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AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 755269
Aprobación inicial de la modificación de crédito 19/2026, de crédito extraordinario financiado con remanente de tesoreria para gastos generales
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En la intervención de este Ayuntamiento, conforme a los artículos 173.2 y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público la modificación de crédito 19/2026, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con remanente de tesorería, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en sesión de 8 de octubre de 2026, la cual se detalla a continuación:
Altas en el presupuesto de gastos:
| APLICACIÓN PRESUPUESTARIA | DENOMINACIÓN | INCREMENTO | OBSERVACIONES |
|---|---|---|---|
| 1532-619041 | INVERSIONES RENOVACIÓN VÍAS PÚBLICAS IFS 2025 | 1.500.000,00 € | Camí de Son Talent, calle dels Tudons (Font de Sa Cala) y calles diversas núcleo Cala Rajada |
| 1532-619042 | INVERSIONES RENOVACIÓN ACERAS IFS 2025 | 450.000,00 € | Calles diversas en el núcleo de Cala Rajada y arbolado en la calle Hernán Cortés |
| 342-609021 | INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA PÁRKING POLIDEPORTIVO | 750.000,00 € | Aparcamientos de la piscina del polideportivo municipal Es Figueral |
| TOTAL | 2.700.000,00 € | ||
Altas en el presupuesto de ingresos:
| INGRESOS | DENOMINACIÓN | INCREMENTO | OBSERVACIONES |
|---|---|---|---|
| 87000 | REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES | 2.700.000,00 € | IFS, superàvit 2025 |
| TOTAL | 2.700.000,00 € | ||
Las personas interesadas, legitimadas según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del mismo artículo, pueden presentar reclamaciones a los mismos, bajo sujeción a los trámites siguientes:
1. Plazo de exposición de reclamaciones: quince días hábiles a partir del día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
2. Oficina de presentación: registro general.
3. Órgano ante el cual se reclama: Ayuntamiento en pleno.
De no presentarse ninguna reclamación, el acuerdo de aprobación inicial será elevado a definitivo, sin necesidad de tener que adoptar ningún otro acuerdo.
Capdepera, en fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2026)
La alcaldesa Núria Garcia Caballeria