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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓN BANCO DE SANGRE Y TEJIDOS DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 785715
Resolución de de la gerente de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares, por la cual se aprueban las listas provisionales relativas al encuadre inicial del personal laboral del ente de la gerente de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares en aplicación de la Disposición adicional primera del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de julio de 2026

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 6 de julio de 2026 se firmó el Acuerdo de la Mesa General del Sector Público Autonómico por el cual se aprueba la implantación y el desarrollo de la carrera profesional horizontal del personal laboral al servicio de los entes del sector público instrumental de la Administración autonómica, excluidos los organismos autónomos.

2. En fecha 17 de julio de 2026 el Consejo de Gobierno ratificó este Acuerdo (BOIB n.º 91 de 21 de julio).

3. La disposición adicional primera de este Acuerdo prevé un periodo transitorio - que tiene por finalidad el encuadre inicial de nivel - con carácter extraordinario al cual puede optar, por una sola vez, el personal incluido en el punto 1 de este Acuerdo. Fuera de este periodo de implantación, solo pueden desarrollar la carrera profesional horizontal en el modelo ordinario que establece el punto 4 de este Acuerdo y mediante convocatoria ordinaria.Durante esta fase extraordinaria, el personal será clasificado directamente en el nivel que le corresponda teniendo en cuenta únicamente y exclusivamente el tiempo de servicios efectivamente prestados hasta la fecha de referencia 31 de diciembre de 2025.El personal que acceda a la carrera profesional horizontal por este procedimiento mantendrá inalterados todos los méritos que tenga que podrán utilizar para acceder a niveles superiores, salvo los servicios prestados.

4. La disposición adicional tercera establece que las personas que en fecha de encuadre extraordinario no obtengan ningún nivel de carrera profesional y tengan al menos dos o tres años de servicios efectivos al ente podrán participar en una convocatoria extraordinaria. Concretamente, las personas que no logren ningún nivel de carrera y dispongan de al menos 1095 días podrán participar en la convocatoria extraordinaria del año 2028 y las que dispongan de al menos 730 días podrán participar en la del año 2029.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Publicar la lista provisional del personal laboral del ente público Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares admitido en el proceso extraordinario de implantación inicial de nivel de carrera profesional, con indicación del nivel de encuadre y grupo de titulación. Esta lista se adjunta a esta resolución como anexo 1.

2. Publicar la lista provisional del personal laboral del ente público Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares que no ha logrado ningún nivel de carrera, pero dispone de al menos 730 y 1095 días de remanentes y podrán participar en las convocatorias extraordinarias del año 2028 y 2029 si cumplen con el resto de requisitos establecidos. Esta lista se adjunta a esta resolución como anexo 2.

3. Establecer un plazo de diez días hábiles, contadores desde el día siguiente que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, para que las personas que no estén de acuerdo puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas, o bien, atendido el carácter voluntario de la carrera profesional horizontal, optar para renunciar a participar.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de octubre de 2026)

La directora gerente de la Fundació Banc de Sang i Teixits de les Illes Balears (por delegación del Patronato de 16 de octubre de 2026) Magdalena Ribot Font

Documentos adjuntos