Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 798441
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 26 de octubre de 2026 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024
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Hechos
1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB núm. 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2024-2026.
2. La Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad (Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia) ha instado la modificación del anexo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 4 («Protección de colectivos vulnerables») del objetivo III («Mejora de la calidad de vida de los ciudadanos»), para añadir una nueva línea, la línea III.4.40, con la finalidad de posibilitar la convocatoria de ayudas dirigidas a empresas y entidades del Tercer Sector para compensar los sobrecostes que el conflicto en Irán ha provocado en los servicios de transporte y/o alimentación relacionados con servicios en materia de discapacidad y dependencia.
3. El apartado tercero del mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2024-2026, aprobado por un acuerdo del Consejo de Gobierno el 19 de abril de 2024, en el sentido de añadir una nueva línea, la línea III.4.40, con el siguiente contenido:
III.4.40
Dirección General: Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad.
Fuente de financiación: capítulo 4
Descripción: ayudas dirigidas a empresas y entidades del Tercer Sector para compensar los sobrecostes que el conflicto en Irán ha provocado en los servicios de transporte y/o alimentación relacionados con servicios en materia de discapacidad y dependencia
Finalidades y efectos: dar soporte económico a las empresas y entidades del Tercer Sector que prestan servicios de discapacidad y dependencia que soportan incrementos de costes vinculados principalmente al transporte y/o la alimentación
Convocatoria: anual
Coste: 1.000.0000 €
Indicadores: número de entidades concertadas o conveniadas, o no concertadas ni conveniadas que incluyan servicios de transporte y/o alimentación
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (26 de octubre de 2026)
La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 106, de 29/07/2023)