica que consistirá en superar las pruebas físicas que figuran en el anexo II para todas las categorías, excepto en el caso de auxiliar y policía durante los dos años siguientes a la fecha de finalización del correspondiente curso de aptitud. Las pruebas citadas deberán ser superadas globalmente, sin perjuicio de que la calificación conjunta sea la de apto/no apto.
II.- Ejercicio obligatorio y eliminatorio relativo al área complementaria: consistirá en responder un test sobre un número de temas seleccionados por el Ayuntamiento de entre los incluidos en el área complementaria en el programa de la Escuela de Policía Local para cada ocupación. La puntuación a otorgar será de 0 a 40’5 y será necesario obtener una calificación de 20’25 para superarlo.
Tiempo: 40 minutos
Número mínimo de temes: 30 (Oficial)
III.- Ejercicio obligatorio y eliminatorio en relación con el área profesional: consistirá en responder un test sobre el mismo número de temas a los que se refiere el apartado anterior, seleccionados por el Ayuntamiento entre los incluidos en el área profesional en el programa de la Escuela de la Policía Local. La puntuación a otorgar será de 0 a 40’5 y será necesario obtener una calificación de 20’25 para superarlo.
Tiempo: 40 minutos
IV.- Ejercicio obligatorio y eliminatorio: consistirá en una prueba psicotécnica para determinar la aptitud y la personalidad más adecuada para el puesto que se ofrece.
ÁREA COMPLEMENTARIA
1.- Principios generales del Derecho. Garantías constitucionales del Derecho. Derecho y libertades constitucionales.
2.- El poder judicial.
3.- El estado autonómico. Aspectos generales de la autonomía balear.
4.- Instituciones políticas autonómicas.
5.- Entidades locales reconocidas en el Derecho español. El municipio: elementos que lo configuran. Organización municipal. El Pleno.
6.- El Alcalde. La Junta de Gobierno Local. Organización municipal: régimen de sesiones. Acuerdos. Elección del alcalde y de los regidores. Ley de Hont.
7.- Funcionarios de la Administración Local. Encuadramiento y clases. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones y regímenes disciplinarios.
8.- El modelo de seguridad en la CAIB. Legislación de la CAIB de aplicación policial
9.- La protección de los consumidores.
10.- La detención. La prisión provisional. La identificación. Las diligencias de reconocimiento.
11.- Entradas y registros. Intervención de las comunicaciones.
12.- La prueba en el proceso penal.
13.- El juicio oral.
14.- La Ley del Tribunal del Jurado.
15.- Concepto de Derecho penal. Concepto de delito y falta.
16.- Elementos del delito. Grados de ejecución del delito.
17.- La pena. La modificación de la pena. La responsabilidad civil.
18.- Del homicidio y sus formas.
19.- Del aborto. De las lesiones.
20.- Delitos contra la libertad. Delitos contra el patrimonio.
21.- Delitos contra la seguridad colectiva.
22.- Delitos contra la Administración Pública.
23.- Delitos contra la Administración de Justicia.
24.- Delitos contra la Constitución.
25.- Delitos contra el orden público.
26.- Delitos contra la libertad sexual.
27.-Ley de extranjería. Intervención policial en materia de extranjería. Derechos laborales de los extranjeros.
28.- Legislación en materia de drogas. Intervención policial en materia de drogas.
29.- Ley de menores.
30.-La Ley Orgánica de tratamiento de datos. Presentación de la información policial a los medios de comunicación.
ÁREA PROFESIONAL
1.- La Policía Local como policía administrativa.
2.- Técnicas de tráfico y seguridad viaria. Circulación en el ámbito urbano. Velocidad-limitación. Travesías. Rotondas. Peatones.
3.- Legislación en materia de tráfico y seguridad vial.
4.- Elaboración de dispositivos policiales de tráfico. Organización. Controles. Accidentes y catástrofes. El policía como elemento de señalización.
5.- Policía Local y legislación en materia de transportes.
6.- Modelo policial. La evolución de las policías locales.
7.- Elementos de coordinación intercuerpos. Competencias de las CCAA.
8.- Armas. Tenencia y utilización. Criterios.
9.- LOPSC. Principales aplicaciones.
10.- Policía judicial. Sistema legal y jurisprudencia.
11.- Régimen disciplinario especial de la PL.
12.- Conceptos relacionados con el mando. Definición. Obediencia debida. Disciplina. Órdenes. Organigrama. Motivación. Promoción horizontal. Manuales de procedimiento. Absentismo.
13.- Estructura de un plan. Experiencias concretas.
14.- Gabinete de accidentes.
15.- Sala de denuncias.
16.- Policía judicial: asunción de nuevas competencias y coordinación de recursos humanos.
17.- La inspección técnico-policial. Requisitos. Finalidades. Postulados. Metodología.
18.- Hipótesis, prueba, indicio y rastro del delito. Hipótesis técnico-policial del hecho delictivo. Prueba del delito. Tipo de prueba. Evolución de la prueba. Indicios y rastros del hecho delictivo.
19.- Medios y métodos utilizados en los laboratorios de policía científica.
20.- Recogida de muestras. Tipología de muestras.
21.- Procedimiento de investigación de marcas y señales de fuerza en las cosas.
22.- Investigación de incendios.
23.- Diagnóstico de muerte cierta. Fenómenos cadavéricos.
24.- Suicidios. Lesiones. Heridas.
25.- Toxicología.
26.- Investigación de delitos contra la libertad sexual.
27.- Seguridad pública y función policial. La seguridad privada.
28.- Elaboración de dispositivos de seguridad ciudadana.
29.- Organización y coordinación de los recursos policiales: sistemas y funcionamiento.
30.- Ley 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de seguridad.
ANEXO I
BAREMO GENERAL DE PUNTUACIONES DEL CONCURSOO EN EL SISTEMA DE MOBILIDAD Y DE LA FASE DE CONCURSO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO OPOSICIÓN
Puntuación máxima asolible: 54 puntos
Aplicable a la promoción interna, externa, movilidad y en el turno libre cuando se elija la opción de concurso oposición.
1. Puntuación del curso de capacitación exigido para la categoría a la que se accede.
Únicamente se valorarán los cursos expedidos u homologados por el EBAP. La valoración será el resultado de multiplicar la nota obtenida por un determinado coeficiente, hasta un máximo de 10 puntos:
a) Para los funcionarios de carrera del ayuntamiento que convoca el concurso, y así se acredite mediante certificado del Ayuntamiento, el coeficiente multiplicador será 1.
b) Para los funcionarios de carrera de un ayuntamiento diferente al que convoca el concurso, y con acreditación mediante certificado del ayuntamiento que corresponda, el coeficiente multiplicador será 0’75.
2. Por los servicios prestados en las diferentes categorías. Puntuación máxima: 8 puntos.
Por cada mes completo de servicio activo se multiplicará el valor de los meses por los coeficientes siguientes:
Auxiliar Policía Oficial Subinsp. Inspector Mayor Comisario Intendente
0,016 0,033 0,041 0,05 0,058 0,066 0,075 0,083
La fecha de referencia para la valoración será la de finalización del plazo para la presentación de solicitud de participación, y deberá acreditarse mediante un certificado expedido por los ayuntamientos.
3. Por antigüedad, por los servicios reconocidos como funcionario de carrera en cualquier categoría. Puntuación máxima: 4 puntos.
Por cada año de servicio completo, se multiplicará por 0,2.
La fecha de referencia para la valoración será la de finalización del plazo para la presentación de solicitud de participación, y deberá acreditarse mediante un certificado expedido por los ayuntamientos.
4. Por la posesión de titulaciones académicas oficiales superiores a la exigida para la categoría a la que se accede. Puntuación máxima: 6 puntos.
- Diplomatura universitaria, tres cursos de licenciatura o estudios equivalentes de acuerdo con el Real decreto 1272/2003, de 10 de octubre 2’5
- Licenciatura o equivalente 3’5
- Doctorado 1
Sólo se valorará la de nivel superior, excepto en el caso de ramas académicas diferentes. Deben considerarse únicamente las puntuaciones a partir de la superior exigida para ocupar la categoría profesional.
La valoración como mérito de un título implica que no se valore el de nivel inferior, excepto si las titulaciones académicas corresponden a ramas académicas distintas. No obstante, las puntuaciones de los apartados b y c deberán acumularse, así como las de los apartados e y f.
5. Conocimientos de lengua catalana. Puntuación máxima: 2 puntos.
Únicamente se reconocerán las titulaciones expedidas u homologadas por la Conselleria d’Educació, Cultura y Universitats, las expedidas por la Escuela Balear de Administración Pública y por la Escuela Oficial de Idiomas (EOI) y las reconocidas de acuerdo con la normativa autonómica. Sólo se valorará la de nivel superior excepto en el caso del nivel LA, que se podrá sumar al del nivel C1 o C2. Deben considerarse únicamente los valores superiores exigidos para ocupar el puesto de trabajo objeto de la provisión.
A2 B2 C1 C2 LA
1 1’25 1,5 1’75 0’25
6. Idiomas extranjeros. Puntuación máxima: 3 puntos.
Por las titulaciones expedidas por las escuelas oficiales de idiomas (EOI), la Escuela Balear de Administración Pública y las homologadas por ambas instituciones. Sólo se valorará la de nivel superior, excepto en el caso de idiomas distintos.
A B C D E
1 1’25 1,5 1’75 2
A. Nivel básico de la Escuela Oficial de Idiomas o nivel inicial de la Escuela Balear de Administración Pública.
B. Nivel intermedio de la Escuela Oficial de Idiomas o nivel elemental de la Escuela Balear de Administración Pública.
C. Nivel avanzado de la Escuela Oficial de Idiomas o nivel mediano de la Escuela Balear de Administración Pública.
D. Nivel C1 de la Escuela Oficial de Idiomas.
E. Nivel C2 de la Escuela Oficial de Idiomas.
7. Cursos de capacitación diferentes del exigido para la categoría a la que se accede.
La puntuación máxima de este apartado será de 4 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios: la valoración será el resultado de multiplicar, para cada curso, la nota obtenida por 0’001, y por el número de horas de duración, con un máximo de 1 punto por curso.
8. Cursos de formación relacionados con el área profesional (policial, seguridad, emergencias y salvamento; además, para la escala ejecutiva y superior, calidad, recursos humanos y habilidades directivas). Asistencia o impartición. Puntuación máxima: 4 puntos.
Únicamente se reconocerán los expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los homologados por esta institución y otros centros de formación oficiales de administración pública de ámbito autonómico o estatal, con los siguientes criterios:
A. Certificado de aprovechamiento: 0’005 por hora
B. Certificado de asistencia: 0’0025 por hora
C. Certificado de impartición de cursos de acciones formativas relacionadas con las funciones propias del lugar al que se accede: 0’0075 puntos por hora
9. Resto de formación no relacionada con el área profesional. Puntuación máxima: 2 puntos.
Sólo se valorará en el caso de que se haya obtenido la puntuación máxima en el apartado anterior.
Por cada certificado de aprovechamiento: 0’005 puntos por hora
Por cada certificado de asistencia: 0’0025 puntos por hora
Sólo se reconocerán los expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los homologados por esta institución y otros centros de formación oficiales de administración pública de ámbito autonómico o estatal.
10. Reconocimientos honoríficos y distinciones: hasta 3 puntos.
a) Por cada medalla al mérito policial prevista en la normativa: 2 puntos por cada medalla con distintivo azul, 1 punto si el distintivo es blanco y 0’5 puntos si el distintivo es verde. Deberá acreditarse mediante un certificado expedido por la consejería competente en coordinación de policías locales, es decir, la Conselleria d’Administracions Públiques.
b) Por cada felicitación del Pleno o de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento: 0’35 puntos
c) Por cada felicitación de alcaldía: 0’25 puntos
Deberá acreditarse mediante un certificado expedido por el Ayuntamiento correspondiente.
11. Aptitud física: deberán valorarse con 2 puntos los certificados expedidos por el EBAP que acrediten la superación de las pruebas de aptitud.
12. Méritos objetivos de libre determinación por parte de la Corporación relacionados con el ejercicio de las funciones públicas, la puntuación máxima es de 6 puntos. Los criterios para su obtención son los siguientes:
- 1ª prueba voluntaria tipo test de quince preguntas que versará sobre conocimientos del municipio de Pollença (historia, geografía, toponimia, monumentos, calles, caminos, etc.), la puntuación máxima será de 3 puntos.
- 2ª prueba voluntaria tipo test de quince preguntas que versará sobre ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Pollença, la puntuación máxima será de 3 puntos.
La puntuación final del concurso - oposición deberá calcularse con la siguiente fórmula:
0’40)´ 0’60) + (Puntuación final de la fase de concurso ´(Puntuación final de la fase de oposición
ANEXO II
BAREMO DE PUNTUACIÓN DE LAS PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas físicas, que han de ser exclusivamente las que se indican en este anexo, son todas obligatorias y eliminatorias.
Tiene como finalidad comprobar, entre otras condiciones, la fuerza, la agilidad, la rapidez y la resistencia del aspirante.
Consiste en superar, con una nota igual o superior a 5, las pruebas físicas que se indican, de acuerdo con los baremos y criterios establecidos por edad y sexo.
Para hacer esta prueba, el aspirante debe entregar al EBAP y/o al tribunal un certificado médico en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas necesarias para llevarla a cabo. El hecho de no presentar el mencionado certificado comporta la exclusión automática del aspirante de la realización de la prueba y del proceso selectivo.
Las pruebas físicas han de ser superadas globalmente, de acuerdo con el baremo y los méritos señalados. El resultado global de esta prueba debe otorgarse siempre que el aspirante haya superado un mínimo de 4 de las pruebas parciales con una nota mínima de 5 o superior y que, en la otra prueba parcial, la nota sea igual o superior a 3. La nota mediana de «Apto» debe otorgarse siempre que el resultado sea igual o superior a 5; si es inferior a 5, será de «No apto».
Pruebas a hacer:
1.1. Resistencia (1.000 m)
El objetivo de este ejercicio es medir la resistencia orgánica y consiste en recorrer una distancia de 1.000 metros, en una instalación deportiva, en un tiempo inferior a la marca establecida. Sólo se puede hacer un intento.
Hombres (minutos)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 -3,10' -4,00' -4,50' -6,10'
9 -3,20' -4,10' -4,75' -6,20'
8 -3,30' -4,20' -4,95' -6,30'
7 -3,40' -4,30' -5,20' -6,40'
6 -3,80' -4,65' -5,35' -6,75'
5 -4,10' -5,00' -5,50' -7,10'
3 -4,25' -5,15' -5,65' -7,25'
Eliminado +4,25' +5,15' +5,65' +7,25'
Mujeres (minutos)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 -3,25' -4,15' -4,65' -6,25'
9 -3,35' -4,25' -4,90' -6,35'
8 -3,45' -4,35' -5,10' -6,45'
7 -3,55' -4,45' -5,35' -6,55'
6 -3,95' -4,80' -5,50' -6,90'
5 -4,25' -5,15' -5,65' -7,25'
3 -4,40' -5,30' -5,80' -7,40'
Eliminada +4,40' +5,30' +5,80' +7,40'
1.2. Velocidad (50 m)
El objetivo de este ejercicio es medir la velocidad de translación corporal y consiste en recorrer una distancia de 50 metros, en una instalación deportiva, en un tiempo inferior a la marca establecida. Sólo se puede hacer un intento.
Hombres (segundos)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 -7,50'' -7,70'' -8,20'' -9,50''
9 -7,70'' -7,85'' -8,35'' 9,70''
8 -7,80'' -8,00'' -8,50'' -10,00''
7 -8,00'' -8,20'' -8,60'' -10,30''
6 -8,25'' -8,40'' -8,80'' -10,65''
5 -8,50'' -8,60'' -9,20'' -11,00''
3 -8,65'' -8,75'' -9,35'' -11,15''
Eliminado +8,65'' +8,75'' +9,35'' +11,15''
Mujeres (segundos)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 -8,00'' -8,20'' -8,70'' -10,00''
9 -8,20'' -8,35'' -8,85'' -10,20''
8 -8,30'' -8,50'' -9,00'' -10,50''
7 -8,50'' -8,70'' -9,10'' -10,80''
6 -8,75'' -8,90'' -9,30'' -11,15''
5 -9,00'' -9,10'' -9,70'' -11,50''
3 -9,15'' -9,25'' -9,85'' -11,65''
Eliminada +9,15'' +9,25'' +9,85'' +11,65''
1.3. Natación (50 m) estilo libre
El objetivo de este ejercicio es medir la velocidad de translación corporal y consiste en recorrer una distancia de 50 metros de estilo libre, en una piscina de 50 metros o bien en una de 25 metros, con una ida y vuelta, sin tocar el fondo ni agarrarse a las corcheras, en un tiempo inferior a la marca establecida. Se permite la realización de dos salidas nulas y un solo intento.
Hombres (segundos)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 -35'' -40'' -45'' -50''
9 -37'' -42'' -47'' -52''
8 -39'' -44'' -49'' -54''
7 -41'' -46'' -51'' -56''
6 -43'' -48'' -53'' -58''
5 -45'' -50'' -55'' -60''
3 -47'' -55'' -57'' -1,02''
Eliminado +47'' +55'' +57'' +1,02''
Mujeres (segundos)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 -40'' -45'' -50'' -55''
9 -42'' -47'' -52'' -57''
8 -44'' -49'' -54'' -59''
7 -46'' -51'' -56'' -1,01''
6 -48'' -53'' -58'' -1,03''
5 -50'' -55'' -1,00'' -1,05''
3 -52'' -1'' -1,02'' -1,07''
Eliminada +52'' +1'' +1,02'' +1,07''
1.4. Fuerza explosiva del tren superior. Lanzamiento de pilota medicinal
El objetivo de este ejercicio es medir la potencia de los principales músculos superiores. Para hacer esta prueba se necesita una pelota medicinal de 5 Kg. para los hombres y una de 3 Kg. para las mujeres. La posición inicial exige situarse por detrás de la línea donde empieza el recuento de la distancia con los pies juntos en el suelo y simétricos. En ningún momento se puede pisar esta línea. Una vez efectuado el lanzamiento, se cuenta la distancia entre la línea de salida y la marca de la pelota, que debe ser superior a la que establecen las tablas. Para hacer esta prueba se permiten dos intentos.
Hombres: pelota de 5 Kg. – Mujeres: pelota de 3 Kg. (m)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 +7,00 +6,50 +6,00 +5,50
9 +6,80 +6,40 +5,90 +5,40
8 +6,70 +6,20 +5,70 +5,20
7 +6,50 +6,00 +5,50 +5,00
6 +6,20 +5,75 +5,25 +4,75
5 +6,00 +5,50 +5,00 +4,50
3 +5,90 +5,35 +4,85 +4,35
Eliminado/a -5,90 -5,35 -4,85 -4,35
1.5. Fuerza explosiva del tren inferior. Salto con los pies juntos
El objetivo de este ejercicio es medir la potencia de los principales músculos extensores de las piernas y consiste en dar un salto en una superficie lisa, donde deben estar marcadas las distintas distancias que se pueden conseguir. La posición inicial exige situarse por detrás de la línea donde empieza el recuento de la distancia con los pies juntos en el suelo y simétricos. En ningún momento se puede pisar esta línea. Una vez dado el salto, se cuenta la distancia entre la línea de salida y la marca de la última parte de apoyo del cuerpo, la cual debe ser superior a la que establecen las tablas. Para hacer esta prueba se permiten dos intentos.
Hombres (m)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 +2,35 +2,25 +2,15 +1,95
9 +2,30 +2,20 +2,10 +1,90
8 +2,25 +2,15 +2,05 +1,85
7 +2,20 +2,10 +2,00 +1,80
6 +2,15 +2,05 +1,95 +1,75
5 +2,10 +2,00 +1,90 +1,70
3 +2,08 +1,97 +1,87 +1,67
Eliminado -2,08 -1,97 -1,87 -1,67
Mujeres (m)
Puntos Menores de 30 años De 30 a 40 años De 41 a 50 años Más de 50 años
10 +2,05 +1,95 +1,85 +1,65
9 +2,00 +1,90 +1,80 +1,60
8 +1,95 +1,85 +1,75 +1,55
7 +1,90 +1,80 +1,70 +1,50
6 +1,85 +1,75 +1,65 +1,45
5 +1,80 +1,70 +1,60 +1,40
3 +1,78 +1,67 +1,57 +1,37
Eliminada -1,78 -1,67 -1,57 -1,37
Pollença, 30 de octubre de 2013
El Alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia