Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 751396
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de octubre de 2026 por el que se acuerda declarar Proyecto Estratégico para la Inversión de las Illes Balears (PEIE) el proyecto de construcción del nuevo IES Can Cantó, de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativas
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1. La construcción del nuevo Instituto de Educación Secundaria Can Cantó, ubicado en la parcela con referencia catastral 07026A002000210000KR, en el término municipal de Ibiza, fue declarada Inversión de Interés Autonómico mediante la disposición adicional única de la Ley 3/2021, de 10 de noviembre, para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda. Esta declaración estableció un régimen jurídico específico destinado a garantizar la ejecución de una infraestructura educativa considerada estratégica para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La disposición adicional única de la citada Ley declaró, expresamente, de interés autonómico la construcción del nuevo instituto de Educación Secundaria en el municipio de Ibiza y previó un régimen de ejecución inmediata de las actuaciones necesarias para su implantación, la cual requería únicamente la aprobación del proyecto por parte de Consejo de Gobierno, con el informe previo del Ayuntamiento de Ibiza (Vid. el apartado cuatro se la disposición adicional única).
3. En desarrollo de la citada declaración legal, la Consejería de Educación y Universidades ha impulsado las actuaciones patrimoniales, administrativas y técnicas necesarias para la ejecución del proyecto, entre las que destacan la redacción del proyecto constructivo y la obtención de los informes sectoriales pertinentes.
4. El Pleno del Ayuntamiento de Eivissa, en sesión de 26 de marzo de 2026, aprobó inicialmente la mutación demanial subjetiva con transferencia de la titularidad del terreno a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para destinarlo a la construcción y puesta en funcionamiento del nuevo IES Can Cantó.
5. Con fecha 25 de junio de 2026, el Consejo de Gobierno aprobó el proyecto básico y de ejecución del nuevo IES Can Cantó, dejando constancia expresa de que la actuación había sido declarada inversión de interés autonómico por la Ley 3/2021, previo informe del Ayuntamiento de Eivissa, de fecha 22 de junio de 2026, de acuerdo con lo previsto en el apartado 4 de la citada disposición adicional única de la Ley 3/2021.
6. La construcción del nuevo IES Can Cantó responde a una necesidad estructural de planificación educativa y de ampliación de la red pública docente de la isla de Eivissa, con la finalidad de garantizar una oferta suficiente de plazas de educación secundaria obligatoria y bachillerato, dar respuesta al crecimiento de la demanda educativa y asegurar el ejercicio efectivo del derecho a la educación en condiciones de equidad y calidad para toda la ciudadanía.
7. La infraestructura se enmarca en las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma en materia de educación e infraestructuras educativas y constituye una actuación esencial para garantizar los objetivos recogidos en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears y en la legislación educativa autonómica.
8. La Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativas, establece un nuevo marco jurídico destinado a acelerar y simplificar la tramitación de los proyectos estratégicos y regula específicamente los Proyectos Estratégicos para la Inversión de las Illes Balears (PEIE), así como un régimen específico para las infraestructuras y los equipamientos públicos.
9. La disposición transitoria primera de la Ley 4/2026 establece que los proyectos declarados estratégicos o de interés autonómico al amparo de la normativa anterior conservan sus efectos y permite a sus promotores solicitar la aplicación del régimen PEIE para obtener los beneficios y efectos jurídicos previstos en la nueva ley.
10. De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 4/2026, el régimen especial previsto en el título IV es aplicable a las infraestructuras y equipamientos públicos promovidos, financiados o desarrollados por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o por los entes del sector público autonómico. La construcción del nuevo IES Can Cantó constituye una infraestructura educativa pública promovida por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se incluye plenamente dentro del ámbito subjetivo de aplicación de este régimen.
11. El artículo 27 de la Ley 4/2026 establece que la construcción, ampliación, mejora o reforma de infraestructuras o equipamientos públicos incluidos dentro del ámbito de aplicación del artículo 24 pueden ser declarados Proyectos Estratégicos para la Inversión de las Illes Balears (PEIE), correspondiendo al Consejo de Gobierno efectuar esta declaración en el caso de los proyectos autonómicos.
12. La incorporación del proyecto al régimen de los PEIE resulta especialmente adecuada porque permite integrar una actuación ya declarada de interés autonómico dentro del nuevo marco normativo de simplificación administrativa, garantizando la continuidad del proyecto y reforzando los mecanismos necesarios para su ejecución y puesta en funcionamiento en el menor plazo posible.
13. Asimismo, la incorporación al régimen PEIE comporta la aplicación de los efectos previstos en la Ley 4/2026, entre los que destacan la tramitación preferente de los expedientes administrativos, la reducción de plazos y la coordinación reforzada entre administraciones, circunstancias que resultan especialmente relevantes en una infraestructura educativa destinada a satisfacer una necesidad pública esencial.
14. La construcción del nuevo IES Can Cantó continúa gozando de la declaración de interés autonómico efectuada por la Ley 3/2021, la cual mantiene íntegramente su vigencia, eficacia y los efectos jurídicos desplegados. La aplicación del régimen PEIE no constituye una nueva declaración de interés autonómico, sino la incorporación del proyecto al nuevo régimen jurídico establecido por la Ley 4/2026, conservándose los efectos derivados de la normativa anterior, así como la conservación de los actos administrativos, esto es, aquellos actos y trámites derivados del procedimiento anterior plenamente válidos, como pueden ser la declaración de interés autonómico por ley y la aprobación del proyecto por parte del Consejo de Gobierno.
15. Consta en el expediente la documentación acreditativa de la declaración previa de interés autonómico, de las actuaciones administrativas, patrimoniales y técnicas realizadas, de la aprobación del proyecto constructivo y de la disponibilidad de los terrenos necesarios para su ejecución.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de 9 de octubre de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Declarar Proyecto Estratégico para la Inversión de las Illes Balears (PEIE), al amparo del apartado 2 de la disposición transitoria primera de la Ley 4/2026, de 11 de junio, el proyecto de construcción del nuevo IES Can Cantó, ubicado en la parcela con referencia catastral 07026A002000210000KR del término municipal de Eivissa, atendiendo a su naturaleza de infraestructura educativa esencial y a su interés estratégico para la garantía del derecho a la educación y la planificación educativa de la isla de Eivissa.
Segundo. Declarar la conservación de la validez, eficacia y efectos jurídicos de todos los actos administrativos ya producidos al amparo de la normativa anterior, sin necesidad de reiterar o reproducir las actuaciones administrativas efectuadas.
Tercero. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Eivissa, a la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas y a la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.
Cuarto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2026)
| La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |