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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 737577
Resolución de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio de aprobación de la concesión de las subvenciones de la convocatoria de subvenciones para la restauración de molinos históricos en la isla de Mallorca, plurianual 2026/2027

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Texto

BDNS: 891441 EXP. SEGEX 1432395N

El día 5 de octubre de 2026, he dictado la siguiente

Resolución

“Antecedentes

1. De acuerdo con la base de ejecución 21 del presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca del 2026 se ha acreditado la competencia para aprobar la Convocatoria de subvenciones para la restauración de molinos históricos en la isla de Mallorca, plurianual 2026/2027.

2. En el Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca del 2026 se ha previsto la convocatoria de subvenciones para la restauración de molinos históricos en la isla de Mallorca, plurianual 2026-2027 dentro del Departamento de Cultura y Patrimonio, con la finalidad de fomentar la preservación, conservación, recuperación y difusión de elementos que forman parte del patrimonio histórico dentro del ámbito territorial de la isla.

3. El Consejo Insular de Mallorca, por resolución de día 10/07/2025 dispone de un importe de 3.000.000,00 €, financiado por el fondo de impulso del turismo sostenible que proviene del proyecto ITS2024-2025-014, con cargo al presupuesto del AETIB.

4. El Consejo Ejecutivo, en la sesión de día 25 de febrero de 2026, autorizó la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio para aprobar la convocatoria de ayudas mencionada.

5. La vicepresidenta y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio, en la resolución nº5273 de 6/03/2026, aprobó la convocatoria de subvenciones mencionada y autorizó un gasto total de 3.000.000,00 € que se ejecutará durante los ejercicios 2026 y 2027, con los importes y la distribución presupuestaria siguiente:

Año 2026:

  • 100.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 72300 a Sociedades Mercantiles estatales (RC 220250032592)
  • 200.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 76202 en ayuntamientos (RC220250032598)
  • 300.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 77900 en empresas (RC220250032596)
  • 300.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 78904 a particulares (RC220250032594)

Total año 2026: 900.000,00 €

Año 2027:

  • 300.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 72300 a Sociedades Mercantiles estatales

(RC220250032593)

  • 400.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 76202 en ayuntamientos (RC220250032599)
  • 700.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 77900 en empresas (RC220250032597)
  • 700.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 78904 a particulares (RC220250032595)

Total año 2027: 2.100.000,00 €

La distribución por anualidades de la concesión será la siguiente: la anualidad 2026 será el 30 % del importe concedido y la anualidad 2027 el resto. En todo caso, el remanente de la aplicación presupuestaria prevista para el año 2026 se irá incorporando a la partida presupuestaria del año 2027.

6. La convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su financiación en el ejercicio presupuestario 2027.

7. El extracto de la convocatoria se publicó en el BOIB núm. 30, de día 7 de marzo de 2026, y la información y el texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

8. Dentro del plazo establecido a la convocatoria anterior, se presentaron 43 solicitudes de subvención.

9. La Comisión Técnica de Evaluación se reunió, el día 28 de julio de 2026 y en el Acta que se levantó figuran las solicitudes excluidas y admitidas, el orden y la puntuación de los expedientes, una vez aplicados los criterios de valoración detallados al punto 13 de la convocatoria, así como, la propuesta de concesión con el reparto del crédito, de acuerdo con el régimen de concurrencia competitiva y el punto 2 de la convocatoria.

10. El 9 de septiembre de 2026, la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio con la finalidad de poder hacer las operaciones contables relativas a la concesión de las subvenciones resolvió realizar los acrecentamientos y decrecimientos sobres las autorizaciones del gasto derivadas de la aprobación de la convocatoria, en el sentido de las tablas siguientes, de manera que se resolvió aumentar por un importe total de 247.243,84 € (2026) y 576.902,28 € (2027) la aplicación presupuestaria 20.33620.78904 (particulares) con los créditos sobrantes de las aplicaciones presupuestarias 20.33620.72300 (sociedades mercantiles estatales) y 20.33620.77900 (empresas):

Anualidad 2026

Aplicación Importe autorizado 2026 A Importe acrecimiento/decrecimiento
20 33620 72300 100.000,00 € 220260003631 -100.000,00 €
20 33620 77900 300.000,00 € 220260003633 -147.243,84 €
20 33620 78904 300.000,00 €   247.243,84 €

Anualidad 2027

Aplicación Importe autorizado 2027 A Importe acrecimiento/decrecimiento
20 33620 72300 300.000,00 € 220260003635 -300.000,00 €
20 33620 77900 700.000,00 € 220260003637 -276.902,28 €
20 33620 78904 700.000,00 €   576.902,28 €

Asimismo, el resto de los créditos no comprometidos se anularon y revirtieron a las aplicaciones presupuestarias correspondientes.

Anualidad 2026

Aplicación Importe autorizado 2026 A Anular y Revertir
20 33620 76202 200.000,00 € 220260003632 -102.514,41 €
20 33620 77900 300.000,00 € 220260003633 -42.985,73 €

Anualidad 2027

Aplicación Importe autorizado 2027 A Anular y Revertir
20 33620 76202 400.000,00 € 220260003636 -172.533,63 €
20 33620 77900 700.000,00 € 220260003637 -166.966,72 €

11. El 15 de septiembre de 2026, el secretario técnico de Cultura y Patrimonio, como órgano instructor de la convocatoria emitió informe en el sentido que la fase de concesión cumple con la normativa de aplicación y que las personas propuestas, como beneficiarias, en el acta de la Comisión Técnica de Evaluación cumplen con todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones y, específicamente, están al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, así como, de las obligaciones tributarias ante el Consejo Insular de Mallorca.

12. El día 16 de septiembre de 2026, el jefe de servicio Jurídico de Patrimonio emitió el informe jurídico favorable sobre la adjudicación de las subvenciones de la convocatoria de ayudas mencionada.

13. El día 2 de octubre de 2026, la Intervención Delegada (Centro La Misericordia) fiscalizó de conformidad la concesión de las subvenciones. FLP (2026/5520).

Fundamentos de derecho

1. La Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18/02/2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 04/08/2018).

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

4. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB núm. 88, de 07/07/2022.

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. El órgano competente para otorgar las subvenciones es la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura y Patrimonio, conforme al artículo 33.2 k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con lo previsto en el vigente Decreto de la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023, por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 106, de 29/07/2023; BOIB núm. 136, 05/10/2023).

7. De acuerdo con el artículo 8.2 e) de la OGS y la base 18 de la convocatoria, para poder obtener la condición de beneficiario hay que estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Consejo de Mallorca. Examinados todos los expedientes constan los certificados positivos de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Consejo Insular de Mallorca.

8. El procedimiento de concesión previsto al punto 14 de la convocatoria, en relación con el artículo 17.1 de la OGS, es en régimen de concurrencia competitiva de manera que las solicitudes se han valorado de acuerdo con el criterios de valoración definidos al punto 13 de la convocatoria, y se ha establecido un orden de prelación entre ellas. Las subvenciones se han concedido según el orden de puntuación hasta agotar el crédito.

9. La propuesta de aprobación de la concesión de las subvenciones se ajusta a la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, y específicamente, en el previsto en el artículo 27.1 de la misma norma.

10. La propuesta de adjudicación de las subvenciones se adecua a la base 37 de las bases de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del 2026, relativa a los principios generales de la gestión y concesión de subvenciones.

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder las subvenciones dentro de la convocatoria de subvenciones para la restauración de molinos históricos en la isla de Mallorca, plurianual 2026/2027, por dos millones quinientos catorce mil novecientos noventa y nueve euros con cincuenta y un céntimos (2.514.999,51 €), repartidos de la manera siguiente:

Anualidad 2026

  • A cargo de la aplicación presupuestaria 20.33620.76202, el importe de 97.485,59 €
  • A cargo de la aplicación presupuestaria 20.33620.77900, el importe de 109.770,43 €.
  • A cargo de la aplicación presupuestaria 20.33620.78904, el importe de 547.243,84 €.
 

Anualidad 2027

  • A cargo de la aplicación presupuestaria 20.33620.76202, el importe de 227.466,37 €
  • A cargo de la aplicación presupuestaria 20.33620.77900, el importe de 256.131,00 €.
  • A cargo de la aplicación presupuestaria 20.33620.78904, el importe de 1.276.902,28 €.

2. Adjudicar y disponer un gasto total, por un importe de dos millones quinientos catorce mil novecientos noventa y nueve euros con cincuenta y un céntimos (2.514.999,51 €), a cargo de las aplicaciones presupuestarias que se imputarán a los beneficiarios por los importes siguientes:

- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76202 destinada a ayuntamientos:

Exp. SEGEX Solicitante / NIF Proyecto Puntos Presupuesto Importe subvencionable Concedido anualidad 2026 Concedido anualidad 2027
38 1495654Y Aj. Banyalbufar P0700700H Molinos de Cala Banyalbufar 14 32.411,06 € 24.308,30 € 7.292,49 € 17.015,81 €
11 1492719X Aj. Puigpunyent P0704500H Molino d'en Soler 11 166.941,81 € 125.206,36 € 37.561,91 € 87.644,45 €
16 1493413K Aj. Llubí P0703000J Molino d'en Suau 11 44.337,40 € 33.253,05 € 9.975,91 € 23.277,14 €
20 1494977H Aj. Lloseta P0702900B Molino de Can Seda 10 123.423,52 € 92.567,64 € 27.770,29 € 64.797,35 €
4 1475616R Aj. Son Servera P0706200C Molino des Germans 8 66.155,49 € 49.616,61 € 14.884,99 € 34.731,62 €
        433.269,28 € 324.951,96 € 97.485,59 € 227.466,37 €

- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 77900 destinada a empresas:

Exp. SEGEX Solicitante / NIF Proyecto Puntos Presupuesto Importe subvencionable Concedido anualidad 2026 Concedido anualidad 2027
36 1495604D Sonfedes SL B07507502 Molino d'es Pagos 12 41.609,00 € 31.206,75 € 9.362,03 € 21.844,72 €
5 1476013T Su casa que tú quieres S.L. B57348740 Molino des Cos 10 46.465,84 € 34.849,38 € 10.454,81 € 24.394,57 €
25 1495077X ARRENDAMIENTOS TURÍSTICOS AMESES, S.L. B07607724 Molino de sa Farinera 9 164.620,74 € 123.465,56 € 37.039,67 € 86.425,89 €
13 1493000M Inversiones Montuïri S.L. B07439474 Molino Son Pou de sa Majorala o Son Pou Vell 8 161.697,00 € 121.272,75 € 36.381,82 € 84.890,93 €
2 1468501K Ses Fontanelles S.A. A07020753 Molino del Hotel del Cid 8 73.475,99 € 55.106,99 € 16.532,10 € 38.574,89 €
        487.868,57 € 365.901,43 € 109.770,43 € 256.131,00 €
 

​​​​​​​- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78904, destinada a particulares:

Exp. SEGEX Solicitante / NIF Proyecto Puntos Presupuesto Importe subvencionable Concedido anualidad 2026 Concedido anualidad 2027
8 1491768A Marisa Alexandra Vicens Seguí ***0919** Molino de Son Gual 13 111.023,61 € 83.267,71 € 24.980,31 € 58.287,40 €
33 1495539N Genovart Riutort, Joan 50 % - ***9117**
Genovart Riutort, Bárbara 25 % - ***1262**
Genovart Riutort, Jaume 25 % - ***7835**
Molino del Marinero 13 189.803,76 € 142.352,83 € 21.352,93 €
10.676,46 €
10.676,46 €
49.823,50 €
24.911,74 €
24.911,74 €
23 1495026A Ana Maria Bauza Servera ***6659** Molino des Velar de sa Torre 13 100.978,60 € 75.733,95 € 22.720,18 € 53.013,77 €
14 1493369Z Antoni Ferragut Gomila ***9081** Molino de Can Moreu 11 248.486,97 € 150.000,00 € 45.000,00 € 105.000,00 €
10 1492295H José España Pascual de Quinto ***4593** Molino de la finca Defla 11 184.358,56 € 131.984,35 € 39.595,31 € 92.389,04 €
3 1470600A Jaime Eduardo Bonet de la Presa ***4921** Molino des Deuma 11 91.190,99 € 68.393,24 € 20.517,97 € 47.875,27 €
12 1492789T José Bergas Pujadas ***2596** Molino d'en Pep Gomila 11 173.541,80 € 130.156,35 € 39.046,91 € 91.109,44 €
7 1489463Z Maria Pujol Rigo ***9600** Molino de Can Picapebre 10 33.224,87 € 24.918,65 € 7.475,59 € 17.443,06 €
40 1495806J Mas Pou, Miguel ***8456** Molinos de s'Hostal des Pla 10 66.107,94 € 49.580,95 € 14.874,29 € 34.706,66 €
29 1495464J Mascaro Mascaro Francisca ***8862** Molino del cami des Palmer (d'en Montserra) 9 15.302,87 € 11.477,15 € 3.443,15 € 8.034,00 €
30 1495487Q Cladera Crespí, Antoni 70 % - ***1176**
Mir Serra, Francisca Maria 30 % - ***1478**
Molino del Camp de Ca 9 45.187,64 € 33.890,73 € 7.117,05 €
3.050,17 €
16.606,46 €
7.117,05 €
27 1495202W Lladó Grimalt, Gabriela ***0689** Molino Negre 9 327.933,39 € 150.000,00 € 45.000,00 € 105.000,00 €
43 1495900P Perello Serra, Lorenzo ***6697** Molino d'en Llorenç Butxet 9 73.395,31 € 55.046,48 € 16.513,94 € 38.532,54 €
34 1495566A Fundación Mossen Bartomeu Oliver y Amengual de
Sencelles
***7258**
Molino de s'Hort des Capità 9 107.158,68 € 80.369,01 € 24.110,70 € 56.258,31 €
24 1495053N Francisca Serra Pizà ***7509** Molino de Can Nicolau 9 82.481,22 € 61.860,92 € 18.558,27 € 43.302,65 €
22 1495011E Julián Panades Pizà ***6689** Molino de Son Mallol 9 147.913,06 € 110.934,80 € 33.280,44 € 77.654,36 €
31 1495503N Portillos Sastre, Isabel ***1740** Molino americà (Son Serra) 8 51.189,80 € 38.392,35 € 11.517,71 € 26.874,64 €
42 1495885T Perello Serra, Lorenzo ***6697** Molino de Cas Rafaloto 8 47.289,33 € 35.467,00 € 10.640,10 € 24.826,90 €
32 1495517H Caimari Llull, Antonio ***2024** Molino de sa Torre 8 51.928,30 € 38.946,23 € 11.683,87 € 27.262,36 €
18 1494084R Pedrona Serra Serra ***3472** Molino de Can Castell 8 77.913,23 € 58.434,92 € 17.530,48 € 40.904,44 €
35 1495584A Franch Serra, Pere ***9498** Molino de Son Morei 8 208.785,71 € 150.000,00 € 45.000,00 € 105.000,00 €
39 1495783C Munar Vallespir, Magdalena 33 %
***6797**

Munar Vallespir, Joan 33 % ***1352**

Munar Vallespir, Aina 33 % ***1626**
Molino del polígono 12, parcela 470 (Muro) 8 80.586,00 € 60.439,50 € 6.043,95 €
6.043,95 €
6.043,95 €
14.102,55 €
14.102,55 €
14.102,55 €
41 1495815X Carbonell Ramis, Àgeda María ***0615** Molino de Son Mieres 8 51.696,64 € 38.772,48 € 11.631,74 € 27.140,74 €
21 1494991C Montserrat Soler Soler ***7837** Molino de Son Garreta 8 30.211,28 € 22.658,46 € 6.797,54 € 15.860,92 €
28 1495450P Moya Juan, Pedro 50 %
***2817**
Morro Fullana, Catalina
50 %
***1017**
Molino de Son Ribas 8 28.090,76 € 21.068,06 € 3.160,21 €
3.160,21 €
7.373,82 €
7.373,82 €
        2.625.780,32 € 1.824.146,12 € 547.243,84 € 1.276.902,28 €

Los motivos que justifican la merma de las cuantías a subvencionar son las detalladas a continuación y, además, los beneficiarios deben tener en cuenta las observaciones siguientes:

Exp. 2. Nombre solicitante: SES FONTANELLES S.A:

Hay que recordar que únicamente se pueden restaurar los elementos de la maquinaria en mal estado y que no son recuperables.

Exp. 3. Nombre solicitante: Jaime Eduardo Bonet de la Presa

Dado que se le comunicaron las actuaciones que no eran subvencionables (la demolición del edificio situado encima de la plataforma o azotea del molino) y no se ha rectificado el proyecto ni tampoco se ha presentado el presupuesto actualizado. Por lo tanto, se ha aminorado del presupuesto del proyecto, 15.552,75 € con IVA correspondientes a las demoliciones. El presupuesto del proyecto definitivo es 91.190,99 € con IVA. El importe subvencionable es 68.393,24 € con IVA.

También hay que recordar que las actuaciones descritas en el informe técnico de la Dirección Insular de Patrimonio de fecha de 6 de octubre de 2025, se han de incorporar al proyecto de restauración.

Exp. 5. Nombre solicitante: Sa casa que tu vols S.L.

En relación a la obra, hay que indicar que se han mencionado los requerimientos solicitados, pero el presupuesto y la cantidad que solicita no son correctos. Visto eso, del presupuesto presentado se ha quitado el capítulo 3 “Reconstrucción de bóvedas de 44.755,00 €, por lo que el presupuesto del proyecto tiene que ser de 46.465,84 € sin IVA. El importe subvencionable es de 34.849,38 € sin IVA.

 

​​​​​​​Exp. 12. Nombre solicitante: José Bergas Pujadas

Una vez subsanado lo que se le requirió, pero no se presentó el presupuesto actualizado, se han hecho las siguientes rectificaciones:

  • Capítulo 6, se ha restado la puerta del pajar no subvencionable.
  • Aunque se dice que no se incluye, se ha incluido la partida de publicidad y difusión, también se ha restado.
  • El presupuesto del camión grúa, no se ha restado, aunque habitualmente está incluido en el presupuesto de la maquinaria.
  • No se ha presentado presupuesto de la maquinaria

En el presupuesto de obra en el capítulo 6. Carpintería, se incluye una puerta para el pajar, este artículo no es subvencionable, por lo tanto, el presupuesto del proyecto tiene que ser de 173.541,80 € con IVA; y el importe subvencionable 130.156,35 € con IVA.

Exp. 13. Nombre solicitante: Inversiones Montuïri S.L

En el anexo 1 adjunto a la solicitud inicial, indica que: Presupuesto del proyecto: 213.142,00 € Cantidad que se solicita: 213.142,00 € / recupera el IVA. Con respecto a los requerimientos, no queda suficientemente demostrada la existencia de un lavadero al lado de la torre del molino; por lo tanto, la Comisión de Evaluación, considera que el gasto correspondiente a la construcción de un nuevo lavadero, no es subvencionable. Así pues, se resta del presupuesto de ejecución de material de reparación, las partidas núm. 2 (5.575,00 € sin IVA) y núm. 3 (43.870,00 € sin IVA). Realizada la rectificación el total del presupuesto del proyecto es de 161.697,00 € sin IVA. Importe subvencionable: 121.272,75 € sin IVA.

Exp. 14. Nombre solicitante: Antoni Ferragut Gomila

La suma de los presupuestos presentados es de 220.633.87 € sin IVA (58.568,00 € maquinaria, 133.887,35 € obra, 28.177,52 € coste orientativo de la redacción y dirección del proyecto técnico de restauración, así como de la memoria final).

Además, del presupuesto de obra hay que restar 15.272,73 € correspondientes a la retirada del fibrocemento, acción no subvencionable.

Tampoco es subvencionable, el presupuesto de 300 € sin IVA (confeccionar el presupuesto de reparar el molino) presentado adjunto con las subsanaciones de los requerimientos.

Por lo tanto, el presupuesto del proyecto tiene que ser de 205.361,14 € sin IVA (248.486,97 € con IVA) Importe subvencionable: 150.000 € con IVA.

Exp. 21. Nombre solicitante: Montserrat Soler Soler

En las subsanaciones de los requerimientos no se resta del presupuesto la partida no subvencionable de 1.800 € IVA no incluido, correspondiente a la colocación de la tela antihierba y la grava, en torno a la torre y el lavadero; por lo tanto, el presupuesto del proyecto tiene que ser de 24.968,00 € sin IVA / 30.211,28 € IVA incluido.

Importe subvencionable: 22.658,46 € con IVA.

Es condición de la Comisión de Evaluación para otorgar la subvención, que la maquinaria conservada quede en el lugar original, y que no sea depositada en ningún museo u otro lugar.

 

​​​​​​​Exp. 25. Nombre solicitante: Angel Mercé Caldés

No ha quedado suficientemente demostrado que la cueva de la que habla el anteproyecto, sea realmente la mina del pozo del molino. Por tanto, únicamente serán subvencionables las actuaciones permitidas en la mina del molino, no en la cueva.

Exp. 27. Nombre solicitante: Gabriela Lladó Grimalt

Ha subsanado los requerimientos formulados, y queda del presupuesto inicial una cantidad que se corresponde con la restauración de la bóveda de la base del molino, la chimenea y la cisterna, que no son subvencionables. No presenta un anexo 1 rectificado, pero el presupuesto adjunto es de 327.933,39 € con IVA. Este presupuesto es inferior al indicado al anexo 1 presentado a la solicitud inicial, en el cual, también hace constar que no recupera ni compensa el IVA. Importe subvencionable: 150.000 € con IVA.

Exp. 31. Nombre solicitante: Isabel Portells Sastre

Presenta el presupuesto rectificado, pero no presenta Anexo 1 rectificado. Aun así, el presupuesto del proyecto es de 51.189,80 € IVA incluido; por lo tanto, el importe subvencionable es de 38.392,35 € IVA incluido.

Hay que recordar, que no son subvencionables la instalación de luz u otros elementos eléctricos, así como la instalación de agua.

Exp. 33. Nombre solicitante: Joan Genovard Riutort

  • Por lo que respecta al muro de contención, hace falta ampliar su descripción y dibujarlo sobre el plano. No está del todo claro que forme parte del conjunto, por lo tanto, no se puede afirmar que sea una actuación subvencionable. Hechas las subsanaciones, se concluye que este muro no forma parte del conjunto original, por lo tanto, no es subvencionable. Consecuentemente hay que restarlo del presupuesto.
  • Hay que evitar el uso de vigas de madera laminada, en todos los casos se usarán vigas de madera maciza. En el anteproyecto rectificado, se sustituyen las vigas de madera laminada del porche por vigas de madera maciza, pero también hay que hacer lo mismo con las vigas de los diferentes techos de la torre del molino.
  • La construcción del pavimento exterior, no es subvencionable. Se rectifica en el anteproyecto, pero no se resta del presupuesto. Así pues, hemos restado del presupuesto del anteproyecto las partidas no subvencionables: 1.5 (16.286,85 € sin IVA) y 2.10 (10.500,00 € sin IVA). El presupuesto del anteproyecto tiene que ser de 189.803,77 € con IVA y el importe subvencionable: 142.352,83 € con IVA / No compensa ni recupera el IVA.

Exp. 40. Nombre solicitante: Miguel Mas Pou

En el Anexo 1 adjunto a la solicitud inicial, indica que el presupuesto del proyecto era de 72.332,14 € IVA incluido, y solicita la cantidad de 54.259,10 € IVA incluido / no recupera ni compensa el IVA.

Una vez realizadas las subsanaciones solicitadas al anteproyecto y al presupuesto, el total de este es de 66.107,94 € IVA incluido. No ha presentado Anexo I rectificado. El importe subvencionable es de 49.580,95 € IVA incluido.

Exp. 41. Nombre solicitante: Águeda María Carbonell Ramis

La Comisión de Evaluación remarca que esta subvención está condicionada a que la maquinaria de este molino se conserve en su lugar original.

Exp. 42. Nombre solicitante: Lorenzo Perelló Serra

La Comisión de Evaluación insiste en la necesidad de usar el material tradicional para la restauración del lavadero; así como la no autorización de instalaciones de nuevos equipamientos que proporcionen a este lavadero un uso diferente del que tiene.

3. Tener por desistidos, de acuerdo con la base 10.3 de la convocatoria y de conformidad con el artículo 20.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca y el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los siguientes expedientes:

  • Exp. 6 Gallego Conesa, Ruben: Proyecto de reforma y rehabilitación molino extracción de agua Centro Hípico La Paz en la carretera Militar, 52, polígono 54, parcela 88 (Es Pil·larí). Palma.
  • Exp. 9 Garí Orell, Antonia: Proyecto de restauración del molino del camino de ses colònies, en el polígono 2, parcela 150 (Colonia de Sant Jordi) en ses Salines
  • Exp. 15 Aguiló Serra, Margarita Victoria: Proyecto Bell Molí de la calle Guasp, 87 de Palma.
  • Exp. 19 Excavaciones y demoliciones Medina SL - Proyecto restauración Molino de Son Coll en el polígono 35, parcela 33 de Palma.
  • Exp. 26 Sitjar Valls, Antonia - Proyecto restauración Molino de Son Rengo en el polígono 12, parcela 246 de Palma.
  • Exp. 37 Ayuntamiento de Porreres - Restauración del Molino des Pont.

4. Excluir por no presentar ningún proyecto de restauración requerido en la base 9.2 B) de la convocatoria, sobre la documentación específica que hay que aportar, los siguientes expedientes:

  • Exp. 1 Navio Piñero, Manuel: restauración de dos molinos de viento para la extracción de agua ubicados en s'Hort de Son Sunyer, en el camino Muntanya (Pla de San Jordi). Palma.
  • Exp. 17 Fornes Cerdó, Martí Joan: Proyecto restauración Molino de Son San Joan, en el polígono 12, parcela 602 de Muro.

5. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Iles Balears.

Se adjuntan las tablas de puntuación de acuerdo con los criterios de evaluación del punto 10 de la convocatoria que forma parte integrante de la presente resolución.

Ayuntamientos

Exp NIF Proyecto Solicitante Estado protección Valoración histórica Valoración técnica Valoración paisajística Valoración entorno Valoración proyecto Total
38 P0700700H Molinos de Cala Banyalbufar Ayuntamiento de Banyalbufar 2 4 3 1 2 2 14
11 P0704500H Molino d'en Soler Ayuntamiento de Puigpunyent 1 1 3 2 2 2 11
16 P0703000J Molino d'en Suau Ayuntamiento de Llubí 1 2 1 3 2 2 11
20 P0702900B Molino de Can Seda Ayuntamiento de Lloseta 0 1 3 3 1 2 10
4 P0706200C Molino des Germans Ayuntamiento de Son Servera 1 1 1 2 1 2 8
37 P0704300C Molino des Pont Ayuntamiento de Porreres No subsana           0
 

​​​​​​​Empresas

Exp NIF Proyecto Solicitante Estado protección Valoración histórica Valoración técnica Valoración paisajística Valoración entorno Valoración proyecto Total
36 B07507502 Molino d'es Pagos Sonfedes SL 1 1 3 3 2 2 12
5 B57348740 Molino des Cos Sa casa que tu vols S.L. 1 2 1 2 2 2 10
25 B07607724 Molino de sa Farinera ARRENDAMIENTOS TURÍSTICOS AMESES, S.L. 1 1 1 3 1 2 9
2 A07020753 Molino de l'Hotel del Cid SES FONTANELLES S.A. 1 1 1 2 1 2 8
13 B07439474 Molino Son Pou de sa Majorala o Son Pou Vell Inversiones Montuïri S.L. 0 1 1 2 2 2 8
19 B07627573 Molino de Son Coll Excavaciones y demoliciones Medina SL              

Particulares

Exp NIF Proyecto Solicitante Estado protección Valoración histórica Valoración técnica Valoración paisajística Valoración entorno Valoración proyecto Total
8 ***0919** Molino de Son Gual Marisa Alexandra Vicens Seguí 1 1 4 3 2 2 13
33 ***9117**
***1262**
***7835**
***0758**
Molino del Marinero Genovart Riutort, Joan 50 %
enovart Riutort, Bárbara 25 %
enovart Riutort, Jaume 25 %
enovart Riutort, Josep
1 2 3 3 2 2 13
23 ***6659** Molino des Velar de sa Torre Ana Maria Bauza Servera 1 2 3 3 2 2 13
14 ***9081** Molino de Can Moreu Antoni Ferragut Gomila 1 2 3 2 1 2 11
10 ***4593** Molino de la finca Defla José España Pascual de Quinto 1 1 3 2 2 2 11
3 ***4921** Molino des Deuma Jaime Eduardo Bonet de la Presa 1 2 1 3 2 2 11
12 ***2596** Molino d'en Pep Gomila José Bergas Pujadas 1 2 3 2 1 2 11
7 ***9600** Molino de Can Picapebre Maria Pujol Rigo 1 2 1 2 2 2 10
40 ***8456** Molinos de s'Hostal des Pla Mas Pou, Miguel 1 1 1 3 2 2 10
29 ***8862** Molino del camí des Palmer (d'en Montserrat) Mascaro Mascaro Francisca 0 2 1 2 2 2 9
30 ***1176**

***1478**
Molino del Camp de Ca Cladera Crespí, Antoni 70 %
ir Serra, Francisca Maria 30 %
1 1 1 2 2 2 9
27 ***0689** Molí Negre Lladó Grimalt, Gabriela 0 2 1 2 2 2 9
43 ***6697** Molino d'en Llorenç Butxet Perello Serra, Lorenzo 1 1 1 2 2 2 9
34 ***7258** Molino de s'Hort des Capità Fundación Mossen Bartomeu Oliver i Amengual de
Sencelles
1 1 1 2 2 2 9
24 ***7509** Molino de Can Nicolau Francisca Serra Pizà 1 1 1 2 2 2 9
22 ***6689** Molí de Son Mallol Julián Panades Pizà 1 1 1 2 2 2 9
31 ***1740** Molino americà (Son Serra) Portells Sastre, Isabel 1 1 2 1 1 2 8
42 ***6697** Molino de Cas Rafaloto Perello Serra, Lorenzo 1 1 1 2 1 2 8
32 ***2024** Molino de sa Torre Caimari Llull, Antonio 1 1 1 2 1 2 8
18 ***3472** Molino de Can Castell Pedrona Serra Serra 1 1 1 2 1 2 8
35 ***9498** Molino de Son Morei Franch Serra, Pere 1 1 1 1 2 2 8
39 ***6797**
***1352**

***1626**
Molino del polígono 12, parcela 470 (Muro) Munar Vallespir, Magdalena 1/3
Munar Vallespir, Joan 1/3
Munar Vallespir, Aina 1/3
1 1 1 2 1 2 8
41 ***0615** Molino de Son Mieres Carbonell Ramis, Àgeda María 1 1 1 2 1 2 8
21 ***7837** Molino de Son Garreta Montserrat Soler Soler 0 1 1 2 2 2 8
28 ***2817**

***1017**
Molino de Son Ribas Moya Juan, Pedro 50 %
orro Fullana, Catalina 50 %
0 1 1 2 2 2 8
26 ***0090** Molino de Son Rengo Sitjar Valls, Antonia             0
1 ***4791** Molinos de s'Hort de Son Sunyer NAVIO PIÑERO MANUEL No aportan nada           0
6 ***9263** Molino Centro Hípico La Paz Ruben Gallego Conesa No subsanan           0
9 ***8510** Molino del camí de Ses Colònies Garí Orell, Antònia             0
15 ***1012** Molino del Polígono 39, parcela 59 (Palma) Aguiló Serra, Margarita Victoria             0
17 ***6913** Molino del polígono 12, parcela 602 (Muro) Fornes Cerdó, Martí Joan No aportan nada           0

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si acaso, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de octubre de 2026)

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antonia Roca Bellinfante