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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 716666
Acuerdo de Pleno del 24/09/26, de modificación del art. 46.3 del Convenio colectivo del Personal laboral del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia

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Texto

Expediente: 11776/2026

El Pleno municipal, en sesión de 24 de septiembre de 2026, ha adoptado el siguiente ACUERDO:

PRIMERO. Modificar el artículo 46.3 del Convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, que queda redactado en el sentido siguiente:

Ayudas asistenciales por estudios superiores

El Ayuntamiento concederá en cada ejercicio ayudas por estudios al personal laboral cuando se trate de estudios universitarios, posgrados, másteres, doctorados, módulos de formación profesional de grado superior o estudios superiores equivalentes cursados por el mismo trabajador/a, cónyuge, pareja de hecho o conviviente o hijos naturales o de adopción, de guarda legal o hijos de la pareja conviviente inscrita en el registro de parejas de hecho, que formen parte de la unidad familiar.

Las ayudas por estudios universitarios, posgrados, másteres, doctorados, módulos de formación profesional de grado superior o estudios superiores equivalentes, se abonarán en la cuantía equivalente al coste real de estas (matriculación, asignaturas, derechos de examen, libros de texto, traslados y residencias).

La cuantía máxima de esta ayuda será de 1.200,00 euros anuales por los estudios realizados en la Isla de Ibiza. Por los estudios realizados fuera de la isla de Ibiza se abonarán 600,00 euros anuales adicionales, que corresponderán a los gastos por desplazamientos y vivienda. En el caso de los estudios semi presenciales, la cuantía económica por gastos por desplazamientos y vivienda será de 300,00 euros.

Los estudios a distancia (en línea) se entenderán realizados en la isla de Ibiza.

Respecto de los estudios realizados se tendrán que acreditar los gastos pagados y únicamente se abonarán aquellas justificadas debidamente con el máximo de la cuantía prevista.

En el caso de los estudios realizados fuera de la isla de Ibiza los costes por desplazamientos y vivienda se acreditarán con la matriculación del curso o asignaturas/créditos correspondientes.

Solo se concederá esta ayuda una vez por la misma asignatura/créditos y/o curso.

Para acreditar el seguimiento del curso, será necesario que el trabajador/a presente la matriculación del curso/asignaturas/créditos.

En caso de cambio de universidad/centro de formación y de continuación de los mismos estudios, se tendrá que presentar certificado de la universidad/centro de formación en el cual consten las asignaturas/créditos convalidados con el objetivo de no abonar una misma asignatura/créditos dos veces.

El Ayuntamiento concederá en cada ejercicio ayudas por estudios al personal laboral cuando se trate del Curso de Acceso a la Universidad, cursados por el mismo trabajador/a, cónyuge, pareja de hecho conviviente, inscrita en el registro de parejas de hecho o hijos de estos que formen parte de la unidad familiar, en la misma cuantía que para estudios universitarios en la isla.

En el supuesto que los dos progenitores sean personal de este Ayuntamiento solo se concederá la ayuda objeto de este artículo a uno de ellos.

Estas ayudas se abonarán proporcionalmente al tiempo trabajado durante el año natural.

Estas ayudas se abonarán en el mes siguiente de su solicitud siempre que queden debidamente justificadas.

Estas cuantías se ajustarán al porcentaje de subida que experimente el sueldo en cada momento.

Se someterán a interpretación de la Mesa General de Negociación aquellos casos dudosos.

SEGUNDO. Publicar las modificaciones aprobadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

TERCERO. Esta modificación entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

CUARTO. Notificar el presente acuerdo a la Mesa General de Negociación.

 

(Firmado electrónicamente: 25 de septiembre de 2026)

El alcalde Vicent Roig Tur