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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 731032
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de octubre de 2026 por la que se otorga la validación de la modificación del proyecto ITS2023-044 – Promoción de 53 viviendas de protección pública, del Instituto Balear de la Vivienda, con cargo al Plan Anual 2023 del impuesto de turismo sostenible

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Texto

El artículo 19 de la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible, crea el Fondo para favorecer el turismo sostenible, que se nutre de la recaudación total de este impuesto. De acuerdo con el apartado 3 del citado artículo, y con la redacción dada por el Decreto Ley 4/2025, de 11 de abril de 2025, contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta y para la calidad turística (BOIB núm. 46, de 15 de abril de 2025), los recursos de este Fondo deben destinarse a financiar, total o parcialmente, inversiones y otros gastos que, en ejecución de los proyectos que se aprueben conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente de la misma Ley, tengan por finalidad las actuaciones que en ella se enumeran.

La Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 18/2018, de 22 de junio, por el que se reorganiza, reestructura y regula la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 4/2022, de 28 de febrero, tiene entre sus finalidades elaborar la estrategia de sostenibilidad como elemento para reducir los impactos de la actividad turística y mejorar el posicionamiento. Y, de acuerdo con el artículo 4.2 del citado Decreto, es la entidad encargada de gestionar el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible.

El apartado sexto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de abril de 2025 deja sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de febrero de 2018 y actualiza las medidas de control interno del Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible (BOIB núm. 52, de 26 de abril de 2025). Asimismo, autoriza a los consejeros competentes en la materia para que dicten las instrucciones necesarias en relación con los aspectos inherentes a la gestión de los recursos que integran el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible, así como los aspectos presupuestarios, contables, de tesorería y de control.

En el BOIB núm. 74, de 12 de junio de 2025, se publica la Instrucción conjunta de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes y de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, de fecha 9 de junio de 2025, por la cual se desarrollan aspectos sobre la tramitación, gestión y procedimiento de control de los expedientes de gasto que se financian con el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible (en adelante ITS).

El apartado 7 de dicha instrucción establece las reglas particulares relativas a la tramitación interna de modificaciones de proyectos y renuncias a la ejecución por parte de los beneficiarios de los proyectos que han obtenido financiación con cargo al impuesto de turismo sostenible. En el apartado 7.1 se establece que, una vez recibida esta documentación, la AETIB aceptará mediante informe esta modificación del proyecto y la elevará, con toda la documentación adecuada, a validación del Consejo de Gobierno; posteriormente, debe darse cuenta en la primera sesión del Pleno del ITS que se celebre.

El Instituto Balear de la Vivienda tiene aprobada una transferencia por un importe de 13.151.862,00 € para la financiación del proyecto ITS2023-044 – Promoción de 53 viviendas de protección pública, con cargo al Plan Anual 2023. El objeto de este proyecto es la construcción de un total de 53 viviendas de protección pública y de 35 alojamientos dotacionales en los siguientes municipios de Mallorca y Menorca.

  • 8HPP Sa Pobla
  • 10 HPP Sencelles (c/ dels molins, s/n)
  • 24 HPP Peguera (c/ Bonavida, 2)
  • 11 HPP Sant Lluís (c/ Bisbe Server, 1) – Menorca
  • 35 AD Alaior (av. Industria, 104) – Menorca

En fechas 3 de julio y 21 de septiembre de 2026, el Instituto Balear de la Vivienda solicitó la modificación del proyecto, presentando el informe favorable de la entidad ejecutora y los informes técnicos donde se explican los aspectos de la modificación y su necesidad. Esta modificación implica reducir el número de viviendas de la promoción de Alaior y cambiar su configuración para adaptarla al cumplimento de la normativa vigente, pasando de una promoción de 35 alojamientos dotacionales (1 vivienda adaptada) de dos dormitorios, a una promoción de 14 viviendas de protección pública. Por tanto, el proyecto pasa a financiar un total de 67 viviendas de protección pública (HPP), derivados de la siguiente distribución:

  • Las 53 viviendas de protección pública inicialmente previstas.
  • Las 14 viviendas de protección pública de la promoción de Alaior.

Asimismo, la modificación permite utilizar el remanente del fondo ITS de la promoción de Alaior en la promoción de 24 viviendas de protección pública de Peguera.

Esta modificación no supone la validación de la distribución de la financiación ITS presentada por la entidad. No obstante, para que un gasto no incluido en la memoria inicial del proyecto sea considerada elegible, se han de cumplir los requisitos y trámites previstos en el Plan anual 2023, la Instrucción de 9 de junio de 2025 y la resolución de aprobación de la transferencia.

La modificación solicitada no altera el importe concedido en la resolución de aprobación de la transferencia.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, en la sesión de 2 de octubre de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Validar la modificación del proyecto ITS2023-044 – Promoción de 53 viviendas de protección pública, del Instituto Balear de la Vivienda, aprobado con cargo al Plan Anual 2023, en relación con la reconfiguración de la promoción de Alaior para pasar de 35 alojamientos dotacionales a 14 viviendas de protección pública, y la utilización del remanente general para la promoción de Alaior, en la promoción de 24 viviendas de Peguera. 

Segundo. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Tercero. Dar cuenta al Pleno de la Comisión del ITS de esta modificación.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de octubre de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo