Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
AGENCIA DE DEFENSA DEL TERRITORIO DE MALLORCA
Núm. 745639
Revisión de la relación de puestos de trabajo de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (2026.2)
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El Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca en sesión celebrada el 7 de octubre de 2026 ha adoptado el siguiente acuerdo:
“El Pleno del Consell Insular de Mallorca, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 16 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, aprobó, en sesión de día 8 de enero de 2009, la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia de Defensa de Territorio de Mallorca, la cual, desde su aprobación, ha sido objeto de modificación por distintos acuerdos del Pleno y del Consejo Ejecutivo.
Ahora es necesario revisar la mencionada Relación de Puestos de Trabajo, por varios motivos que se detallan en la Propuesta del director gerente del ADTM de fecha 22 de julio de 2026 de Revisión de la RPT del ADTM y en las fichas individualizadas para cada puesto de trabajo, entre los cuales destacan la necesidad de adaptar la RPT al Catálogo de Funciones de los Puestos de Trabajo del ADTM (aprobado por Resolución del director gerente del ADTM de fecha 10 de agosto de 2026) y a las nuevas necesidades estructurales del ADTM para poder cumplir con sus obligaciones legales y no incurrir en responsabilidades.
Todo eso se lleva a cabo de acuerdo con las prescripciones contenidas en el artículo 31 de la Ley 3/2007 de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que regula el procedimiento de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.
La propuesta de Revisión de la RPT, aunque forma parte de la potestad de organización de la Administración, tiene una indudable repercusión sobre las condiciones de trabajo de los empleados, motivo por el cual, en aplicación del artículo 37.2.a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y siguiendo un amplio criterio jurisprudencial sobre esta materia, la propuesta se tiene que someter a negociación en la Mesa General de negociación conjunta de personal funcionario y laboral del Consell Insular de Mallorca-IMAS. En este sentido, la presente Revisión de la RPT de la Agencia se ha sometido a negociación de la Mesa mencionada en sesión celebrada el día 31 de julio de 2026, en la cual se efectuaron dos modificaciones con respecto a la propuesta entregada, la primera relativa a la retirada de la propuesta de la modificación de los complementos económicos de los puestos de trabajo del RPT que se encuentran ocupados y, la segunda, relativa a la denominación del puesto “Secretario-a del director gerente y coordinador-a administrativo-iva del servicio administrativo”, que pasa a ser “Secretario-a del director gerente”. La propuesta (con las dos modificaciones indicadas fue aprobada por mayoría de la Mesa general de negociación conjunta del personal funcionario y laboral del Consell de Mallorca y del IMAS, con el voto favorable de la Administración (a favor: UGT, CCOO, CSIF y USO; Abstención: STEI).
Estas modificaciones han dado lugar a una nueva Propuesta del director gerente del ADTM de fecha 5 de agosto de 2026 de Revisión de la RPT del ADTM y fichas individualizadas para cada puesto de trabajo, que sustituye la propuesta mencionada anteriormente de 22 de julio de 2026. Asimismo, en fecha 9 de agosto de 2026 se ha incorporado al expediente una Memoria económica, suscrita también por el director gerente del ADTM.
El artículo 14.1.j) de los vigentes Estatutos de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, aprobados por el Pleno del Consell Insular de Mallorca de día 8 de noviembre de 2018 (BOIB nº. 41, de 30 de marzo de 2019) establece que el Consejo de Dirección es el órgano colegiado de dirección y control de la Agencia con las funciones de elaborar la propuesta de estructura orgánica y de la relación de puestos de trabajo de la Agencia. En este sentido, la presente Revisión de la RPT de la Agencia ha sido aprobada por el Consejo de Dirección del ADTM de fecha 31 de julio de 2026 por unanimidad de los asistentes.
De acuerdo con el artículo 26.1 a) de los Estatutos de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, aprobados por el Pleno del Consejo Insular de Mallorca en sesión celebrada día 8 de noviembre de 2018 (BOIB nº. 41, de 30 de marzo de 2019) el Consejo de Mallorca, a través del Pleno, se reserva la facultad de aprobar la relación de puestos de trabajo del ADTM.
No obstante lo anterior, el artículo 28.1.e) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos insulares, atribuye esta facultad al Consejo Ejecutivo.
El Acuerdo de delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el Consejero Ejecutivo o Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública en materia de personal, adoptado en sesión ordinaria de 28 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2025) delega en el Consejero Ejecutivo o Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública todas sus atribuciones en materia de personal, excepto la aprobación de la relación de puestos de trabajo, la sanción de separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral y la aprobación del número y régimen del personal eventual.
El artículo 19 de los Estatutos de la ADT (BOIB nº. 41, de 30 de marzo de 2019) prevé como función del director o directora gerente (como órgano directivo y ejecutivo de la Agencia) entre otros, la dirección de los recursos humanos de la Agencia, con respecto a la cual ejerce las atribuciones genéricas conferidas por la normativa interna del Consell de Mallorca a los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas.
La propuesta de modificación ha sido informada favorablemente:
Por todo lo expuesto, el Consejero Ejecutivo de Territorio, Movilidad e Infraestructuras eleva al Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca para su aprobación, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la Revisión de la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia de Defensa de Territorio de Mallorca que se adjunta a esta propuesta como documento anexo I, y autorizar al director gerente del ADTM para llevar a cabo la aplicación individualizada de las determinaciones contenidas a la modificación aprobada.
Segundo. La fecha de efectos de este acuerdo es el día 1 de enero de 2027.
Tercero. Disponer la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede Electrónica de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”
Palma, a la fecha de la firma electrónica (2 de octubre de 2026)
El consejero ejecutivo de Territorio, Mobilidad y Infraestructuras y presidente de la Agencia de Defensa del Territori de Mallorca Fernando Rubio Aguiló