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AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 706296
Aprobación inicial de la modificación puntual n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Sant Joan de Labritja – Expediente n.º 619/2023
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El Pleno del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, en sesión celebrada en fecha 24 de septiembre de 2026, acordó aprobar inicialmente la Modificación Puntual n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Sant Joan de Labritja, denominada «Modificación de la calificación de un espacio libre privado a público y a Casco Antiguo 2 en Sant Miquel».
La modificación tiene por objeto, esencialmente, corregir el límite de la calificación CA2 de la parcela catastral 4944906CD6244S0001QO, reordenar parcialmente la parcela 4944905CD6244S0001GO, ampliar la calificación CA2 y obtener, mediante cesión pública y gratuita, un nuevo espacio libre público de 100 m² colindante con el carrer de Missa, en Sant Miquel de Balansat.
De conformidad con el acuerdo adoptado, se somete la Modificación Puntual n.º 9 y la documentación integrante del expediente a información pública durante un plazo de cuarenta y cinco (45) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, durante el cual cualquier persona interesada podrá examinar el expediente y formular las alegaciones, observaciones o sugerencias que estime oportunas.
La documentación completa podrá consultarse durante dicho plazo en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, así como en las dependencias municipales, en los términos establecidos por la normativa aplicable.
Asimismo, de conformidad con el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, la aprobación inicial determina, dentro del ámbito afectado por la modificación, la suspensión de la tramitación y aprobación de planes de desarrollo e instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en aquellos casos en que resulten incompatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado.
La suspensión afecta a la zona comprendida en el ámbito del Estudio de Detalle ED-01SM, en Sant Miquel de Balansat, según la delimitación contenida en la documentación gráfica de la Modificación Puntual n.º 9.
Todo ello sin perjuicio de que puedan otorgarse licencias o presentarse comunicaciones previas basadas en el régimen urbanístico vigente que sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento.
Sant Joan de Labritja, en la fecha de la firma electrónica (24 de septiembre de 2026)
La alcaldesa María Tania Marí Marí