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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 735450
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se deniegan las subvenciones para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco del Factor de Insularidad de las Islas Baleares (FACTOR 2026)

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Texto

Hechos

1. El 2 de julio de 2026, en el BOIB núm. 83, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco de Factor de Insularidad de las Islas Baleares (FACTOR 2026).

2. Las personas que figuran en el anexo de Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.

3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el punto décimo de la Resolución citada, han informado desfavorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, con la motivación que también figura en él.

4. El 14 de agosto de 2026, se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se deniegan las subvenciones para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco de Factor de Insularidad de las Islas Baleares (FACTOR 2026) (BOIB núm. 104, de 20 de agosto de 2026).

5. En fecha 08/09/2026, Miquel Nebot Andreu, titular del expediente FACTOR26-106/2026, presentó un escrito de alegaciones a la Propuesta provisional indicada en el punto 4, mediante el cual solicitaba la aprobación del expediente FACTOR26-106/2026 y la revocación del expediente FACTOR26-21/2026, ambos del mismo titular.

Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, una vez revisada, en fecha 17/09/2026, la documentación aportada con el escrito de alegaciones y el resto de documentación que integra el expediente, comprobaron que al solicitante no se le requirió que, en el plazo de diez días hábiles, subsanase la falta o aportase los documentos preceptivos, con la indicación que, si no lo hacía, se le tendría por desistido de la su solicitud, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo eso, se informa favorablemente la alegación presentada y se propone la aprobación del expediente FACTOR26-106/2026 y la denegación del expediente FACTOR26-21/2026.

6. Se ha agotado el plazo de diez días que se concedía para presentar alegaciones.

 

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

5. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga dentro del marco de Factor de Insularidad de las Islas Baleares (BOIB núm. 83, de 2 de julio).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar la concesión de una subvención para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga en el marco de Factor de Insularidad de las Illes Balears a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con la motivación que también figura en él.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 125 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de septiembre de 2026)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)

 

ANEXO Lista de beneficiarios a que se les deniega la subvención para el fomento de inversiones en energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga en el marco del Factor de Insularidad de las Illes Balears (FACTOR 2026)

Número Expediente Fecha registro entrada Beneficiario NIF Tipo de inversión Motivo de denegación
1 FACTOR26-108/2026 09/07/2026 JUAN ALCOVER RIPOLL ***4923** Programa 2. Instalación generación térmica renovable 9kWt. Porcentaje ayuda aplicado: 70 %. Ayuda omplementaria nuevos sistemas distribución. Apartado 3 punto octavo. En el caso de los beneficiarios indicados en el apartado 2.1 de esta convocatoria englobados en la letra a) solo pueden presentar una solicitud para cada programa de actuación.

Total de expedientes: 1

Primer beneficiario: ALCOVER RIPOLL, JUAN

Último beneficiario: ALCOVER RIPOLL, JUAN