Registre PRTR-AIRE

¿Qué es el PRTR?

El E-PRTR es el Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (European Pollutant Release and Transfer Register), aprobado, por la Comisión Europea en febrero de 2006, con el Reglamento (CE) 166/2006, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes, por el cual se modifican las directivas 91/689/CEE y 96/61/CE. Este registro sustituye el inventario EPER (European Emisiones Register), con el cual se ha cubierto seis periodos anuales (de 2001 a 2006), y amplía su campo de actuación con respecto a las actividades afectadas y a los contaminantes. Además, añade emisiones en el suelo y también transferencia de residuos

En el Estado Español, el Real Decreto 508/2007, de 20 de abril regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas (BOE, nº. 96 de 21-4-2007). Este Real Decreto especifica:

  • Las actividades afectadas por el nuevo registro E-PRTR (Anexo I): son 59 actividades industriales de la Ley 16/2002(IPPC) más 11 nuevas (explotaciones mineras subterráneas, a cielo abierto (>25 ha), depuradoras urbanas (>100.000 hab. eq.) o industrials(10.000 m³/día), piscifactorías (capacidad >1.000 t/any de peces o crustáceos), entre otros.
  • La lista de sustancias que se tienen que notificar (Anexo II). Con respecto a las emisiones en el aire son un total de 68 contaminantes:
    • las del Reglamento 166/2006 y
    • también el carbono orgánico total (COT), las partículas sólidas totales (PST) y los metales Tali(Tl), Antimonio (Sb), Cobalto (Co), Manganeso (Mn) y Vanadio (V) del RD 653/2003, sobre incineración de residuos
  • La información que se tiene que declarar del establecimiento y datos de emisiones (Anexo III). Las empresas afectadas tienen la obligación de notificar anualmente sus emisiones en el registro estatal E-PRTR. Cuando se superen los umbrales de notificación especificados en el Reglamento PRTR y en el RD 508/2007 estas emisiones pasan a información pública.
Procedimiento de notificación y validación PRTR
  • Los complejos industriales tienen que notificar anualmente las emisiones que generan
  • Las autoridades competentes y los Estados miembros tienen que validar la información
  • Se tiene que garantizar el acceso del público a la información

Las emisiones atmosféricas del año anterior notificadas por las instalaciones, en el periodo de enero a marzo, son validadas durante los meses de abril a junio por la autoridad autonómica competente. Los datos de todas las comunidades autónomas son recopilados y revisadas por el Ministerio y cuando las notificaciones superan los umbrales de notificación fijados en el Anexo II del Reglamento 166/2006 se pueden consultar libremente en la página web del PRTR, lo cual no quiere decir que se superen los límites de emisión permitidos.

¿Quién tiene que notificar las emisiones al PRTR?

Las actividades afectadas por la Ley 16/2002 quedan clasificadas en 11 grupos (capítulo I del anexo del RD 508/2007):

  • Instalaciones de combustión.
  • Producción y transformación de metales.
  • Industrias minerales.
  • Industrias químicas.
  • Gestión de residuos.
  • Industria del papel y cartón.
  • Industria textil.
  • Industria del cuero.
  • Industrias agroalimentarias y ganaderas.
  • Consumo de disolventes orgánicos.
  • Industria del carbono. 

Otras actividades no afectadas por la Ley 16/2002, las cuales se agrupan en los siguientes (capítulo II del annex  I del RD 508/2007): 

  • Sector energía.
  • Industria mineral: explotaciones subterráneas y pedreros de más de 25 ha.
  • Industria química: fabricación de productos pirotécnicos.
  • Gestión de residuos: depuradoras públicas o privadas.
  • Fabricación y transformación de madera.
  • Ganadería y acuicultura intensiva.
  • otras actividades: astilleros por|para barcos de 100 m de eslora.
Información a introducir en la declaración
  • Cantidad en kg/año y tres dígitos significativos.
  • Tipo de método M/C/E.
    • Origen del método.
    • Método analítico o de cálculo.
    • Norma asociada.
    • -- Normas incluidas Guia E-PRTR.
    • -- Otros
    • Fuentes de factores de cálculo.

Método para obtener el dato de emisión (M/C/E)

  • Mesurada (M): a partir de medidas de las concentraciones de los contaminantes en los focos emisores obtenidas con métodos normalizados o aceptados.
  • Calculada (C): cálculos a partir de métodos de estimación (balance de materia) o factores de emisión aceptados nacional o internacionalmente representativos del sector industrial.
  • Querida (E): a partir de estimaciones no normalizadas fundamentadas en hipótesis óptimas o en previsiones de expertos.
PRTR en las Islas Baleares

En las Islas Baleares, 18 instalaciones industriales han notificado los datos de emisiones correspondiendo al año 2013 en el registro E-PRTR: 13 de Mallorca, 3 de Ibiza y 2 de Menorca. A continuación se desglosa las empresas según el epígrafe PRTR

Epígraf PRTR

Descripción

Nº. de empresas que notifican

1.c

 Instalación de combustión  > 50 Mw.

5

3.c.i

 Fabricación de cemento > a 500 t/día

1

3.g

 Fabricación de productos cerámicos, tejas  > 75 t/dia

2

4.a.ii

 Hidrocarburos oxigenados, cetonas, esters, etc. (Fabricación de biodiesel).

1

4.f.2

 Fabricación de productos pirotécnicos

1

5.a

 Valorización o eliminación de residuos peligrosos

1

5.b

 Incineración de los residuos municipales, de una capacidad de más de 3 t/h

1

5.d

 Vertederos de todo tipo

4

5.f

 Tratamiento aguas residuales urbanas (> 100.000 hab. Equiv)

2