Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)
Núm. 803249
Corrección de un error detectado en la Resolución de la directora gerente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP) para cubrir una de las plazas de personal laboral del IRFAP correspondiente a la oferta pública de empleo del año 2023 y 2024, para la categoría administrativo-va sin especialidad
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1. Mediante la Resolución de la directora gerente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP) para cubrir una de las plazas de personal laboral del IRFAP correspondiente a la oferta pública de empleo del año 2023 y 2024, para la categoría administrativo-va sin especialidad (grupo C). 136, de 24 de octubre de 2026, se aprobó, a la vista de la relación definitiva entregada por el Tribunal que incluye a la persona que ha superado el proceso selectivo por promoción interna en la categoría de administrativo sin especialidad, la adjudicación del puesto de trabajo identificado en el anexo I y ordenó la formalización de un contrato laboral a la persona en ella identificada.
2. En el anexo I antes relacionado se redactó erróneamente lo siguiente:
El puesto de trabajo de administrativo sin especialidad identificado con el código L02670007-1 queda convocado por el turno libre de esta misma convocatoria.
3. El código correcto del puesto de trabajo a convocar por el turno libre es el siguiente:
L02610007-1
4. Advertido el error material en el anexo 1 de la resolución identificada en el punto 1 precedente, publicada en el BOIB núm. 136, de fecha 24 de octubre de 2026, corresponde corregirla.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por todo ello se dicta la siguiente
Resolución
Rectificar el error material observado en la Resolución de la directora gerente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) para cubrir una de las plazas de personal laboral del IRFAP correspondiente a la oferta pública de empleo del año 2023 y 2024, para la categoría administrativo-va, sin especialidad, publicada en el BOIB núm. 136, de fecha 24 de octubre de 2026, según la forma que se indica a continuación:
Donde dice:
“El puesto de trabajo de administrativo sin especialidad identificado con el código L02670007-1 queda convocado por el turno libre de esta misma convocatoria.”
Debe decir:
“El puesto de trabajo de administrativo sin especialidad identificado con el código L02610007-1 queda convocado por el turno libre de esta misma convocatoria.”
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el presidente del Consejo de Administración del IRFAP en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que establece el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la IDF. El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Palma, en la fecha de la firma (28 de octubre de 2026)
La directora gerente del IRFAP Maria Amalia Grau Jofre