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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 781548
Notificación de propuesta provisional de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 21 de octubre de 2026, al amparo de la resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan ayudas para Inversiones forestales no productivas en prevención de de daños forestales, para el año 2025

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, con fecha 21 de octubre de 2026 firmó la siguiente,

"PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Plan PEPAC 2023-2027
Intervención 6881.2 – NO SIGC, DE AYUDAS A «INVERSIONES FORESTALES NO PRODUCTIVAS EN PREVENCIÓN DE DAÑOS FORESTALES»
Convocatoria PIFO 2025_1

CÓDIGO DIR3 A4026954

CÓDIGO SIA 3232662

CÓDIGO BDNS 874145

Antecedentes

1. En fecha de 16 de diciembre de 2025 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 165, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales.

2. En fecha de 24 de enero de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 12, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, publicada en el BOIB núm. 165, de 16 de diciembre de 2025.

3. En fecha de 3 de marzo de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 28, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se reabre el plazo de presentación de solicitudes de determinadas líneas de ayuda; en concreto hasta el día 6 de marzo de 2026, para la convocatoria de 2025, prevista en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para producciones el BOIB núm. 165, de 16 de diciembre de 2025.

4. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

5. Los interesados, señalados en el ANEXO I adjunto, han presentado en tiempo y forma, la documentación prevista en la convocatoria, y se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda y han acreditado el cumplimiento de los criterios de selección indicados.

6. Para esta convocatoria se han presentado un total de 304 solicitudes de ayuda, de las cuales:

  • 4 se han desistido porque los interesados han presentado una solicitud de desistimiento.
  • 5 se han desistido por no enmendar las deficiencias comunicadas.
  • 8 se han denegado por no alegar a trámite de audiencia comunicado.
  • 151 se propone su denegación por incumplimiento, por parte de los interesados, de los requisitos establecidos en la convocatoria, según el ANEXO IV adjunto.

7. Teniendo en cuenta que el crédito existente (1.500.000,00 €) no cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria, la selección de los beneficiarios de las ayudas debe realizarse mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, según los criterios de prioridad y la puntuación obtenida de acuerdo con la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, publicada en el BOIB núm. 165 de 16 de diciembre de 2025, y modificada mediante la Resolución de fecha 24 de enero de 2026 (BOIB núm. 12).

8. En fecha 2 de octubre de 2026 la Comisión Evaluadora de estas ayudas acuerda informar favorablemente la puntuación del ANEXO I adjunto.

En relación con el ANEXO I, figuran los 136 expedientes que cumplen las condiciones establecidas y no tienen deficiencias, de los cuales:

  • 54 se propone la concesión total.

  • 38 se propone la concesión parcial.

  • 44 quedan denegadas provisionalmente.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan para los años 2025 y 2026 subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, publicada en el BOIB nº. 165, de 16 de diciembre de 2025.

2. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 20 forestales, publicada en el BOIB nº. 12, de 24 de enero de 2026.

3. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se reabre el plazo de presentación de solicitudes de determinadas líneas de ayuda, publicada en el BOIB núm. 28, de 3 de marzo de 2026.

4. Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, corresponde aprobar la convocatoria de estas ayudas mediante resolución.

5. Ley 39/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico de las administraciones públicas.

PROPUESTA PROVISIONAL

Visto el Informe Técnico de 01/10/2026 y el Informe de la Comisión Evaluadora de 02/10/2026, se propone a la vicepresidenta del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo II con los números de orden del 1 al 92, ambos incluidos, que son un total de 92 expedientes y que comienza con GRANJA DE ES FORNAS, S.C., y termina con BIOMASSES BALEARS PER ENERGIA SL, que suma un importe total de 1.500.000,00 euros, relativa a la línea de ayuda “Inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales 2025”, deduciendo, en su caso, las actuaciones no elegibles especificadas en el Anexo III.

2. Denegar la ayuda solicitada a los beneficiarios detallados en el Anexo I con los números de orden del 93 al 136, ambos incluidos, que son un total de 44 expedientes y que comienza con JOAN MIQUEL COMPANY TUR, y termina con ANTONIO RIBAS CHECA, por insuficiencia de puntuación en régimen de concurrencia competitiva, al quedar los expedientes por debajo de la puntuación de corte.

3. Denegar la ayuda solicitada a los beneficiarios detallados en el Anexo IV, que son un total de 151 expedientes, por incumplimiento, por parte de los interesados, de los requisitos establecidos en la convocatoria.

4. Comunicar esta propuesta provisional a los interesados que dispongan de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta propuesta en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para presentar alegaciones. En caso de no hacer uso de su derecho para alegar, en el plazo indicado, o si manifiesta su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, esta propuesta tendrá carácter definitivo, y se elevará al vicepresidente del FOGAIBA para que dicte la Resolución de concesión de la ayuda que le corresponde.

Palma, a fecha de la firma electrónica

La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (21 de octubre de 2026)

El director gerent del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni

Documentos adjuntos