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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 793305
Publicación del contenido normativo de la Modificación Puntual n.º 2/2024 del Plan General de Calvià (PG), consistente en la alteración de la actuación urbanística prevista para convertir el vial rodado proyectado en la urbanización de Torrent Fondo, del núcleo de Costa d’en Blanes, en una zona peatonal

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Texto

ANTECEDENTES

1. El Pleno del Ayuntamiento de Calvià, en sesión celebrada el 25 de junio de 2026, aprobó definitivamente la Modificación Puntual n.º 2/2024 del Plan General de Calvià, consistente en la alteración de la actuación urbanística prevista para convertir el vial rodado proyectado en la urbanización de Torrent Fondo, del núcleo de Costa d'en Blanes, en una zona peatonal. En el mismo acuerdo, el Pleno ratificó el convenio suscrito por las partes el 16 de junio de 2026 y ordenó, entre otros extremos, la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la sede electrónica municipal.

2. El acuerdo de aprobación definitiva se publicó en el Butlletí Oficial de les Illes Balears n. º 88, de 14 de julio de 2026 (anuncio 7090).

3. En dicha publicación no se incluyó el contenido normativo de la modificación aprobada, que consiste en la nueva ficha de la unidad de actuación UA/CB-05, que se añade al Anexo I «Fichas de características de unidades o polígonos de actuación en suelo urbano» del Volumen II de la Normativa del Plan General. La modificación no altera ningún artículo del Volumen I.

Por todo ello:

RESUELVE

Primero. Publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, en complemento del anuncio 7090 publicado en el BOIB n. º 88, de 14 de julio de 2026, el contenido normativo de la Modificación Puntual n. º 2/2024 del Plan General de Calvià. Este contenido comprende la ficha de la unidad de actuación consistente en la alteración de la actuación urbanística prevista para convertir el vial rodado proyectado en la urbanización de Torrent Fondo, del núcleo de Costa d'en Blanes, en una zona peatonal. Se adjunta contenido como Anexo.

 

Calvià, en la fecha de la firma electrónica (26 de octubre de 2026)

El teniente de alcalde de Vivienda, Urbanismo, Patrimonio y Planeamiento Jaume Antoni Bujosa Arbona

 

ANEXO Plan General de Calvià. Modificación Puntual n. º 2/2024

Volumen II. Anexo I. Fichas de características de unidades o polígonos de actuación en suelo urbano

Ficha de la unidad de actuación UA/CB-05

Plan General de Ordenación Urbana de Calvià (Adaptación PTIM)

Modificación Puntual MP-2/2024

Ficha de Unidad o Polígono de Actuación código UA/CB-05

Situación: Torrent Fondo (Costa d'en Blanes) plano CASU 21

Planeamiento de desarrollo: aplicación directa de la Ordenanza

Programación: fuera de programación (F. P.)

Tipo de ordenación: regulación de parcela; sistema de actuación: parcelación, cesión y ejecución según convenio; ordenanza de referencia: RP-2

Criterios de Ordenación:

Actuación encaminada a la creación de un nuevo paso peatonal público que complemente la red viaria existente. Se pretende mejorar la conexión entre la rotonda-aparcamiento de la calle Miguel de Cervantes y el puerto deportivo de Puerto Portals.

Da cumplimiento a los acuerdos alcanzados en el Convenio Urbanístico de Planeamiento y de Gestión suscrito entre el Ajuntament de Calvià y la propiedad.

No se trata de una actuación de transformación urbanística según definición del artículo 23.2 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears. Debido a que no hay incremento de aprovechamiento urbanístico, no se cede ningún porcentaje del aprovechamiento lucrativo a la administración. En cambio, en el Convenio la propiedad se compromete a ceder el terreno destinado al paso peatonal público, así como costear y ejecutar el mismo.

En el diseño del paso peatonal se deberá garantizar un recorrido seguro para los colectivos más vulnerables, evitando quiebros y con buena iluminación.

La superficie edificada máxima se establece en 1815,00 m²t. La separación mínima de la edificación al nuevo paso peatonal será de 3 m. La capacidad global máxima de uso residencial será de 11 viviendas. En relación al resto de condiciones de parcelación, edificación y uso, serán de aplicación las condiciones particulares establecidas para la ordenanza de referencia: RP-2 (Residencia plurifamiliar en grado 2).

La unidad se incluye en la zona de influencia de Costas. La disposición y altura de las edificaciones propuestas, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, se debe realizar de forma armónica con el entorno, sin limitar el campo visual ni romper la armonía del paisaje costero o desfigurar su perspectiva.

Usos globales lucrativos

 

Superficie

edificabilidad

altura máxima (H)

 

suelo m²s

máxima m²t

altura total (h)

1. Residencial unifamiliar

 

 

 

2. Residencial plurifamiliar

2.966,01

1.815,00

13 m (4 pl.) / 15 m

3. Secundario

 

 

 

4. Terciario

 

 

 

5. Equipamiento comunitario

 

 

 

6. Comunicaciones e infraestructuras

 

 

 

7. Espacios libres

 

 

 

Subtotal

2.966,01

1.815,00

 

Usos globales no lucrativos

 

 

 

 

Superficie

edificabilidad

altura máxima (H)

 

suelo m²s

máxima m²t

altura total (h)

5. Equipamiento comunitario

 

 

 

6. Comunicaciones e infraestructuras

352,96

0,00

 

7. Espacios libres

 

 

 

Subtotal

352,96

0,00

 

Total ámbito

3.318,97 m²s

1.815,00 m²t

 

Edificabilidad global máxima

 

0,5469 m²t/m²s

 

Densidad residencial máxima

 

33,14 viv./ha

 

Capacidad global máxima: uso turístico

 

0 plazas turísticas

 

Capacidad global máxima: uso residencial

 

11 viviendas