Según la Ley 34/2007 se consideran Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (APCA en adelante), "Aquellas que por su propia naturaleza, ubicación o por los procesos tecnológicos utilizados constituyan una fuente de contaminación cuyas características pueden requerir que sean sometidas a un régimen de control y seguimiento más estricto".
El Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, define el nuevo Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (CAPCA en adelante) en su Anexo único, y, considera APCAs, las incluidas en el mismo. La catalogación de las actividades con códigos que comienzan con 01,02 y 0301 fue modificada por el Real Decreto 1042/2017, de 23 de diciembre, con su corrección de errores de 15 de marzo de 2018.
Las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (APCA) se clasifican, en función de su potencial contaminador, en grupos: A, B, C o “sin grupo”.
En las Illes Balears se controlan más de 2.300 instalaciones.