Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 771718
Notificación de Propuesta Provisional de Concesión a los beneficiarios de las ayudas, 1-PRO PROV de fecha 15 de octubre de 2026, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la mitigación y la adaptación al cambio climático, para el año 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La del FOGAIBA, con fecha 15 de octubre de 2026, firmó la siguiente,

“ PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

PEPAC 2023-2027

Intervenciones para el Desarrollo Rural

Inversiones no productivas vinculadas a la mitigación y la adaptación al cambio climático

Art. 73 R(UE) 2021/2115

BAL6844

Documento: Propuesta de Concesión

Emisor (DIR3): A04026954

Código SIA: 3230918

Convocatoria: IMIT2025_1
Grupo: IMIT2025_1-1-PROPUESTA PROVIS

Antecedentes

1. Con fecha de 9 de diciembre de 2025 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 162 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la mitigación y la adaptación al cambio climático, correspondientes a los años 2025 y 2026.

2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2025 finalizó el día 30 de enero de 2026.

3. Con fecha de 24 de enero de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 65 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica el punto 1 del apartado tercero de la resolución inicial y el primer párrafo del punto 1 del apartado sexto, incrementando el plazo de presentación de solicitudes hasta el 13 de febrero de 2026.

4. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

5. Los interesados señalados en el Anexo I adjunto han presentado, en tiempo y forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, y se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda.

6. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, a los beneficiarios les corresponde una ayuda máxima detallada en el Anexo I.

7. Las actuaciones solicitadas por los interesados cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria para poder ser subvencionables.

8. Los expedientes superan el máximo establecido en el apartado cinco punto dos de la convocatoria, el máximo auxiliable por persona beneficiaria y convocatoria son 20.000,00 €.

9. Teniendo en cuenta que el crédito existente cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria no existe impedimento alguno para resolver estos expedientes sin afectar a lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. Con fecha de 9 de diciembre de 2025 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 162 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la mitigación y la adaptación al cambio climático, correspondientes a los años 2025 y 2026.

2. Con fecha de 24 de enero de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 65 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica el punto 1 del apartado tercero de la resolución inicial y el primer párrafo del punto 1 del apartado sexto, incrementando el plazo de presentación de solicitudes hasta el 13 de febrero de 2026.

3. Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027, corresponde aprobar la convocatoria de estas ayudas mediante.

4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de resolución

Vistos los informes técnics, propongo al vicepresident del FOGAIBA que dicti una resolució en los siguientes términos:

1. Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo I, que contiene un total de 45 expedientes y que comienza con SON TRIAY SRM y termina con PEDRO I LINA SL, los cuales suman un importe total de 540.000,00 euros y corresponden a la convocatoria 2025 de la linea de ayuda «Ayudas para las inversiones no productivas vinculadas a la mitigación y adaptación al cambio climático, 2025-2026».

2. Autorizar y disponer el gasto señalado a cada uno de los beneficiarios con cargo a los presupuestos y porcentajes de financiación detallados en el Anexo I.

3. Determinar que, de acuerdo con lo que establece la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas en el Anexo II.

4. Comunicar esta propuesta provisional a los interesados, haciéndoles evidente que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde la notificación de esta propuesta, para presentar alegaciones. En caso de no hacer uso de su derecho para alegar, en el plazo indicado, o si manifiesta su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, esta propuesta tendrá carácter definitivo, y se elevará al vicepresidente del FOGAIBA para que dicte la Resolución de concesión de la ayuda que le corresponde.

 

Palma, a fecha de la firma digital (16 de octubre de 2026)

La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch

 

ANEXO I  RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA

Plazo de ejecución: 9 meses Anualidad: 2026

Solicitante NIF Núm. exp. Inversión elegible TOTAL SOLICITADO IMPORT ELEGIBLE % Ay. Importe concedido Cofinanciación CAIB(100,00 %)
MARGES PARED CERRAMIENTOS
SON TRIAY SRM J07708290 IMIT2025_1/013   17.295,30 2.918,52 20.213,82 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SANTA VICTORIA SRM E07702871 IMIT2025_1/015   20.268,14   20.268,14 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
ALMUDAINA SRM E07702889 IMIT2025_1/019   20.278,27   20.278,27 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
Pau Vicens ESCALES TOUS ***1275** IMIT2025_1/034 22.391,18     22.391,18 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
MIGUEL IGNACIO OBRADOR URQUIJO ***9201** IMIT2025_1/042 10.191,70   9.828,90 20.020,60 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SON TRIAY NOU FERRERIAS SRM E07710601 IMIT2025_1/056   21.915,13   21.915,13 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SANT BERNAT SRM E07708423 IMIT2025_1/063   20.460,58   20.460,58 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
TORRE D'EN QUART SRM E07746076 IMIT2025_1/064   20.521,37   20.521,37 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
Es Prat de Binicreixent, Srm J07707862 IMIT2025_1/065   20.234,90   20.234,90 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SON TREMOL SRM J07708514 IMIT2025_1/075   20.258,00   20.258,00 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
EXPLOTACION AGRICOLA D'ES PUPUT SL B72881824 IMIT2025_1/085 26.481,98 4.861,92 2.508,48 33.852,38 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SON PALOU AGRICOLA SL B13771282 IMIT2025_1/086 22.992,84     22.992,84 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
DAMIÀ RIPOLL TABERNER ***4602** IMIT2025_1/092   20.055,42   20.055,42 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
ANTONIO IGNACIO OLIVER TRUYOLS ***1164** IMIT2025_1/095   4.499,30 15.509,16 20.008,46 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
TERESA VALLORI SERVERA ***8204** IMIT2025_1/106     20.803,50 20.803,50 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
NA BOU S. COOP F72761653 IMIT2025_1/115   31.764,55 21.683,88 53.448,43 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
PURGATORI PRODUCCIÓ ECOLÒGICA, SL B57747396 IMIT2025_1/117   11.344,48 8.972,64 20.317,12 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
LLOC SON VIVO SL B01858406 IMIT2025_1/124   20.004,98   20.004,98 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
TORRE DEL RAM SL B01858455 IMIT2025_1/125   20.258,00   20.258,00 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
FINCA MARJAL NOVELLA SL B05341961 IMIT2025_1/126   38.145,81   38.145,81 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
ERICE DIRECTORSHIP SL B87547618 IMIT2025_1/127   20.283,32   20.283,32 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
MENORCA VAVISOL SL B07089345 IMIT2025_1/128   20.283,32   20.283,32 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SON OLIVAR-HORT DES BARRANCO SRM E10755833 IMIT2025_1/130   20.217,48   20.217,48 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SES COSTES, SRM E07704133 IMIT2025_1/131   20.258,00   20.258,00 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
BINISUES SRM J07845126 IMIT2025_1/134   20.227,62   20.227,62 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
S'ARGUSAM S.R.M J57089252 IMIT2025_1/145   20.281,30   20.281,30 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SA CANOVA VELLA SRM E07703101 IMIT2025_1/149   20.207,37   20.207,37 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
BODEGA SON ANTEM S.L B16618795 IMIT2025_1/150 16.110,49 3.185,57 1.298,86 20.594,92 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
LLOC DE MONGES NOU SRM E07702921 IMIT2025_1/151   20.065,60   20.065,60 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
LLOC DE MONGES VELL SRM E07704596 IMIT2025_1/152   20.440,33   20.440,33 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SON MESQUIDASSA SA A07319932 IMIT2025_1/160   21.111,38   21.111,38 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
BODEGAS TORRALBENC VELL, S.L.U. B20923819 IMIT2025_1/165 23.792,76     23.792,76 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SON BELL LLOQUET SRM J57924318 IMIT2025_1/170   20.131,43   20.131,43 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SA MUNTANYETA SRM J07816754 IMIT2025_1/171   20.292,43   20.292,43 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
JUAN COLL COLL ***3500** IMIT2025_1/173   20.258,00   20.258,00 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SON PERE MENORCA SL B67838680 IMIT2025_1/177   20.258,01   20.258,01 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
S. A.T SON BURGUES V07447451 IMIT2025_1/179   18.232,20 6.729,48 24.961,68 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
MARIA COLL GINARD ***3338** IMIT2025_1/183   24.208,31   24.208,31 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
BARTOLOME MARTORELL FERRER ***1628** IMIT2025_1/189   23.425,95 4.686,76 28.112,71 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SANTA TERESA SRM E07712029 IMIT2025_1/210   20.085,81   20.085,81 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
EXPLOTACIÓ SON RUBI, S.L. B01858430 IMIT2025_1/227   20.227,63   20.227,63 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
SANT JAUME DE DALT, SRM J57299372 IMIT2025_1/232   20.379,54   20.379,54 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
FORMA Y PUIGMENOR SRM E09879503 IMIT2025_1/233   20.409,95   20.409,95 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
GABRIEL TORRENS LLABRES ***0834** IMIT2025_1/257 3.418,50 3.595,80 15.267,96 22.282,26 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
PEDRO I LINA SL B16617268 IMIT2025_1/259   22.121,73   22.121,73 20.000,00 60 12.000,00 12.000,00
    Totales         900.000,00   540.000,00 540.000,00

 

ANEXO II  OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Son obligaciones de las personas beneficiarias las siguientes:

  • Efectuar y justificar las inversiones o actividades auxiliadas dentro el plazo establecido.
  • Mantener los requisitos y las condiciones exigibles respecto a la explotación y a la persona beneficiaria, a los que hace referencia la convocatoria.
  • Comprometerse a mantener las inversiones efectuadas durante al menos cinco años, contados desde la fecha de pago de la ayuda.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control indicadas por las administraciones autonómica, estatal o comunitaria, Intervención General, Sindicatura de Cuentas u otros órganos de control interno o externo, así como facilitar toda la información que requieran estos organismos en relación con las ayudas concedidas.

Estas obligaciones se entienden sin perjuicio de la obligación de cumplir las demás que prevén el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y el artículo 17 de la Orden de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación 10/2023, de 2 bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027, así como el resto que se deriven de la normativa estatal y comunitaria de aplicación.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (16 de octubre de 2026)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni