Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 762134
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se modifica el plazo para presentar solicitudes de la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco del Factor de Insularidad de las Illes Balears
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Hechos
En el BOIB n.º 83, de 2 de julio de 2026, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 30 de junio de 2026 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco del Factor de Insularidad de las Illes Balears.
En el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria se establece que el plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del quinto día hábil de la publicación de la convocatoria y finaliza el 28 de febrero de 2027 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
En la actualidad, el número de solicitudes presentadas ha superado tanto el crédito inicialmente disponible en la convocatoria como el que se podría habilitar mediante una posible ampliación. Esta circunstancia provoca que sea necesario establecer la finalización del plazo de presentación de solicitudes con anterioridad a la fecha prevista en la convocatoria.
Por todo ello, dado que es necesario modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria, que queda redactado de la siguiente manera:
El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del quinto día hábil de la publicación de la convocatoria y finaliza el mismo día de la publicación de esta Resolución de modificación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (15 de octubre de 2026)
El consejero de Empresa, Autónomos y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García