Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 723395
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, a propuesta de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la que se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de los despachos 202 y 204 del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, a favor de la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria
Versión PDF
La directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. El 15 de mayo de 1995, el Ayuntamiento de Palma cedió a la Consejería de Salud el edificio del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, mediante la firma de un convenio, por un plazo de noventa y nueve años.
2. En la cláusula quinta de este convenio se autoriza expresamente a la Consejería de Salud a formalizar cesiones de uso gratuitas y temporales de determinadas partes del Casal a otras entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, y se le encomienda el mantenimiento, el funcionamiento y la gestión de los servicios que se deban ubicar en él.
3. El artículo segundo de la Orden de la consejera de Salud de 10 de marzo de 2020 de modificación de la Orden del consejero de Salud de 12 de junio de 2014 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Casal Ernest Lluch, establece que el Casal es un edificio puesto al servicio de entidades sin ánimo de lucro, siempre que sus fines, de acuerdo con los estatutos, sean sociales o culturales directamente relacionados con las competencias de la Consejería de Salud, para facilitarles el ejercicio de sus funciones y tareas.
4. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000002338-0, con referencia catastral 9905710DD6890F0001QH, inscrito en el Registro de la Propiedad n.º 3 de Palma (folio 103, tomo 78, libro 2419, inscripción n.º 2189).
5. En fecha 30 de noviembre de 2025, finalizó la última prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de los despachos 202 y 204, que la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria ocupa desde el año 2000.
6. Desde la finalización de la última prórroga de la cesión de uso y hasta la fecha de presentación de la solicitud de prórroga, la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria ha continuado ocupando y haciendo uso de los despachos 202 y 204 de manera ininterrumpida, con conocimiento de la Consejería de Salud.
7. En fecha 7 de enero de 2026, la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria registró una solicitud de prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de los despachos 202 y 204.
8. En fecha 18 de marzo de 2026, la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria registró la documentación que quedaba por aportar, requerida por la Consejería de Salud el 26 de febrero de 2026, para tramitar el expediente de cesión de uso de los despachos del Casal Ernest Lluch.
9. El 7 de agosto de 2026, la secretaria general de la Consejería de Salud emitió un informe favorable a la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de los despachos 202 y 204 del Casal Ernest Lluch a favor de la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria.
10. En fecha 10 de agosto de 2026, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, con número de identificador de VALIB 498103, un oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud, acompañado de la resolución de la consejera de Salud de 7 de agosto de 2026, mediante la cual se instaba al consejero de Economía, Hacienda e Innovación a iniciar el expediente de prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de los despachos 202 y 204 del Casal Ernest Lluch a favor de la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria hasta el 30 de noviembre de 2030.
11. El 19 de agosto de 2026, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó una resolución de inicio del expediente de prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de los despachos 202 y 204 del Casal Ernest Lluch.
Fundamentos de derecho
1. El convenio de 15 de mayo de 1995 por el que el Ayuntamiento de Palma cede a la Consejería de Salud el edificio del Casal Ernest Lluch, un inmueble ubicado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, y el espacio ubicado en la calle de Can Campaner, 4, de Palma, por un período de noventa y nueve años.
2. Los artículos 63 y 64, en relación con los artículos 87.g) y 88.f), incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 49, de 24 de abril).
3. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 192, de 24 de diciembre).
4. La Orden del consejero de Salud de 12 de junio de 2014 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Casal Ernest Lluch (BOIB n.º 86, de 24 de junio de 2014), modificada por la Orden de la consejera de Salud de 10 de marzo de 2020 (BOIB n.º 56, de 14 de abril).
5. El Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el que se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 103, de 22 de julio).
6. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 89, de 12 de julio).
7. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 91, de 14 de julio).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Economía, Hacienda e Innovación que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de los despachos 202 y 204 del Casal Ernest Lluch, ubicado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, a favor de la Sociedad Balear de Medicina Familiar y Comunitaria.
2. Establecer que la cesión de uso es hasta el 30 de noviembre de 2030.
3. Determinar las siguientes condiciones de cesión:
— La entidad usuaria del Casal debe hacerse cargo de la reposición o reparación de los desperfectos de los materiales, equipamientos o instalaciones del despacho o espacio cedido en uso exclusivo.
― La entidad está sometida al cumplimiento de los deberes que establece la Orden de la consejera de Salud de 10 de marzo de 2020 de modificación de la Orden del consejero de Salud de 12 de junio de 2014 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Casal Ernest Lluch.
― Si el bien y los derechos cedidos no se destinaran al uso previsto en la Orden de la consejera de Salud antes mencionada, se considerará revocada la cesión y revertirá a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
― La Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en cualquier momento anterior al vencimiento de la cesión de uso o de las prórrogas, a instancia de la Consejería de Salud o de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, puede instar la revocación con un preaviso de tres meses.
4. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.
5. Anotar las características de la prórroga de la cesión de uso en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 24 de septiembre de 2026)
El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Antoni Costa Costa
La directora general proponente Susana Fátima Pérez Sánchez