Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 796532
Corrección de errores de la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se amplía la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2026/2027
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Antecedentes
1. En fecha 22 de octubre de 2026, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB núm. 135) la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se amplía la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2026/2027.
2. Una vez publicada la Resolución, se han detectado errores de transcripción en la tabla incluida en el punto 1 de la parte dispositiva, concretamente en la columna “Horas/módulos totales”. Estos errores se tienen que enmendar tanto en la versión en lengua catalana como en la versión en lengua castellana de la Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears determina que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; como también, que la rectificación de errores tiene que especificar, si es el caso, los efectos jurídicos que se derivan, y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir los errores de transcripción detectados en la tabla incluida en el punto 1 de la parte dispositiva de la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se amplía la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2026/2027, en el sentido siguiente:
Donde dice:
| Código | Centro | Municipio | Dotación Resolución definitiva 11/08/2026 (dotación de horas) |
Incremento | Horas/Módulos totales | Plazo de los efectos económicos |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 07001447 | CC Sant Vicenç de Paül | Inca | 76 h | + 9,5 h | 85,5/ 2,25 | Del 08/10/2026 al 31/08/2027 |
| 07002427 | CC Santa Teresa | Pont d'Inca | 47,5 h | + 9,5 h | 57/1,25 | Del 28/09/2026 al 31/08/2027 |
| 07004230 | CC Centro Internacional de Educación | Palma | 47,5 h | + 9,5 h | 57/1,25 | Del 05/10/2026 al 31/08/2027 |
| 07004308 | CC La Purísima | Palma | 57 h | + 19 h | 76/57,5 | Del 21/10/2026 al 31/08/2027 |
| 07006767 | CC Aula Balear | Palma | 47,5 h | + 9,5 h | 57/1,25 | Del 13/10/2026 al 31/08/2027 |
Tiene que decir:
| Código | Centro | Municipio | Dotación Resolución definitiva 11/08/2026 (dotación de horas) |
Incremento | Horas/Módulos totales | Plazo de los efectos económicos |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 07001447 | CC Sant Vicenç de Paül | Inca | 76 h | + 9,5 h | 85,5 / 2,25 | Del 08/10/2026 al 31/08/2027 |
| 07002427 | CC Santa Teresa | Pont d'Inca | 47,5 h | + 9,5 h | 57 / 1,5 | Del 28/09/2026 al 31/08/2027 |
| 07004230 | CC Centro Internacional de Educación | Palma | 47,5 h | + 9,5 h | 57 / 1,5 | Del 05/10/2026 al 31/08/2027 |
| 07004308 | CC La Purísima | Palma | 57 h | + 19 h | 76 / 2 | Del 21/10/2026 al 31/08/2027 |
| 07006767 | CC Aula Balear | Palma | 47,5 h | + 9,5 h | 57 / 1,5 | Del 13/10/2026 al 31/08/2027 |
2. Ordenar la publicación de esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Departamento de Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Firmado electrónicamente: 26 de octubre de 2026
La directora general de Personal Docente y Centros Concertados Joana Maria Cabrer Sureda