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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 699580
Resolución de la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials aprobando el aumento del importe máximo asignado a la convocatoria de subvenciones a los ayuntamientos, para la gestión y mantenimiento de residencias públicas municipales para personas mayores durante el año 2026

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Texto

Antecedentes

1. Mediante resolución de la presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials (en adelante, IMAS) de 29 de abril de 2026 (nº 10987), se aprobó la convocatoria de ayudas económicas y subvenciones a ayuntamientos, para la gestión y mantenimiento de residencias públicas municipales para persones mayores para el año 2026 (BOIB nº 57, de 5 de mayo de 2026).

2. En esta resolución se autorizó un gasto por un importe total de TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000 €), con cargo a la partida presupuestaria 10.23119.46200 del vigente presupuesto de gastos del IMAS. Sin embargo, se hizo referencia expresa a que este importe máximo tenia carácter de estimado y se podria incrementar en un máximo de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000 €) adicionales, sin necesidad de una nueva convocatoria, siempre i cuando se dieran los supuestos previstos en el artículo 23 de la OGS y existiera crédito suficiente y disponible.

3. El 11 de junio de 2026, el Pleno del Consell de Mallorca aprobó de forma definitiva el expediente nº 15 de modificación de créditos en el presupuesto propio de la corporación del ejercicio de 2026, por crédito extraordinario (CE01/2026) y suplemento de crédito (SUP04/2026). En este expediente, se ha aprobado suplementar el crédito de la aplicación 40.23140.41000 con 15.000.000 €.

El Consejo Ejecutivo adoptó, en sesión ordinaria de fecha 8 de julio de 2026, el acuerdo para autorizar y disponer el gasto correspondiente a una aportación económica extraordinaria del Consell de Mallorca al IMAS, para el año 2026, por un importe de 15.000.000 de euros.

Posteriormente, el presidente del IMAS emitió resolución de aprobación del expediente número 10 de modificación de créditos en el presupuesto del IMAS para el año 2026 para la generación de créditos (GEN 03/2026) el 29 de julio de 2026, donde entre otros figura el presente: TRANSFERENCIAS CORRIENTES A AYUNTAMIENTOS AT. SOCIOSANITARIA para la partida 10.23119.46200 por un importe de 2.000.000 €.

4. Dentro del plazo de presentación de solicitudes, es decir, del 6 de mayo al 6 de junio de 2026, se han presentado 6 y la suma de las cantidades solicitadas alcanza a la cantidad total de CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS Y CUARENTA Y CINCO CENTAVOS (4.783.956,45 €).

5. Como consecuencia de esta circunstancia, el 11 de agosto de 2026, el Jefe del Servicio de Atención Sociosanitaria, emitió una propuesta para aumentar adicionalmente la cantidad máxima que se destina a la convocatoria de ayudas en 2.000.000 € (DOS MILLONES DE EUROS), alcanzando así un total de 5.000.000 €.

6. El Servicio Jurídico-Administrativo y la Intervención Delegada han emitido informes a favor de la propuesta.

Fundamentos del derecho

1. Los estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials (BOIB nº 67, de 18 de mayo de 2019) aprobados por acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019, en especial el establecido en el artículo 2 conforme al cual el Institut Mallorquí d'Afers Socials, como organismo autónomo creado por el Consell de Mallorca, adscrito al Departamento de Derechos Sociales del Consell de Mallorca, es el órganismo que ejerce las competencias atribuidas por cualquier título al Consell de Mallorca en materia de servicios sociales y protección de menores.

2. El órgano competente para aprobar esta Resolución es la Presidencia del IMAS, de conformidad con el artículo 7.2.7 de los Estatutos del IMAS (BOIB nº 67, de 18 de mayo de 2019), donde se recoge que la Presidencia del IMAS tiene competencia para "Aprobar las bases específicas y resolver los procedimientos para ayudas, prestaciones y/o subvenciones".

En relación con el reconocimiento de la obligación, atendiendo que la convocatoria prevé un adelanto del 100%, conforme a la Base 28.2.c de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Consell de Mallorca, para el año 2026, tamién es compretente el presidente del IMAS.

3. Decreto de la Presidencia del Consell de Mallorca por el cual se nombran los miembros del Consejo Ejecutivo de 10 de julio de 2023 (BOIB nº 95, de 11 de julio de 2023) por el cual se nombró al Sr. Guillermo Sánchez Cifre como Consejero Ejecutivo de Bienestar Social.

4. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre Subvenciones Generales ("BOE" n.º 276, de 18 de noviembre).

5. Constituyen las bases reguladoras de esta subvención la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca aprobada en sesión del 23 de diciembre de 2016 (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017), y modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de fecha 14 de junio de 2018 (BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018).

6. El acuerdo del Consejo Ejecutivo del 14 de enero de 2026 que aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2026, que prevé esta subvención.

7. Artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Revisado de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo al acuerdo que aprueba el regimen de fiscalización y intervención limitada previa de los requisitos básicos y toma de razón de ingresos del Consell Insular de Mallorca y sus entidades públicas sujetos a función interventora de fecha 12 de diciembre de 2019, el expediente ha sido sometido a la Intervención delegada del IMAS para la emisión del preceptivo informe de fiscalización previa (BOE n.º 59, de 9 de marzo de 2004).

Por todo ello, en virtud de la competencia atribuïda legalmente,

Resuelvo  

Primero.- AUTORIZAR un gasto adicional por un importe de 2.000.000 €, con cargo a la partida 10.23119.46200 del vigente presupuesto del IMAS, de manera que el importe máximo que se destina a esta convocatoria sea de 5.000.000 €.

Segundo.- PUBLICAR esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en la Base Nacional de Datos de Subvenciones y en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca.

Tercero.- COMUNICAR esta Resolución a la Dirección Insular de Atención Sociosanitaria, a la Intervención Delegada del IMAS y a la Sección Económica.

 

(Firmado electrónicamente: 8 de septiembre de 2026

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS ​​​​​​​Guillermo Sánchez Cifre)