Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 741356
Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa, por la que se conceden y se adjudican los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026
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En fecha 2 de octubre de 2026, la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. La educación es la principal riqueza y el recurso básico de un país y de sus ciudadanos. Las sociedades actuales dan gran importancia a la educación que reciben los niños, puesto que es el medio más adecuado para desarrollar las capacidades, definir la personalidad, configurar la comprensión de la realidad y conformar la propia identidad.
2. Uno de los principios en los que se basa la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es proporcionar un sistema educativo de calidad y equidad que garantice la igualdad de oportunidades y la posibilidad de que cada alumno desarrolle el máximo de sus potencialidades. Es responsabilidad de los poderes públicos favorecer las condiciones que permitan al alumno el pleno desarrollo personal y profesional, como también la participación efectiva en los procesos sociales, culturales y económicos de transformación.
3. El artículo 17.1 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB n.º 38, de 17 de marzo) establece que el bachillerato tiene por finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia, además de capacitarlos para acceder a la educación superior o a la vida profesional.
4. El artículo 51.1.c) de la Ley mencionada indica que es un derecho y libertad del alumnado en el ámbito educativo la formación integral que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.
5. Así mismo, el artículo 123.3.d) de esta misma Ley determina que el currículum de las áreas y materias que conforman las enseñanzas que se imparten, como también cualquier otra actividad que se encamine a la consecución de los fines de la educación en el sistema educativo de las Illes Balears, debe orientarse hacia la educación en la responsabilidad individual y colectiva, y en el mérito y el esfuerzo personal.
6. Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 1/2022, de 8 de marzo, la Consejería de Educación y Universidades emprende actuaciones para dar reconocimiento oficial al mérito y al esfuerzo de los alumnos que demuestran una especial dedicación a los estudios, que se concretan en la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026.
7. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 11 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026) se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026.
8. La condición tercera de la convocatoria indica que se pueden conceder un máximo de seis Premios Extraordinarios de Bachillerato y que los ganadores pueden percibir una subvención de ochocientos euros con cargo a la partida presupuestaria 13901/421B01/48000/00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears vigentes para el año 2026.
9. La condición décima de la convocatoria establece el procedimiento y la estructura de la prueba que deben realizar los alumnos que quieran optar a obtener uno de los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2025-2026. Así mismo, las condiciones undécima y duodécima indican los criterios de evaluación y calificación de la prueba. Además, la condición duodécima determina que se otorgan los Premios Extraordinarios de Bachillerato a los seis alumnos con una puntuación más alta, siempre que esta sea igual o superior a 8 puntos y establece los criterios de desempate.
10. En fecha 14 de julio de 2026 (BOIB n.º 88) se publica la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 10 de julio de 2026 de modificación de la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026 para subsanar el hecho de que la Resolución original no hace mención a alegaciones ni a ninguna lista provisional. La modificación no hace necesario retrotraer el procedimiento al momento inicial del proceso ni repetir los exámenes dado que la modificación que se propone no perjudica los derechos de los interesados ni invalida las pruebas ya realizadas.
11. De acuerdo con la condición decimosexta de la convocatoria, día 16 de julio de 2026 se publicó la Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa por la que se hace pública la lista provisional de alumnos que han obtenido el premio Extraordinario de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026.
12. Así mismo, y de acuerdo con la misma condición, día 28 de julio de 2026 se publicó la Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa por la que se hace pública la lista definitiva de alumnos que han obtenido el premio Extraordinario de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026.
13. De acuerdo con la condición decimoséptima de la convocatoria, los alumnos que han obtenido el premio Extraordinario de Bachillerato pueden pedir la subvención a la cual tienen derecho formalizando la solicitud, que contiene las declaraciones responsables a las cuales hace referencia el artículo 5.6.c) de la Orden 20/2025, de 9 de julio, del consejero de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de Educación y Universidades.
14. Dado que los premios tienen carácter de subvención, la condición decimoséptima de la convocatoria indica que los beneficiarios no pueden concurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
15. De acuerdo con la condición tercera del anexo de Resolución de la convocatoria, la cantidad presupuestada es de 4.800 euros, con cargo a la partida presupuestaria 13901 421B01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears vigentes para el año 2026.
16. En la condición vigesimotercera de la convocatoria se señala que la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa es el órgano instructor del procedimiento y de llevar a cabo las actuaciones necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos en virtud de las cuales debe dictarse la resolución correspondiente en el marco del artículo 16 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
17. Los alumnos premiados, que se detallan a continuación, han cumplido los trámites previstos en la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 11 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026) por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026. Las solicitudes presentadas por los alumnos que han cumplido los trámites previstos obren en el expediente administrativo correspondiente que custodia el Servicio de Ordenación Educativa de la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa.
| Alumno | DNI | |
|---|---|---|
| 1 | Teresa Comellas Camps | 41***851D |
| 2 | Jairo Payeras Cano | 45***079T |
| 3 | Luis Kayling Vidal Lu | 45***003V |
| 4 | Alicia Mata Fernández | 46***247F |
| 5 | Lucía Martínez Gil | 45***126S |
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
2. Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Baleares.
3. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
5. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
6. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
7. La Orden 20/2025, de 9 de julio, del consejero de Educación y Universidades por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y universidades (BOIB n.º 89, de 12 de julio de 2025).
8. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2024-2026 (BOIB n.º 52, de 20 de abril).
9. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 11 de mayo de 2026 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026, publicada al BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026.
10. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 10 de julio de 2026 de modificación de la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026, publicada al BOIB n.º 88, de 14 de julio.
11. La Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa por la que se hace pública la lista provisional de alumnos que han obtenido el premio Extraordinario de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026.
12. La Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa por la cual se hace pública la lista definitiva de alumnos que han obtenido el premio Extraordinario de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026.
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Educación y Universidades que dicte una Resolución en los siguientes términos:
1. Conceder y adjudicar la cantidad de 800 euros (ochocientos euros) en concepto de Premio Extraordinario de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2025-2026, que suman un total de 4.000 euros (cuatro mil euros), a los siguientes alumnos:
| Alumno | DNI | |
|---|---|---|
| 1 | Teresa Comellas Camps | 41***851D |
| 2 | Jairo Payeras Cano | 45***079T |
| 3 | Luis Kayling Vidal Lu | 45***003V |
| 4 | Alicia Mata Fernández | 46***247F |
| 5 | Lucía Martínez Gil | 45***126S |
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web de la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa.
Por todo ello, dicto la siguiente,
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 6 de octubre de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany
La directora general proponiendo Maria Isabel Salas Sánchez