Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 723481
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se nombra funcionario de carrera del cuerpo de ayudante facultativo, escala de infraestructuras, especialidad capataz agrícola de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a la persona aspirante que ha superado, por el turno libre para la isla de Mallorca, las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 13 de mayo de 2025, y se le adjudica un puesto de trabajo
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Antecedentes
1. Mediante Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 13 de mayo de 2025 se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios y el temario de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo de ayudante facultativo, escala de infraestructuras, especialidad capataz agrícola de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 62, de 17 de mayo).
2. En fecha 8 de septiembre se publicó en el BOIB núm. 112 la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 1 de septiembre de 2026 por la que se aprueba la lista de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo de ayudante facultativo, escala de infraestructuras, especialidad capataz agrícola, para la isla de Mallorca, de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se ofrecen los puestos de trabajo.
Una vez que la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo ha presentado la solicitud y se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos, debe ser nombrada personal funcionario de carrera del cuerpo de ayudante facultativo, escala de infraestructuras, especialidad capataz agrícola de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.
5. El artículo 5.2 del anexo del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.
6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y posteriores modificaciones.
7. La base 15 de la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 13 de mayo de 2025 por la que se aprueba la convocatoria, las bases, los ejercicios y el temario de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo de ayudante facultativo, escala de infraestructuras, especialidad capataz agrícola de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo de ayudante facultativo, escala de infraestructuras, especialidad capataz agrícola, para la isla de Mallorca, de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a la siguiente persona:
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OPOSICIONES 2025 CAF Capataz agrícola Mallorca |
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DNI |
Apellidos, nombre |
POSICIÓN |
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***7983* |
GIBERT MARIMON, ANTONIO |
1 |
2, Adjudicar el puesto de trabajo, de acuerdo con lo indicado en el anexo de esta Resolución, a la persona aspirante que ha superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo de ayudante facultativo, escala de infraestructuras, especialidad capataz agrícola, para la isla de Mallorca, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, después de haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con la petición de destino efectuada y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.
La toma de posesión deberá efectuarse en la consejería correspondiente, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público de las comprendidas en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
3. Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la toma de posesión, a fin de que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
4. Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera deberá efectuarse el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ordenamiento vigente, y tomar posesión en el plazo reglamentario.
5. Declarar desistidas de su solicitud por caducidad y excluidas del procedimiento a las personas que no hayan presentado el escrito de elección de los puestos de trabajo ofertados, por orden de preferencia, y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, de acuerdo con la base 14 de la convocatoria.
6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica (www.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 29 de septiembre de 2026)
La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González