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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 726589
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos, a propuesta del director del Instituto de Estudios Baleáricos, por la cual se deniegan o se conceden las subvenciones para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2026

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Texto

En fecha de la firma electrónica, el director del Instituto de Estudios Baleáricos ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. En fecha 17 de febrero de 2026 se publicó en el BOIB n.º 22 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2026.

2. El Instituto de Estudios Baleáricos recibió, durante el plazo establecido al efecto en la convocatoria, 26 solicitudes para optar a les subvenciones.

3. Una vez revisadas todas las solicitudes recibidas, el órgano instructor elaboró una lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con la indicación de la causa de exclusión y las deficiencias y carencias detectadas en la documentación presentada. Según lo que establece el punto 11 de la convocatoria, esta lista se publicó el día 7 de julio de 2026 tanto en la Sede Electrónica de la CAIB como en el web www.iebalearics.org.

4. Tal como establece la Resolución de la convocatoria, a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, los interesados dispusieron de un plazo de diez días hábiles para subsanar las deficiencias detectadas.

5. Una vez revisadas las enmiendas presentadas, el día 30 de julio de 2026 el director del Instituto de Estudios Baleáricos dictó la Resolución por la cual se aprobó la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas. Esta Resolución se publicó el mismo día tanto en la Sede Electrónica de la CAIB como en el web www.iebalearics.org.

6. El día 11 de septiembre de 2026 se reunió la Comisión Evaluadora prevista en el punto 14 de la convocatoria, la cual emitió el informe provisional con las personas y las entidades beneficiarias, la puntuación obtenida y el importe adjudicado a cada proyecto.

7. Después de calificar los solicitantes en relación a las criterios establecidas en el punto 12.2 de la convocatoria y de aplicar el porcentaje que consta en el apartado 12.4 de la convocatoria para calcular el importe otorgado a cada beneficiario, se constató que el presupuesto total de la convocatoria (30.000 €) no era suficiente para todos los expedientes que cumplían los requisitos y que tenían la puntuación mínima de 40 puntos necesaria para obtener subvención. Por eso, se aplicó una minoración proporcional del importe otorgable por carencia de crédito para ajustarlo al presupuesto disponible.

8. El informe se publicó el día 14 de septiembre de 2026, tanto en la Sede Electrónica de la CAIB como en el web, y se concedió un plazo de diez días hábiles para que las entidades pudieran formular las alegaciones que consideraran oportunas o, si procede, presentar la renuncia a la propuesta de subvención.

9. El día 28 de septiembre de 2026 finalizó el plazo de presentación de alegaciones al informe provisional. No es presentó ninguno al·legación.

10. Se publicó, en el BOIB, la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2026. Mediante esta Resolución, se amplió el presupuesto de la convocatoria a 31.900 €.

11. Teniendo en cuenta la Resolución de modificación de la convocatoria mencionada anteriormente, se ha llevado a término una nueva distribución de importes entre los solicitantes y los importes otorgables han pasado a otorgados definitivos.

12. De acuerdo con el apartado 15.6 de la convocatoria, a la vista del expediente y de este informe definitivo de la Comisión Evaluadora se formula la presente propuesta de resolución.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

3. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. El Decreto 48/2018, de 21 de diciembre, por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos.

5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. La Orden 40/2024, de 13 de diciembre, del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana.

7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

8. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se convocan subvenciones para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2026.

9. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2026.

Propuesta de resolución

Propongo al presidente del Instituto de Estudios Baleáricos que dicte resolución en los términos siguientes:

1. Aprobar y conceder una subvención a favor de los solicitantes indicados al anexo 1, por los importes indicados en cada caso, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Instituto de Estudios Baleáricos.

2. Autorizar y disponer el gasto a favor de los solicitantes indicados al anexo 1, por los importes indicados en cada caso, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Instituto de Estudios Baleáricos.

3. Denegar una subvención a los solicitantes indicados en el anexo 2, por los motivos indicados en cada caso.

4. Informar que el importe de la subvención se abonará tal como indica el punto 21 de la convocatòria.

5. Comunicar a los beneficiarios que la aceptación de la subvención implica el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el apartado 24 de la convocatoria y todas las que recoge la normativa de subvenciones.

6. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sección Contenciosa-Administrativa del Tribunal de Instancia de Palma, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 30 de septiembre de 2026)

 

El director del Instituto de Estudios Baleáricos

Ignacio Flores Sancenón

(Firmado electrónicamente: 1 de octubre de 2026)

 

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos

Jaime Bauzá Mayol

Documentos adjuntos