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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 744327
Resolución de los expedientes de solicitud de subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultural y para rehabilitar paredes de piedra seca (convocatoria de 2026)

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Texto

La Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en ejercicio de sus competencias, aprobó, en sesión ordinaria celebrada el 4 de septiembre de 2026, la resolución de los expedientes de solicitud de subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultura y para rehabilitar paredes de piedra seca, correspondiente a la convocatoria 2026, de conformidad al siguiente:

1. Conceder, con cargo al presupuesto del Consell Insular de Formentera del ejercicio 2027, las subvenciones correspondientes a la convocatoria de 2026 para la rehabilitación de las paredes de piedra seca que se indican a continuación, de conformidad con la valoración efectuada por la Comisión Evaluadora e informe del órgano instructor:

REHABILITACIÓN DE PAREDES DE PIEDRA SECA
Expediente Interesado / representante Valoración
(art. 6.1.1. Bases)
Importe propuesto
2026/4607 C. T.C. ****1981* 32,21 2.822,40
2026/4731 J. M.C.C. ****9507* 6,44 4.920,00
2026/6405 M. P.T.F. ****7306* 7,10 669,20
2026/6811 F. T.C. ****3602* 28,37 2.912,00
2026/6814 M. B.C.R. ****6252* 5,77 427,02
2026/6818 M. B.C.R. ****6252* 0,25 146,40
2026/6858 Live Formentera SL 28,10 6.087,36
2026/6859 Live Formentera SL 42,06 17.015,34
2026/6860 A. M.G.C. ****6750* 50,00 20.000,00
      54.999,72

2. Disponer el gasto por importe total de 54.999,72 euros, con cargo al crédito adecuado y suficiente del Consell Insular de Formentera del ejercicio 2027, destinado a subvenciones en materia de patrimonio cultural y rehabilitación de paredes de piedra seca.

3. Hacer constar que todas las subvenciones concedides mediante este acuerdo correspondiente a la línea de rehabilitación de paredes de piedra seca, y que no se han concedido subvenciones en esta convocatoria para intervenciones en bienes del patrimonio cultural.

4. Recordar a las personas y entidades beneficiarias que la ejecución y la justificación de las actuaciones subvencionadas se deben ajustar íntegramente a las bases reguladoras de la convocatoria y, en particular:

a. Una vez obtenida la licencia urbanística correspondiente (o efectuada comunicación previa si fuera el caso) y ejecutadas las actuaciones previstes, se deberá justificar la finalización de las obres mediante la presentación de la documentación especificada en al artículo 12 de las Bases.

b. La justificación de la subvención deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 24 meses desde la recepción del último de los siguientes documentos: la concesión de la subvención o bien la retirada de la licencia urbanística (o la validación de la declaración responsable de inicio de obres, si fuera el caso), de conformidad con el artículo 11 de las Bases.

c. Si en la fase de revisión de la documentación justificativa se comprueba que se han producido cambios durante la ejecución —respecto de la documentación aportada inicialmente en la solicitud—, el importe final de la ayuda se podrá revisar a la baja para ajustarlo a los criterios que establecen las Bases.

d. En el caso de la rehabilitación de paredes de piedra seca, las actuaciones se deberán desarrollar siguiendo de manera estricta la técnica tradicional de construcción con pared de piedra seca, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.6 de las Bases.

5. Establecer que el reconocimiento de la obligación y el pago de las subvenciones queda condicionado a la correcta ejecución y justificación de la actuación subvencionada y al cumplimiento del resto de requisitos establecidos en la normativa de subvenciones y en las bases reguladores.

6. Notificar este acuerdo a las persones y entidades interesadas.

7. Publicar el acuerdo de concesión por los medios exigidos por la normativa aplicable y por las bases reguladoras de la convocatoria, incluida la información que corresponda a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

La cual se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, con la fecha de la firma electrónica (6 de octubre de 2026)

El presidente del Consell Insular de Formentera Óscar Portas Juan