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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 810661
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de octubre de 2026 por el que se da por enterado del nombramiento y cese de los órganos unipersonales de dirección de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Illes Balears

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Texto

En relación con los entes del sector público instrumental de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, distintos de los organismos autónomos, el segundo párrafo del artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone:

El nombramiento o la contratación de los gerentes y de los otros órganos unipersonales de dirección del resto de entes del sector público instrumental autonómico ha de efectuarse de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable y en los estatutos del ente. En todo caso, el nombramiento o la contratación y el cese de cualquiera de estos órganos unipersonales de dirección, cuando no correspondan al Consejo de Gobierno, deberán comunicarse a este órgano en el plazo máximo de siete días, y los acuerdos por los que el Consejo de Gobierno se dé por enterado deberán publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears en el plazo máximo de diez días.

De acuerdo con el artículo 2 de los Estatutos de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Illes Balears, esta entidad es un organismo de titularidad pública de naturaleza institucional con personificación privada, y dispone de plena capacidad jurídica y de obrar.

El objeto de la Fundación es la organización funcional de la hemoterapia y la donación de tejidos en las Illes Balears, sin perjuicio de perseguir otras finalidades complementarias a la indicada.

La Fundación está adscrita a la Consejería de Salud, de acuerdo con lo que dispone el anexo 1 del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías del Gobierno de las Illes Balears.

Por otro lado, el artículo 10.3 de los Estatutos de la citada Fundación dispone que el órgano de dirección, administración y gestión ordinaria de la Fundación es el director gerente. Asimismo, el artículo 12.1 l) de los Estatutos establece que corresponde al Patronato nombrar y cesar al director gerente.

El Patronato de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Illes Balears, presidido por la persona titular de la consejería competente en materia de salud —de acuerdo con el artículo 11.3 de los Estatutos—, en la sesión del pasado 16 de octubre cesó a la señora Rosa Maria Tarragó Llobera como directora gerente de la Fundación. Asimismo, nombró a la señora Magdalena Ribot Font como directora gerente de la Fundación.

Así pues, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud, en la sesión de 30 de octubre de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Darse por enterado del cese de la señora Rosa Maria Tarragó Llobera como directora gerente de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Illes Balears, agradeciéndole los servicios prestados.

Segundo. Darse por enterado del nombramiento de la señora Magdalena Ribot Font como directora gerente de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Illes Balears.

Tercer. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de octubre de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno
Antònia Maria Estarellas Torrens

 

 

La presidenta
Margarita Prohens Rigo