Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15005
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Plan de ordenación de recursos humanos relativo a la cobertura de 15 plazas de la subescala administrativa mediante un proceso de promoción interna
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 12 de junio de 2013 se acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar el Plan de ordenación de recursos humanos relativo a la cobertura de 15 plazas de la Subescala administrativa mediante un proceso de promoción interna.
El documento referenciado se adjunta como anexo al presente acuerdo.
SEGUNDO.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RELATIVO A LA COBERTURA DE 15 PLAZAS DE ADMINISTRATIVO MEDIANTE UN PROCESO DE PROMOCIÓN INTERNA
1. Objetivo
Este plan de ordenación de recursos humanos tiene por objeto cumplir la previsión del art. 34.6 del acuerdo de Junta de Gobierno de 2 de junio de 2010, por el que se aprueba el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario, eventual y de los órganos directivos de este Ayuntamiento, relativo a la convocatoria por promoción interna de 15 plazas de administrativo (correspondientes al año 2011) del grupo C, subgrupo C1, de la escala de administración general, subescala administrativa, según la clasificación prevista en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, entre el personal auxiliar administrativo funcionario de carrera de este Ayuntamiento, de la escala de administración general, subescala auxiliar administrativa, grupo C, subgrupo C2.
2. Justificación del plan de ordenación
El art. 34.6 del vigente acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario, eventual y de los órganos directivos de este Ayuntamiento prevé que para llegar a un aumento del número de plazas del personal de la subescala administrativa para que sea como mínimo igual al de las plazas de la subescala auxiliar administrativa, el Ayuntamiento ha de incluir en su oferta de promoción interna de los años 2011, 2012 y 2013, 15 plazas de la subescala administrativa cada año porque sean cubiertas por promoción interna por su personal de la subescala auxiliar administrativa.
Dada la existencia de puestos de trabajo vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento de administrativo, que deben ser ocupados por funcionarios que pertenezcan a la subescala administrativa, los cuales se encuentran dotados presupuestariamente y se encuentran asimismo ocupados en comisión de servicios por funcionarios de carrera de la subescala auxiliar administrativa, que se puede proceder a su cobertura con carácter definitivo mediante la convocatoria de un proceso de promoción interna entre el personal administrativo. La convocatoria se refiere exclusivamente a las 15 plazas del año 2011.
3. Ámbito de aplicación
La convocatoria se referirá a 15 plazas de administrativo (correspondientes al año 2011), de la escala de administración general, subescala administrativo, grupo C, subgrupo C1. Las retribuciones y condiciones de trabajo aplicables a los puestos de trabajo de administrativo en la Relación de Puestos de trabajo de este Ayuntamiento.
Los funcionarios que pueden participar en la convocatoria deberán cumplir una serie de requisitos:
- Pertenecer al subgrupo C2 de titulación, de la escala de administración general, subescala auxiliar administrativo de la plantilla de funcionarios de carrera de este Ayuntamiento.
- Cumplir con cualquiera de los requisitos siguientes:
- Tener un mínimo de antigüedad de 2 años de servicios prestados en esta Corporación como funcionario de carrera en la subescala auxiliar administrativa de la escala de administración general.
4. Régimen jurídico
La convocatoria de promoción interna de que es objeto de este Plan se encuentra legalmente avalada en las siguientes disposiciones:
El art. 69 de la Ley 7/2007 antes indicada, prevé en su apartado 1 que la planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas tendrán como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, la mejor distribución, formación y movilidad. En el apartado dos, establece que las Administraciones Públicas podrán aprobar planes para la ordenación de sus recursos humanos que incluyan, entre otras medidas, la relativa a la promoción interna del personal. En similares términos se refiere el art. 38 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de las administraciones de las Islas Baleares.
El art. 18 de la mencionada Ley 7/2007, y los art. 68 a 70 de la Ley 3/2007, antes mencionada, regulan la promoción interna.
5. Limitación presupuestaria
La convocatoria de esta promoción interna no supondrá una modificación del presupuesto de gastos para el año 2013 ni incrementará la masa salarial, de acuerdo con aquello previsto en el RDLey 20/2011, con respecto al capítulo I, dado que los puestos de trabajo están dotados presupuestariamente desde el 2011, y se encuentran ocupados de momento en comisión de servicios por funcionarios de carrera de la subescala auxiliar.
6. Ámbito temporal
El ámbito temporal de este Plan, que corresponde al año 2011, debe tener lugar no obstante, durante el año 2013 toda vez que por razones organizativas y especialmente por el cambio de legislatura durante los años 2011 y 2012, no se ha podido poner en marcha antes.
Palma, 5 de agosto de 2013
El jefe de departamento de Personal
p.d. Decreto de alcadía núm. 22906 de 01/12/2011 (BOIB núm. 187 de 15/12/2011)
Juan García Lliteras