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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 751393
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de octubre de 2026 por el que se autoriza la urgente ocupación de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre relativo a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec»

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Texto

El 3 de agosto de 2026 tuvo entrada en la Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local un oficio del Consejo Insular de Mallorca en el que se manifiesta, en síntesis (sic), lo siguiente:

De conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley de 16 diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, le solicitamos que tramite la declaración de ocupación urgente de los terrenos afectados para realizar la expropiación relativa al proyecto indicado en el encabezamiento.

Se adjunta la siguiente documentación:

1. Documento de retención de crédito.

2. Informe de 23 de mayo de 2024 sobre la urgencia de la obtención de los terrenos afectados por las obras correspondientes al proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre correspondiente a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec.

3. Resolución del consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes de 10 de julio de 2026 de ratificación de la urgencia.

4. Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre correspondiente a la etapa 3 de la ruta de pedra en sec.

5. Resolución de aprobación inicial de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre de 8 de agosto de 2024.

6. Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 14 de agosto de 2024 relativo a la declaración de la necesidad de ocupación de los bienes y a la aprobación inicial de la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre correspondiente a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec y de la apertura de un período de información pública, de 14 de agosto de 2024.

7. Documentación relativa al trámite de información pública.

8. Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 1 de abril de 2026 de aprobación definitiva del proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre.cte de condicionament del vial de Son Cabaspre.

9. Relación definitiva de personas afectadas en formato digital.

Entre la documentación presentada destacan, a efectos del procedimiento:

— Un informe de 23 de mayo de 2024 sobre el «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre correspondiente a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec». Este informe ha sido ratificado recientemente por la Resolución del consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes de 10 de julio de 2026. En el informe se señala, en síntesis, lo siguiente (sic):

 

7. La falta de señalización del camino genera problemas de orientación, especialmente en condiciones climáticas adversas (lluvias, niebla...), circunstancia que se ve agravada en el caso de los senderistas poco experimentados, con escasa preparación y mal informados o incorrectamente documentados, con el consecuente incremento del riesgo y del número de incidencias e incluso de accidentes; a esto se añade que se ha convertido en un itinerario muy popular, tanto entre la población local como extranjera, siendo cada vez mayor el número de senderistas que recorren el itinerario.

8. Hay que señalar que el Ayuntamiento de Esporles, en fecha 22 de mayo de 2024, ha remitido un escrito donde indica que se ha detectado un aumento de excursionistas perdidos al realizar esta etapa, motivo por el cual solicita que se realice una mejora de la señalización de la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec que va de Son Cabaspre (Esporles) hasta el lugar denominado Coll de Sa Basseta y que llega al refugio de Can Boi (Deià) correspondiente al GR 221.

9. En este sentido, la incorporación del camino a la Ruta de Pedra en Sec se convierte en un elemento imprescindible para garantizar la seguridad de los usuarios, puesto que lleva aparejada su señalización, de acuerdo con el Plan Especial. Esta garantiza la correcta orientación del senderista, en cualquier condición meteorológica y le proporciona una información sobre la distancia, dificultad y tiempo de recorrido, para facilitar la correcta planificación de la excursión y evitar los posibles peligros.

10. Es necesario, en consecuencia, y por razones de garantizar la seguridad de los usuarios, dar prioridad a esta actuación, y por interés público, se debe realizar con carácter urgente.

— Un certificado del Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 1 de abril de 2026, en que se acuerda lo siguiente (sic):

1. Aprobar definitivamente el «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre correspondiente a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec», de mayo de 2024, del término municipal de Esporles, promovido por el Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes del Consejo Insular de Mallorca, redactado por TP&E Taller de Projectes y firmado por el ingeniero de Caminos, Canals y Puertos Sr. Juan Torres Rovira (n.º Colegiado 12.504), con un presupuesto para el conocimiento de la Administración de trescientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres euros y doce céntimos de euro (373.443,12 €) que incluye, además del presupuesto de ejecución de la contrata de trescientos sesenta y un mil ochocientos diecisiete euros y doce céntimos de euro (361.817,12 €), cuatro mil novecientos cuarenta y nueve euros y ochenta y siete céntimos de euro (4.949,87 €) para expropiaciones.

2. La ejecución de las obras y otros trabajos objeto del proyecto se tendrá que sujetar a las condiciones señaladas en los informes y/o las autorizaciones de los organismos competentes. Así mismo, se señala que por el hecho de ejecutar obras que afectan al puente existente sobre el torrente de Can Gira, se requiere contar con autorización administrativa del organismo competente (Dirección General de Recursos Hídricos, Consejería del Mar y Ciclo del Agua).

3. Aprobar definitivamente la declaración de necesidad de ocupación de los bienes y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el proyecto de obra «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre correspondiente a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec», en concordancia con la relación de bienes y derechos afectados por las obras correspondientes incluida en el anexo 4 de la memoria del proyecto, todos situados en el término municipal de Esporles.

— La publicación en el BOIB n.º 54, de 28 de abril de 2026, de la aprobación definitiva del «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre correspondiente a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec», del término municipal de Esporles, la declaración de la necesidad de ocupación y la aprobación definitiva de la relación de bienes y derechos afectados.

— Un certificado de existencia de crédito por un importe de 4.949,87 €.

El presupuesto del proyecto para el conocimiento de la Administración es de trescientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres euros y doce céntimos de euro (373.443,12 €) que incluye, además del presupuesto de ejecución de la contrata de trescientos sesenta y un mil ochocientos diecisiete euros y doce céntimos de euro (361.817,12 €), cuatro mil novecientos cuarenta y nueve euros y ochenta y siete céntimos de euro (4.949,87 €) para expropiaciones.

— Los planes parcelarios y la relación de bienes, derechos y personas afectadas.

El 2 de octubre de 2026, una vez examinado el expediente del Consejo Insular de Mallorca, la Dirección General de Coordinación y Cooperación Local emitió un informe jurídico. En este informe se expone, en el marco de las consideraciones jurídicas, lo siguiente:

De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, realizar las obras necesarias para evitar el peligro grave que supone el estado o el trazado de la vía y, para garantizar la seguridad de los usuarios, se considera una motivación suficiente que justifica la utilización del procedimiento excepcional del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La existencia de un peligro grave y la finalidad de garantizar la seguridad de los usuarios se evidencia en el informe justificativo presentado por la entidad, cuando se señala (sic.):

7. La falta de señalización del camino genera problemas de orientación, especialmente en condiciones climáticas adversas (lluvias, niebla...), circunstancia que se ve agravada en el caso de los senderistas poco experimentados, con escasa preparación y mal informados o incorrectamente documentados, con el consecuente incremento del riesgo y del número de incidencias e incluso de accidentes; a ello se añade que se ha convertido en un itinerario muy popular, tanto entre la población local como extranjera, siendo cada vez mayor el número de senderistas que recorren el itinerario.

8. Hay que señalar que el Ayuntamiento de Esporles, en fecha 22 de mayo de 2024 ha remitido un escrito donde indica que se ha detectado un aumento de excursionistas perdidos al realizar esta etapa, motivo por el cual solicita que se realice una mejora de la señalización de la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec que va de Son Cabaspre (Esporles) hasta el lugar denominado Coll de Sa Basseta y que llega al refugio de Can Boi (Deià) correspondiente al GR 221.

9. En este sentido la incorporación del camino a la Ruta de Pedra en Sec se convierte en un elemento imprescindible para garantizar la seguridad de los usuarios, puesto que lleva aparejada su señalización, de acuerdo con el Plan Especial. Esta garantiza la correcta orientación del senderista, en cualquier condición meteorológica y le proporciona una información sobre la distancia, dificultad y tiempo de recorrido, para facilitar la correcta planificación de la excursión y evitar los posibles peligros.

10. Es necesario, en consecuencia, y por razones de garantizar la seguridad de los usuarios, dar prioridad a esta actuación, y por interés público, se debe realizar con carácter urgente.

 

Este mismo informe concluye lo siguiente:

Por todo ello, informo favorablemente sobre la concurrencia de circunstancias excepcionales que se fundamentan en el informe firmado, a efectos de que el Consejo de Gobierno de las Illes Balears acuerde la declaración de la urgente ocupación de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre, relativo a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec».

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local, en la sesión de 9 de octubre de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Declarar la urgente ocupación de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre relativo a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec». Los bienes y derechos afectados por la declaración de urgente ocupación se enumeran, de forma individualizada y con la indicación de los titulares, en el anexo 1 de este acuerdo.

Segundo. Fundamentar la urgencia en la documentación presentada por el Consejo Insular de Mallorca, recogida en el informe jurídico de la Dirección General de Coordinación y Cooperación Local de 2 de octubre de 2026.

Tercero. Hacer constar que, durante el periodo de información pública al que se ha sometido la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación junto con la solicitud de urgente ocupación, no se han presentado alegaciones, y que el Consejo Insular de Mallorca cuenta con crédito adecuado y suficiente para atender los gastos derivados de la expropiación.

Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto. Notificar a las personas que constan como interesadas en el expediente que, contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación del Acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno
Antònia Maria Estarellas Torrens

 

 

La presidenta
Margarita Prohens Rigo

 

ANEXO 1

Lista concreta e individualizada de los bienes, los derechos y las personas afectados por la expropiación en relación con el «Proyecto de acondicionamiento del vial de Son Cabaspre relativo a la etapa 3 de la Ruta de Pedra en Sec»

Finca Titulares R. Catastral Localización Pol Parque SP Expropiación(m²)
1 Muñoz Martín, Manuela Sabater Vives, Antonio Maria 07020A003000690000JZ ESPORLES 3 69 0 17
2 Muñoz Martín, Manuela Sabater Vives, Antonio Maria 07020A004000930000JP ESPORLES 4 93 0 9
3 Veure Monchis, Ginete 07020A004000940000JL ESPORLES 4 94 0 208
4 Bosch Real, Francisca (Herederos de) Tomas Bosch, Miquel Tomas Bosch, Francesc Xavier Tomas Bosch, Catalina 07020A004000950000JT ESPORLES 4 95 0 86
5 Becher Leigh, Rebecca Ashkenazi, Cphir 07020A004000960000JF ESPORLES 4 96 D 272
6 Chumillas González, Francisco 07020A004000980000JO ESPORLES 4 98 CDE 668
7 Seguí Mulet, Bartomeu 07020A004000990000JK ESPORLES 4 99 0 369
8 Frotington SL 07020A004001000000JK ESPORLES 4 100 A 197
9 Frotington SL 07020A004001010000JR ESPORLES 4 101 A 238
10 Forteza Roig, Pedro Juan
Marín Coe Archer, Sonia
07020A004001080000JZ ESPORLES 4 108 C 12
11 Buades Perelló, Sebastián 07020A004001090000JU ESPORLES 4 109 C 315
12 Mayol Ferrer, Gerardo Andrés
Contreras Ortega, Mª del Milagro
07020A003000700000JE ESPORLES 3 70 0 100
13 Mayol Ferrer, Gerardo Andrés
Contreras Ortega, Mª del Milagro
07020A003000580000JK ESPORLES 3 58 B 137
14 Garrofe Camps, José Francisco
Marimón Vidal, Ana María
07020A003001080000JY ESPORLES 3 108 C 41
15 Morland, Sandra 07020A004001120000JU ESPORLES 4 112 0 204
16 Torres Riutort, Bernardo
Capó Ferrer, Ana María
07020A004000900000JY ESPORLES 4 90 A 243
17 Da Silva, John Manuel 07020A004000880000JG ESPORLES 4 88 E 11
18 Sampol Vidal, Antonio
Mir Gaspar, Josefa
07020A004000890000JQ ESPORLES 4 89 0 24
19 Morell Arbós, Antonio 07020A004000860000JB ESPORLES 4 86 0 28
20 Morell Arbós, Antonio 07020A004000870000JY ESPORLES 4 87 0 24
21 Font Sastre, Juan (Herederos de)
Jaume Ferrer, Margarita
07020A004000840000JW ESPORLES 4 84 E 138
22 Mayol Ferrer, Gerardo Andrés 07020A004000830000JH ESPORLES 4 83 A 480
23 Mayol Ferrer, Gerardo Andrés 07020A003001200000JF ESPORLES 3 120 B 15
24 Ayuntamiento de Esporles
De acuerdo con el certificado emitido por el Ayuntamiento, este camino no consta en el catálogo de caminos del término municipal ni tampoco está inventariado.
07020A003090100000JG ESPORLES 3 9010 0 189
25 Ayuntamiento de Esporles
De acuerdo con el certificado emitido por el Ayuntamiento, este camino no consta en el catálogo de caminos del término municipal ni tampoco está inventariado.
07020A004090090000JW ESPORLES 4 9009 0 5320
26 Ayuntamiento de Esporles
De acuerdo con el certificado emitido por el Ayuntamiento, este camino no consta en el catálogo de caminos del término municipal ni tampoco está inventariado.
07020A003090050000JB ESPORLES 3 9005 0 676
27 Ayuntamiento de Esporles (según Catastro vía de comunicación dominio público) 07020A003090060000JY ESPORLES 3 9006 0 19
28 Ayuntamiento de Esporles
De acuerdo con el certificado emitido por el Ayuntamiento, este camino no es de titularidad municipal.
07020A004090080000JH ESPORLES 4 9008 0 6
29 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (según Catastro,
hidrografía natural torrente)
07020A003090010000JU ESPORLES 3 9001 0 20
30 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (según Catastro,
hidrografía natural torrente)
07020A004090070000JU ESPORLES 4 9007 0 22