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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 766427
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se acepta la cesión de uso de un equipo analizador de bioimpedancia, con una duración de un año, valorado en 11.495 €, realizada por Vegenat Healthcare, SL, a favor del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para el Servicio de Nefrología del Hospital Universitari Son Espases

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Texto

Antecedentes

1. En 8 de junio de 2026 tuvo entrada en la Subdirección de Contabilidad y Análisis, por medio de VALIB, la documentación para tramitar la aceptación de la cesión de uso de un equipo analizador de bioimpedancia, con una duración de un año, valorada en 11.495 €, hecha por Vegenat Healthcare, SL, a favor del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para el Servicio de Nefrología del Hospital Universitari Son Espases.

La documentación y la descripción del equipamiento es la siguiente:

a) Escrito del representante de Vegenat Healthcare, SL, de fecha 15 de mayo de 2026, de ofrecimiento del equipamiento, en el que se establece la cesión con las siguientes condiciones:

− Descripción del equipo: Nutrilab, proanalizador de bioimpedancia.

− Marca/modelo: Nutrilab, proanalizador de bioimpedancia.

− Núm./s: NPO202601002.

− Periodo de la cesión: de día 1 de junio de 2026 hasta el 30 de mayo de 2027, con renovación automática por períodos anuales, excepto si alguna de las partes hace un preaviso para interrumpirla, con dos meses de antelación.

b) Informe justificativo de la necesidad de la cesión de equipamiento por parte de Vegenat Healthcare, SL, emitido por la jefa de Servicio de Nefrología del Hospital Universitario Son Espases, la doctora Isabel Fuencisla García Méndez, en fecha 2 de junio de 2026.

Este informe describe el equipamiento cedido y los beneficios que aportará al Servicio. Se especifica que no significa ningún gasto para el Hospital ni ninguna obligación para con el donante.

El equipo que se cede no necesita fungible.

c) Documentación acreditativa del donante y su representación.

d) Documentación relativa a la constitución de la entidad.

e) Fotografías e imágenes, factura valorativa y ficha técnica del equipo por importe de 11.495,00 €.

2. En fecha 3 de julio de 2026 se pidió al subdirector de Transformación, Innovación y Salud un informe valorativo de la tecnología que se cede, en el que se confirma —por medio de una valoración del jefe del Servicio de Informática del Hospital Universitario Son Espases—que el software está actualmente instalado y funcional.

3. El 2 de octubre de 2026 el director general resolvió el inicio de la tramitación para la aceptación de la cesión de uso del citado equipo.

4. El 8 de octubre de 2026 el subdirector de Contabilidad y Análisis emitió informe favorable a la aceptación de la cesión.

Fundamentos de derecho

1. El Código civil, aprobado por Real Decreto de 24 de julio de 1889.

2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

4. La Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. La Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares.

7. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas.

8. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

9. El Real decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley 33/2003.

10. El Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001.

11. El Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.

12. El Decreto 63/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

13. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

14. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares.

15. El Decreto 43/2023, de 10 de julio, por el que se dispone el nombramiento de los altos cargos y directores generales de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el que se nombra al director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

16. El Decreto 79/2023, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

17. El resto de disposiciones de aplicación legal.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar la cesión temporal y gratuita de uso de un equipo analizador de bioimpedancia, con una duración de un año, valorado en 11.495 €, realizada por Vegenat Healthcare, SL, a favor del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para el Servicio de Nefrología del Hospital Universitario Son Espases.

2. Notificar esta resolución al cedente y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 13 de octubre de 2026

El director general del Servicio de Salud Javier Ureña Morales