Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 696809
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones por actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025)
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1. El 3 de julio de 2025, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) mediante la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025.
2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta documentación en los expedientes, que se detalla en la tabla siguiente, y que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado séptimo de la resolución de la convocatoria de referencia.
3. Cabe indicar que, en el caso de la subsanación de deficiencias, la fecha de presentación de la documentación de la subsanación es la que establece el orden para resolver el expediente, y, en el caso de la presentación de la aclaración, es la fecha de registro de la solicitud la que determina el orden de prelación.
| Expediente | Solicitante | NIF | Anomalías | Observaciones |
|---|---|---|---|---|
| MOVESIII25-873/2025 | YOLANDA FERNÁNDEZ TIRADO | ***1209** | - Documento 1: solicitud: Es necesario aclarar la naturaleza jurídica del solicitante. Aclarar si se realiza la solicitud como persona física o pequeña empresa (revisar punto 4 del documento de solicitud). | Aclaración |
| MOVESIII25-1536/2025 | ENEQUIP SERVEIS INTEGRALS SL | ***4115** | - Presupuesto u oferta económica: la marca y modelo del vehículo del presupuesto/factura no coincide con el de la solicitud, aclarar qué vehículo quieren subvencionar. | Aclaración |
| MOVESIII25-3131/2025 | MARIA ASSUMPCIO CAPELLA ROIG | ***6054** | Permiso circulación del vehículo desguazado En el informe de la DGT presentado no se puede ver el historial de titulares del vehículo, puesto que es un informe reducido. Hay que presentar el informe completo para poder ver el historial de los titulares del vehículo. |
Aclaración |
En caso de que no presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se considera que desiste de su petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, previa resolución que declarará concluido el momento y de acuerdo con el artículo 21 de esta ley.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de septiembre de 2026)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez