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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 749280
Constitución de la bolsa de trabajo de oficial 1.ª brigada del Ayuntamiento de Alaró

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Texto

Se hace público para general conocimiento la resolución de alcaldía núm. 2026-1497, de 07 de octubre de 2026, con el siguiente contenido: 

Constitución de la bolsa de trabajo de oficial 1.ª brigada del Ayuntamiento de Alaró  

Antecedentes 

1. Las bases de la convocatoria fueron aprobadas por resolución de alcaldía núm. 2026-1273, de 22 de agosto de 2026 (Boletín Oficial de las Illes Balears, BOIB, núm. 109, de 1.09.2026). 

2. El plazo de presentación de solicitudes era de diez días hábiles y transcurrió del día 2 al día 15 de septiembre de 2026, ambos incluidos. 

3. El alcalde, mediante la resolución número 2026-1417, de 22 de septiembre de 2026, aprobó la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, para la creación de una bolsa de trabajo en la categoría de oficial 1.ª brigada del Ayuntamiento de Alaró. 

4. El plazo para la presentación de alegaciones finalizó el día 25 de septiembre de 2026 y, en consecuencia, el alcalde, mediante la resolución número 2026-1439, de 28 de septiembre de 2026, aprobó la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo. 

5. La comisión de valoración se constituyó en fecha 29 de septiembre de 2026 y extendió acta de la valoración provisional de los méritos de las personas aspirantes, que se publicó en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal el día 30 de septiembre de 2026. 

6. El plazo para la presentación de alegaciones al acta de valoración provisional de los méritos finalizó el día 6 de septiembre de 2026. En fecha 7 de octubre de 2026, la Comisión de Valoración se reunió para examinar y resolver las alegaciones presentadas y, una vez finalizada la valoración, acordó proponer la constitución de la bolsa de trabajo de oficial 1.ª brigada del Ayuntamiento de Alaró.  

Fundamentos de derecho 

1. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. 

3.  La base undécima del proceso selectivo, sobre la resolución del procedimiento.  

Por todo lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por las bases del proceso selectivo y por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, dicto la siguiente  

Resolución 

1. Constituir la bolsa de trabajo de oficial 1.ª brigada del Ayuntamiento de Alaró formada por las siguientes personas, con el orden de prelación que se indica:

 A) Bolsa principal

ORDEN

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

SUMA  TOTAL

1

ANDREA ANTELO ALZAMORA

**3702***

11,79

2

GABRIEL ANGEL ALOMAR GELABERT

**0551***

10,21

3

JAVIER QUETGLAS SANCHEZ

**1475***

7,20

4

ALBERTO PERELLO MORENO

**1341***

5,33

5

JUAN BLAZQUEZ RODADO

**1252***

0

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal. 

Recursos

Contra este acto, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

b) Recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

 

Alaró, en fecha de firma electrónica (8 de octubre de 2026)

El alcalde Llorenç Perelló Rosselló