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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 679821
Resolución del Administrador tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears por la que se publica la relación de convenios de colaboración que ha suscrito la Agencia Tributaria de las Illes Balears en el segundo cuatrimestre del año 2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 21 de la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears, dispone que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y los entes del sector público instrumental autonómico tienen que remitir al Boletín Oficial de las Illes Balears, en los primeros veinte días de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, una relación de los convenios de colaboración suscritos en el cuatrimestre anterior, tanto si es con una administración pública como con una entidad privada.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears la relación de convenios de colaboración que ha suscrito la Agencia Tributaria de las Illes Balears en el segundo cuatrimestre del año 2026:

- Convenio de colaboración entre la Jefatura Central de Tráfico y la Agencia Tributaria de las Illes Balears para el intercambio de información de datos del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

- Convenio de colaboración entre la Agencia Tributaria de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany para la gestión de expedientes sancionadores relativos a infracciones derivadas del incumplimiento de las Ordenanzas municipales o de infracciones administrativas que corresponda al Ayuntamiento la competencia para su tramitación.

- Convenio de colaboración entre la Agencia Tributaria de los Islas Baleares y el Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany relativo a la gestión de pago de tasas administrativas y precios públicos locales que es rigen por el sistema de declaración-liquidación o autoliquidación a través del Portal web y/o la Sede Electrónica de la ATIB.

- Convenio de colaboración entre la Agencia Tributaria de los Islas Baleares y el Ayuntamiento de Sant Lluís en materia de subministro de información para finalidades no tributarias.

 

Palma,  en fecha de la firma electrónica (15 de septiembre de 2026)

El administrador tributario de la ATIB Justo Alberto Roibal Hernández (Por vacante de la Dirección de la ATIB, art. 5.3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22/12/2016. BOIB núm. 163, de 29/12/2016)

La jefa del Servicio Jurídico de la ATIB María Asunción Bespín Oliver (Por delegación de firma del administrador tributario de la ATIB. Resolución del administrador tributario de la ATIB de 10/08/2026)