Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 743419
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de corrección de errores de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco de factor de insularidad de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En el BOIB n.º 83, de 2 de julio de 2026, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 30 de junio de 2026 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco de Factor de Insularidad de las Illes Balears.

2. Se ha advertido un error en la redacción del primer inciso del punto 2 del apartado tercero sobre el artículo de aplicación del Reglamento 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 (DOUE 187/1, de 26 de junio) por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que:

Las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que:

La revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error material observado en el primer inciso del punto 2 del apartado tercero de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco de Factor de Insularidad de las Illes Balears.

Donde dice:

— El artículo 36 y 36 ter en la implantación de infraestructura de recarga en el programa de actuación 4.

Debe decir:

— El artículo 36 bis en la implantación de infraestructura de recarga en el programa de actuación 4.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (7 de octubre de 2026)

El consejero de Empresa, Autónomos y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García