Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 814545
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 17 de diciembre de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para el fomento de la economía social por medio del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción y/o promotoras de estas para los años 2025 y 2026
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Hechos
1. Mediante la resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de fecha 17 de diciembre de 2024 se publicó la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la economía social por medio del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción y/o promotoras de estas para los años 2025 y 2026 (BOIB n.º 167, de 21 de diciembre).
2. Esta convocatoria está prevista dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024–2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, en concreto, en el objetivo I, línea 2.12.
3. De acuerdo con la Resolución de la convocatoria, se trata de un expediente de gasto de carácter plurianual, para los ejercicios 2025 y 2026.
Visto el punto cuarto de la Resolución de la convocatoria mencionada, el importe económico para el año 2026 es de 1.079.207,82 euros con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2026, con la siguiente distribución:
— Año 2026: 1.079.207,82 €
a) Programa I:
— 19301G/322F01/47000/00* .............................. 809.406,82 €
b) Programa II:
— 19301G/322F01/47000/00* ..............................172.674,00 €
— 19301G/322F01/48000/00* ............................... 97.127,00 €
De acuerdo con el tercer párrafo de este apartado cuatro, se prevé la posibilidad de aumentar el importe de esta convocatoria, con fondos propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.
4. En fecha 15 de diciembre de 2025, en previsión de que, para el año 2026 el importe destinado a la convocatoria no sería suficiente para afrontar todas las solicitudes, por Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, ya se amplió en 100.000,00 €, en cuanto a la anualidad 2026, el crédito asignado en la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 17 de diciembre de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para el fomento de la economía social por medio del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción y/o promotoras de estas para los años 2025 y 2026, la cual quedaba de la siguiente manera:
— Año 2026: 1.179.207,82 €
a) Programa I:
— 19301G/322F01/47000/00 .............................. 859.406,82 €
b) Programa II:
— 19301G/322F01/47000/00 ..............................197.674,00 €
— 19301G/322F01/48000/00 ..............................122.127,00 €
5. Una vez revisadas por parte de los técnicos de la Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio todas las solicitudes presentadas, en cuanto a este ejercicio 2026, la cuantía elegible solicitada por las entidades ha sido superior a la disponibilidad presupuestaria.
6. Las empresas de inserción constituyen una tipología especial dentro de las entidades que forman parte de la economía social. Para favorecer el número más alto de beneficiarios posible, para cumplir con las finalidades que persigue la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía a través de la Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio, y para poder continuar apoyando económicamente a la economía social, fomentando el modelo económico de las empresas de inserción, es coherente y necesario aumentar las cuantías subvencionables, y ampliar la dotación presupuestaria prevista en la mencionada Resolución de convocatoria por un importe de 30.500,00 €. Así pues, el importe económico total destinado a esta convocatoria para el ejercicio 2026 es de 1.209.707,82 €.
7. El aumento del importe económico de esta convocatoria en 30.500,00 € es con cargo a la partida presupuestaria 19301 322F01 47000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2026.
8. En fecha 25 de septiembre de 2026, la directora general de Empresa, Autónomos y Comercio ha emitido un informe justificativo relativo a la modificación de la convocatoria para conceder ayudas destinadas a fomentar la economía social por medio del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción y/o promotoras de estas para los años 2025 y 2026, que recoge las razones que justifican la necesidad de ampliar el crédito de la convocatoria.
9. En este momento, existe crédito suficiente en la partida presupuestaria 19301 322F01 47000 00 para este ejercicio presupuestario 2026 para poder aumentar el importe económico de esta convocatoria en 30.500,00 €.
10. Dado que existe disponibilidad presupuestaria y la convocatoria así lo prevé, y con el fin de afrontar la totalidad de solicitudes presentadas, resulta oportuno modificar la convocatoria de ayudas destinadas a fomentar la economía social por medio del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción y/o promotoras de estas por los años 2025 y 2026, para ampliar en 30.500,00 € el crédito inicial de 1.179.207,82 €. Con esta ampliación de crédito, la convocatoria dispondrá de una dotación de 1.209.707,82 €.
| Crédito inicial | 1.179.207,82 € | Partida 19301G/322F01/47000/00 |
|---|---|---|
| Ampliación de crédito | 30.500,00 € | Partida 19301G/322F01/47000/00 |
| Crédito después de la modificación | 1.209.707,82 € | Partida 19301G/322F01/47000/00 |
Fundamentos de derecho
1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. La Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
5. La Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. El Reglamento (UE) 2023/2832 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general.
8. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
9. La Orden del consejero de Trabajo y Formación, de 4 de mayo de 2005 (BOIB n.º 73, de 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de Trabajo y Formación, modificada por la Orden de la consejera de Trabajo y Formación, de 16 de julio de 2008 (BOIB n.º 104, de 26 de julio), y por la Orden del consejero de Empresa, Empleo y Energía, de 11 de noviembre de 2024.
Por todo ello, es conveniente modificar la convocatoria pública de ayudas destinadas a fomentar la economía social por medio del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción y/o promotoras de estas para los años 2025 y 2026, y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el punto 1 del apartado cuarto de la resolución de convocatoria, sobre la dotación presupuestaria para el ejercicio 2026, que queda redactado de la manera siguiente:
— Año 2026: por un importe total de 1.209.707,82 euros, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma, al centro de coste 19301, subprograma 322F01, capítulo 4, del ejercicio del año 2026, por los importes siguientes:
a) Programa I:
— 19301G/322F01/47000/00 .............................. 889.906,82 €
b) Programa II:
— 19301G/322F01/47000/00 ..............................197.674,00 €
— 19301G/322F01/48000/00 ..............................122.127,00 €
2. Ordenar que se comunique esta Resolución a la Base de datos nacional de subvenciones, y que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (29 de octubre de 2026)
El consejero de Empresa, Autónomos y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García