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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 789347
Resolución del consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública por la que se aprueba la constitución de la bolsa de trabajo mediante concurso de méritos por los procedimientos extraordinario y específico de selección personal funcionario interino, de la escala de la administración especial, subescala técnica superior, del subgrupo A1, especialidad técnico/a documentalista y personal laboral temporal de la categoría/ especialidad técnico/a documentalista

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Texto

 Antecedentes 

1. En fecha 2 de junio de 2026 el consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió aprobar la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino de la escala de la administración especial, subescala técnica superior, del subgrupo A1, especialidad técnico/a documentalista y personal laboral temporal de la categoría/ especialidad técnico/a documentalista (BOIB nº 72 de día 9 de junio de 2026).

2. En fecha 16 de julio de 2026 el consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió aprobar la lista provisional de personas admitidas y excluidas de la convocatoria para constituir la bolsa de trabajo mencionada. 

3. En fecha 4 de agosto de 2026 el consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió aprobar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo de la categoría/ especialidad técnico/a documentalista.

4. En fecha 1 de octubre de 2026, el órgano de selección acordó aprobar la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes correspondientes a la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino de la escala de la administración especial, subescala técnica superior, del subgrupo A1, especialidad técnico/a documentalista y personal laboral temporal de la categoría/ especialidad técnico/a documentalista. 

Además, de conformidad con la base 3.9.2 de la resolución por la cual se aprueban las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral en el Consell de Mallorca, se concedió un plazo de diez días hábiles, para que las personas interesadas pudieran presentar mediante el trámite telemático, las enmiendas, las alegaciones y los documentos adecuados.

El mismo 1 de octubre de 2026 se publicó en la Sede Electrónica del Consell Insular de Mallorca el trámite telemático mencionado. El plazo de presentación de enmiendas, alegaciones y documentos se inició el 2 de octubre de 2026 y finalizó el 16 de octubre de 2026.

5. En fecha 21 de octubre de 2026, el órgano de selección resolvió las alegaciones presentadas por las personas aspirantes y elevó al consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública la lista de personas aspirantes con las puntuaciones definitivas ordenada por prelación después de resolver los desempates de acuerdo con el establecido en el apartado 3.7 de las bases, para que dicte la resolución de aprobación de la composición definitiva de la bolsa de trabajo por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino de la escala de la administración especial, subescala técnica superior, del subgrupo A1, especialidad técnico/a documentalista y personal laboral temporal de la categoría/ especialidad técnico/a documentalista.

Fundamentos de derecho

1. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. El artículo 10.2 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP), establece que la selección de los funcionarios interinos se tiene que hacer mediante procedimientos ágiles que tienen que respetar, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. 
3. El artículo 15.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece idéntica previsión añadiendo los criterios de celeridad y eficiencia.

4. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 78, de 30 de mayo de 2009).

5. La Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2023 para aprobar el Acuerdo de las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB nº 167 de 9 de diciembre de 2023; BOIB nº 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB nº 107, de 15 de agosto de 2024; BOIB nº 86, de 5 de julio de 2025, BOIB nº 78, de 20 de junio de 2026). Según se dispone en la base 3.2.4, son funciones del órgano de selección:

“(...)d) Resolver las reclamaciones presentadas por las personas candidatas en el plazo establecido y en la forma correcta.

e) Elaborar una lista de todas las personas que forman parte de la bolsa, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida de la suma de la valoración de los méritos y del resultado de la prueba que se establezca si procede.

f) Elevar la lista definitiva de personas valoradas y ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida al consejero competente en materia de Función Pública, para que dicte la Resolución por la que se aprueba la composición definitiva de la bolsa.”

En la base 3.10 se dispone que, una vez comprobados los méritos de todas las personas aspirantes y resueltas las alegaciones presentadas y los desempates, si es el caso, el consejero competente en materia de Función Pública dictará una resolución de constitución de la bolsa con puntuaciones definitivas por orden de prelación. Esta resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca.

6. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública de 2 de junio de 2026 por la que se aprobó la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo, mediante concurso de méritos, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino, de la escala de administración especial, subescala técnica superior, del subgrupo A1, especialidad técnico/a documentalista y personal laboral temporal de la categoría/ especialidad técnico/a documentalista (BOIB nº 72 de día 9 de junio de 2026).

7. El Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022, por el que se acuerda la delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB nº 128, de 1 de octubre de 2022), delega en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública todas las atribuciones en materia de personal, excepto la aprobación de la relación de puestos de trabajo, la sanción de separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral y la aprobación del número y régimen del personal eventual. 

Por todo eso, dicto la siguiente:

Resolución 

1. Informar de los acuerdos del órgano de selección en relación a las alegaciones a la lista provisional y documentación presentada por las personas aspirantes, que figuran en el Anexo 1. 

2. Informar de la lista definitiva de puntuaciones de las personas aspirantes, acordadas por el órgano del selección en fecha 21 de octubre de 2026. Esta lista figura en el Anexo 2.

3. Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo, por los procedimientos extraordinario y específico de selección, de personal funcionario interino de la escala de la administración especial, subescala técnica superior, del subgrupo A1, especialidad técnico/a documentalista y personal laboral temporal de la categoría/ especialidad técnico/a documentalista, de acuerdo con las puntuaciones definitivas por orden de prelación, que figura en el Anexo 3.

4. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y al tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell Insular de Mallorca.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente de su publicación.  El recurso se puede interponer ante el Consejo Ejecutivo o la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, pueden interponer el recurso contencioso-administrativo ante la Sección Contenciosa-Administrativa del Tribunal de Instancia de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. 

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no han recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y pueden interponer el recurso contencioso-administrativo ante la Sección Contenciosa-Administrativa del Tribunal de Instancia de Palma, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante, pueden interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideren oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (23 de octubre de 2026)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans

 

ANEXO 1  ACUERDOS DEL ÓRGANO DE SELECCIÓN SOBRE LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR LAS PERSONAS ASPIRANTES

El Tribunal, revisadas las alegaciones dentro del plazo establecido, en la sesión de fecha 21 de octubre de 2026, ha acordado lo que se detalla a continuación, y con indicación de la propuesta de resolución de cada caso:

  • Silvia Sastre Suárez, ***0043** - RE nº 107274, de 16/10/2026

Se constata que no se formula ningún tipo de alegación. Únicamente se aportan tres documentos, dos de los cuales ya figuraban a la documentación presentada y uno tercero que es nuevo que no figuraba ni en la documentación entregada ni en la hoja de baremación. 

Más concretamente, la documentación presentada es: 

  • Certificado que acredita haber superado los ejercicios de la oposición de la plaza de técnico ayudante de archivo y biblioteca convocadas por el Consell de Mallorca el año 2006 (ya presentado) 
  • Diploma de especialización en nuevas tendencias en gestión de la información de 30 créditos, expedido por la Universidad Jaime I (ya presentado) 
  • Certificado de aprovechamiento por haber participado en el curso Administración electrónica: herramientas de gestión de expedientes y comunicación con la ciudadanía, de 15 horas, expedido por la EBAP (nueva aportación) 

Revisada la baremación llevada a cabo por el órgano de selección se comprueba lo siguiente:

  • En cuanto a los ejercicios de oposición superados, no se valoraron dado que no queda acreditado que se han superado entes los 5 últimos años (Anexo 1, punto 4 de las bases)
  • Con respecto al diploma de especialización, se valoró en el apartado 6.3 de la hoja de valoración. El máximo de este apartado son 10 puntos, alcanzados por el aspirante. 
  • Con respecto al certificado de aprovechamiento por haber participado en el curso Administración electrónica, con la ciudadanía (no figura en el autobaremo ni con la documentación acreditativa). Se considera que no se tiene que valorar ya que se ha presentado fuera de plazo. 

Por todo eso se acuerda no valorar la documentación presentada durante el trámite de alegaciones y, consiguientemente, aunque no se había hecho ninguna manifestación en este sentido, desestimar las alegaciones presentadas por la Sra. Silvia Suárez Sastre a los resultados provisionales.

 

ANEXO 2  LISTA DEFINITIVA DE PUNTUACIONES, BOLSA DE TRABAJO POR LOS PROCEDIMIENTOS EXTRAORDINARIO Y ESPECÍFICO DE SELECCIÓN PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO, DE LA ESCALA DE LA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA SUPERIOR, DEL SUBGRUPO A1, ESPECIALIDAD TÉCNICO DOCUMENTALISTA Y PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE LA CATEGORÍA/ESPECIALIDAD TÉCNICO DOCUMENTALISTA

ORDRE

DNI

LLINATGES I NOM

PUNTUACIÓ DEFINITIVA

1

***2144**

PASTOR PERELLO, JOANA MARIA

85,44

2

***4780**

SANTANDREU PONS, MARGALIDA

68,09

3

***0043**

SASTRE SUAREZ, SILVIA

54,5

4

***0095**

MOLINA COSTA, MARIA ESTHER

43,4

5

***9938**

MAS ROIG, IRENE

42,58

6

***5180**

SOCIAS FUSTER, CATALINA

32,75

7

***2248**

CAPELLA SOLER, SONIA

32,3

8

***0015**

BENITO RODRIGUEZ, JOSE MANUEL

31,4

9

***9533**

MASSANET LOFQUIST, JOANA MARIA

31,15

10

***7780**

RIERA FORTEZA, LAURA

28,35

11

***9497**

TRUYOLS GALMES, JOAN

22,8

12

***5792**

ROBLES COLL, MARIA

13

13

***1544**

MUÑOZ CABRERA, JULIA MARIA

3,2

14

***6588**

MARTÍN DE FELIPE, GEMA

0

 

ANEXO 3 CONSTITUCIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO POR LOS PROCEDIMIENTOS EXTRAORDINARIO Y ESPECÍFICO DE SELECCIÓN PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO, DE LA ESCALA DE LA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA SUPERIOR, DEL SUBGRUPO A1, ESPECIALIDAD TÉCNICO DOCUMENTALISTA Y PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE LA CATEGORÍA/ESPECIALIDAD TÉCNICO DOCUMENTALISTA 

Procedimiento extraordinario

ORDRE

DNI

LLINATGES I NOM

PUNTUACIÓ

1

***2144**

PASTOR PERELLO, JOANA MARIA

85,44

2

***4780**

SANTANDREU PONS, MARGALIDA

68,09

3

***0043**

SASTRE SUAREZ, SILVIA

54,5

4

***0095**

MOLINA COSTA, MARIA ESTHER

43,4

5

***9938**

MAS ROIG, IRENE

42,58

6

***5180**

SOCIAS FUSTER, CATALINA

32,75

7

***2248**

CAPELLA SOLER, SONIA

32,3

8

***0015**

BENITO RODRIGUEZ, JOSE MANUEL

31,4

9

***9533**

MASSANET LOFQUIST, JOANA MARIA

31,15

10

***7780**

RIERA FORTEZA, LAURA

28,35

11

***9497**

TRUYOLS GALMES, JOAN

22,8

12

***5792**

ROBLES COLL, MARIA

13

13

***1544**

MUÑOZ CABRERA, JULIA MARIA

3,2

14

***6588**

MARTÍN DE FELIPE, GEMA

0

Procedimiento específico

ORDRE

DNI

LLINATGES I NOM

PUNTUACIÓ

1

***2144**

PASTOR PERELLO, JOANA MARIA

85,44

2

***4780**

SANTANDREU PONS, MARGALIDA

68,09

3

***0043**

SASTRE SUAREZ, SILVIA

54,5

4

***0095**

MOLINA COSTA, MARIA ESTHER

43,4

5

***9938**

MAS ROIG, IRENE

42,58

6

***5180**

SOCIAS FUSTER, CATALINA

32,75

7

***0015**

BENITO RODRIGUEZ, JOSE MANUEL

31,4

8

***9533**

MASSANET LOFQUIST, JOANA MARIA

31,15

9

***7780**

RIERA FORTEZA, LAURA

28,35

10

***9497**

TRUYOLS GALMES, JOAN

22,8

11

***7919**

PICO TORRENS, GUILLEM JOSEP

15

12

***5792**

ROBLES COLL, MARIA

13

13

***6588**

MARTÍN DE FELIPE, GEMA

0