Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 690019
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de septiembre de 2026 por el que se nombra el coordinador del Servicio de Empleo de las Illes Balears
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El Servicio de Empleo de las Illes Balears se creó mediante la Ley 7/2000, de 15 de junio, como organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo.
Actualmente, de conformidad con el Decreto 10/2025, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio), y sus posteriores modificaciones, establece que las competencias en materia de trabajo están atribuidas a la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social.
El artículo 15. bis del Decreto 22/2020, de 24 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Illes Balears, establece que el Consejo de Dirección del SOIB puede crear el cargo de coordinador o coordinadora con funciones vinculadas con los objetivos generales que se enumeran en el apartado 2 de este artículo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. En este caso, el cargo de coordinador o coordinadora debe depender orgánicamente de la Dirección del SOIB y funcionalmente de la Dirección y la Vicepresidencia, y debe estar sometido a la relación laboral especial de alta dirección.
De acuerdo con ello, en la sesión ordinaria del Consejo de Dirección núm. 2/2018, de fecha 9 de febrero de 2018, el Consejo de Dirección del SOIB creó la figura del cargo de coordinador o coordinadora del SOIB.
Por otra parte, el artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que corresponde al Consejo de Gobierno, mediante acuerdo, el nombramiento y el cese de las personas titulares de la gerencia y de los otros órganos unipersonales de dirección de los organismos autónomos. El nombramiento y el cese han de realizarse a propuesta de la persona titular de la consejería de adscripción del ente, oído previamente el órgano colegiado superior de dirección del ente, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears en el plazo máximo de diez días.
En la sesión extraordinaria del Consejo de Dirección del SOIB núm. 5/2026, de 17 de septiembre de 2026, se informa de la propuesta de nombramiento del señor Bernat Ramis González como coordinador del Servicio de Empleo de las Illes Balears.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de 18 de septiembre de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Nombrar al señor Bernat Ramis González coordinador del Servicio de Empleo de las Illes Balears, que tendrá efectos desde el día 19 de septiembre de 2026.
Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de septiembre de 2026)
| La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |