Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 805441
Decreto de alcaldía de la delegación de competencias de la alcaldesa a la primera teniente de alcalde del Ayuntamiento de Capdepera
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Dado que en fecha 29/10/2026 se resolvió el decreto de la delegación de competencias de la alcaldesa a favor de la primera teniente de alcalde, se somete a información pública en el Boletín Oficial de la Provincia el siguiente texto integral:
"Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde substituir en la totalidad de sus funciones y por orden de su nombramiento, a la Alcaldesa, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de las atribuciones, así como ejercer las funciones de la Alcaldesa en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión la Alcaldesa.
Visto que de fecha 31 de octubre de 2026 hasta el 04 de noviembre de 2026, la Sra. Alcaldesa se encontrará ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud del que se dispone en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO
PRIMERO. Delegar a la Sra. Mireia Francesca Ferrer Jaume, primera teniente de alcaldía, la totalidad de las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el periodo de 31 de octubre de 2026 hasta el 04 de noviembre de 2026.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCER. El órgano delegado ha de informar a esta alcaldía, a posteriori y, en todo caso, cuando se le requiera para hacerlo, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas, en el periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas desiciones de trascendencia, tal como se prevé en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CUARTO. La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula delante de esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
SEXTO. En el no previsto expresamente en esta resolución, se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, cuanto a las reglas que por la delegación se establezcan en estas normas."
(Firmado electrónicamente: 29 de octubre de 2026
La alcaldesa Núria Garcia Caballeria)